Diputado local morenista de Quintana Roo, Edgar Humberto Gasca Arceo

Eugenio Amézquita Velasco

El portal VC Noticias, publicó el 11 de agosto (https://vcnoticias.com/index.php/iglesiamexico/741-diputado-propone-se-incluya-la-religion-como-actividad-potencialmente-adictiva-y-peligrosa) una nota de una acción del diputado del partido de izquierda Morena Edgar Humberto Gasca Arceo que se antoja un acto de intolerancia religiosa y otro de los elementos distractores que han venido emitiendo algunos de sus representantes, dirigentes y "gurús" para que no veamos sus prácticas de corrupción, la cantidad de muertos que lleva el país por la violencia y la pandemia y sus verdaderos negros fines.

El portal expone como encabezado de ese artículo: Diputado propone se incluya la "religión" como actividad potencialmente adictiva y peligrosa.

El artículo, ubicado en Chetumal, Q.Roo, y firmado por la Redacción expone que "el diputado quintanarroense y presidente de la Comisión de Salud y Asistencia Social en el Congreso estatal, Edgar Humberto Gasca Arcero, presentó una iniciativa para reformar la Ley para la Prevención y el Tratamiento de Adicciones local para que se incluyera a 'la religión' como una actividad potencialmente adictiva".

De entrada he de decirle que este diputado, quien al parecer que se considera experto en adicciones y temas de religión es plurinominal. Es decir obtuvo la curul por la vía del regalo, no por haber hecho campaña en su estado o en algún distrito.

Facsímil del fragmento de iniciativa de ley

La nota prosigue señalando que "el diputado planteó que dicha Ley (aprobada en 2012) "ha quedado corta en sus alcances" por sólo enfocarse en el tratamiento de adicciones como la drogadicción, el alcoholismo y el tabaquismo "siendo que las adicciones no se limitan únicamente al consumo de productos químicos... habiendo conductas nocivas". Y para el legislador, el ejercicio de la religión de manera adictiva podría derivar en una "enfermedad psicoemocional o trastorno debilitante", en una adicción "que es uno de los mayores peligros para la sociedad y las familias mexicanas".

La nota prosigue diciendo que "el catálogo propuesto por el legislador parte de dos tipos de adicciones: 'Adicciones de conducta' y 'Adicciones de ingestión'. En la primera categoría se encuentra la adicción al juego, al trabajo, a la religión, a las relaciones o al internet. En la segunda categoría se encuentran: adicción química (?), al alcohol, a la nicotina, a la marihuana, a sedantes hipnóticos, a las anfetaminas, éxtasis, heroína, opio, a la comida, adicción [sic] de bulimia y anorexia nerviosa".

"Gasca apunta que las adicciones conductuales (donde religión o trabajo podrían derivar en problemas de salud pública) son "patrones desadaptados de comportamiento compulsivo de una conducta determinada y que repercute negativamente en las áreas psicológica, física, familiar o social  de la persona y de su entorno" y pide que el gobierno "apoye las acciones en contra" de las mismas".

"La iniciativa del diputado Gasca Arcero asegura que la práctica religiosa podría homologarse a nivel de adicción conductual junto a otros desórdenes excesivos como el juego (las apuestas), el sexo, las relaciones, el trabajo, el internet o la codependencia. Para ello, pidió a sus compañeros legisladores apoyar la iniciativa de reforma de los artículos 2 y 10 de la Ley para la Prevención y Tratamiento de Adicciones del Estado de Quintana Roo".

"La propuesta también obligaría a las autoridades del estado del caribe mexicano a promover acciones contra "cualquier actividad, conducta o relación que dañe la salud del individuo" e "informar a la sociedad acerca de la afectación biopsicosocial y los daños irreparables a nivel cerebral a consecuencia de las mismas".  

"La iniciativa no ha avanzado en el Congreso desde el 8 de mayo cuando fue presentada". Y hasta aquí la nota.

¿Qué es una adicción?

Según la etimología que ofrece el Diccionario Etimológico Castellano en Línea, (http://etimologias.dechile.net/?adicto) la adicción es lo que padece un adicto y la palabra adicto viene del latín addictus (muy favorable o inclinado a, dedicado o entregado a, adjudicado legalmente a). Addictus es el participio de perfecto del verbo addicere, que en origen significó decir a favor de otro, de donde ser favorable a. Pero siendo un compuesto de ad- (proximidad, hacia) y dicere (decir, indicar), sufrió la influencia analógica de dicare, otro verbo de la misma raíz indoeuropea que dicere, que significa dedicar o entregar o asignar en derecho, por lo que addicere asumió también el significado de dedicar, entregar o adjudicar mediante acto jurídico. Tanto dicere como dicare y dictare, y todos sus abundantísimos derivados y prefijados latinos contienen una raíz indoeuropea "deik" que significa mostrar, señalar o pronunciar solemnemente, y según algunos indoeuropeístas el significado primario de esta raíz sería mano (como elemento indicador por antonomasia).

 El vocablo latino addictus también designó en tiempos muy antiguos a un tipo muy concreto de esclavo, al que era en principio un hombre libre y había sido adjudicado a otro mediante juicio o acto legal. En épocas muy remotas de la historia de Roma se podía llegar a la esclavitud temporal o permanente por deudas. Por ejemplo, cuando uno tenía unas deudas enormes con otro que de ningún modo podía saldar, era legal que este pasara a ser esclavo del otro y que ese otro se cobrara la deuda apropiándose del trabajo del deudor por un tiempo o para siempre, según la deuda. Es a eso a lo que en latín se llama también addictus, literalmente "entregado a otro"; al que debe enormes dineros o favores.

Por esta definición original de adicto: ¿El diputado Gasca Arceo es un adicto a Morena y a la izquierda, es decir, un esclavo "entregado a otro" al que "debe enormes dineros o favores"?

El fondo ofensivo y denigrante contra la religión que emite el diputado de Morena Gasca Arceo

Sin embargo, la intención del diputado Gasca Arceo pareciera lleva un fondo ofensivo, el deseo de denigrar a la religión y de distraernos de las verdaderas realidades y problemas que vive el país a consecuencia de la "atinada" dirección de algunos de nuestros gobernantes.

Se considera adicción (del latín addictus, que era el deudor insolvente que, por falta de pago, era entregado como esclavo a su acreedor​)(1) a una enfermedad crónica y recurrente del cerebro que se caracteriza por una búsqueda patológica de la recompensa o alivio a través del uso de una sustancia u otras conductas. (Ver https://es.wikipedia.org/wiki/Adicci%C3%B3n)

Esto implica una incapacidad de controlar la conducta, dificultad para la abstinencia permanente, deseo imperioso de consumo, disminución del reconocimiento de los problemas significativos causados por la propia conducta y en las relaciones interpersonales así como una respuesta emocional disfuncional.(2)​ 

El resultado es una disminución en la calidad de vida del afectado (generando problemas en su trabajo, en sus actividades académicas, en sus relaciones sociales o en sus relaciones familiares o de pareja). La neurociencia actualmente considera que la adicción a sustancias y a comportamientos comparten las mismas bases neurobiológicas.

Además del consumo de sustancias psicoactivas existen adicciones a procesos como la adicción al sexo, la adicción al juego (ludopatía), la adicción a la pornografía, la adicción a la televisión, al deporte, la adicción a las nuevas tecnologías (tecnofilia), al teléfono celular o móvil (3)​ (nomofobia) y la adicción a Internet. (4)(​5)(​6)(​7)​. 

Un ligero análisis sobre el tema

Es obvio que tratar de hablar de religión con este señor sería pérdida de tiempo. Pero ya que se trata de un diputado local, la lógica nos lleva a pensar que este sujeto debe -o debería- de tener en sus capacidades el conocimiento de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanan.

Desde las primeras líneas del Artículo 130 Constitucional, el señor diputado pone de manifiesto no tener facultades para abordar estos temas. Cita la Carta Magna que "corresponde exclusivamente al Congreso de la Unión legislar en materia de culto público y de iglesias y agrupaciones religiosas".

Así que el tema de la religión y de lo que la gente crea o no crea, no es competencia de él. Desde ahí se podría pensar en cierto desconocimiento u olvido del diputado quintanarrooense y exhibe ciertas incapacidades de él y de paso, de la Cámara de Diputados de ese Congreso local, si es que al final le aprueban su documento.

El inciso b del mismo artículo especifica que "Las autoridades no intervendrán en la vida interna de las asociaciones religiosas". Hasta dónde el calificar de adicción a las religiones y señalarlas como algo nocivo, podría o no ser tomada como una injerencia en la fe de la gente y un ataque directo a las Asociaciones Religiosas en México.

Finalmente, el Artículo 130 Constitucional en el inciso c, en el párrafo 5 se lee: Los actos del estado civil de las personas son de la exclusiva competencia de las autoridades administrativas en los términos que establezcan las leyes, y tendrán la fuerza y validez que las mismas les atribuyan". Quisiera razonar en este sentido que entonces los "actos del estado religioso de las personas son de la exclusiva competencia de las autoridades religiosas".

Una de las leyes que se derivan de este Artículo 130, es la llamada Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público contiene un artículo, el 2 que viene a finalizar la discusión y que a todas luces define el nivel de estulticia -por no decir estupidez- del diputado Humberto Gasca Arceo: 

ARTICULO 2. El Estado Mexicano garantiza en favor del individuo, los siguientes derechos y libertades en materia religiosa:

Tener o adoptar la creencia religiosa que más le agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos de su preferencia.

No profesar creencias religiosas, abstenerse de practicar actos y ritos religiosos y no pertenecer a una asociación religiosa.

No ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas, ni ser obligado a declarar sobre las mismas.

No podrán alegarse motivos religiosos para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad, salvo en los casos previstos en éste y los demás ordenamientos aplicables.

No ser obligado a prestar servicios personales ni a contribuir con dinero o en especie al sostenimiento de una asociación, iglesia o cualquier otra agrupación religiosa, ni a participar o contribuir de la misma manera en ritos, ceremonias, festividades, servicios o actos de culto religioso.

No ser objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa por la manifestación de ideas religiosas; y, asociarse o reunirse pacíficamente con fines religiosos.

Y si acaso el diputado de Morena Gasca Arceo necesita más justificaciones legales, existe una muy importante la Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada a mediados del siglo XX por México, ante la ONU, señala en su artículo 18:

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

El diputado Gasca Arceo ¿Un intolerante religioso?

De los párrafos anteriores se pueden desprender preguntas: Lo que está haciendo el diputado Gasca Arceo ¿Es o no un acto de hostilidad contra las religiones tratar de calificar de adictos -o enfermos, como usted guste decirlo en base a las definiciones que hemos encontrado- a quien profese una religión en México?

La iniciativa del diputado Gasca Arceo ¿No es acaso tratar de impedir que la gente tenga o adopte la creencia religiosa que más le agrade?

¿La iniciativa de diputado de Morena Gasca Arceo desea convertir de un plumazo lo que es un derecho humano universal a una adicción, a una enfermedad en el estado de Quintana Roo? 

¿No estará enfrentando Quintana Roo la presencia de la intolerancia de Morena a través de su diputado local contra la religión?

¿Acaso estamos viendo a Quintana Roo como un laboratorio de discriminación dirigida hacia grupos o personas (que puede llegar a la segregación, al insulto o falta de respeto, o a la agresión por el hecho de que estos piensen, actúen o simplemente sean de manera diferente?

Las múltiples manifestaciones de este fenómeno poseen en común la elevación como valor supremo de la propia identidad, ya sea étnica, sexual, ideológica o religiosa, desde la cual se justifica el ejercicio de la marginación hacia el otro diferente. El intolerante considera que ser diferentes equivale a no ser iguales en cuanto a derechos.

Para Gasca Arceo: ¿México un país de enfermos?

Como se puede ver, el señor diputado está siendo hostil contra quien profese una religión desde el momento que califica la religión como una enfermedad y no un derecho; por todo lo que hemos definido esto significaría en la pobre lógica de quien armó la iniciativa, que el que profese una religión es un enfermo. Para este diputado, no sólo existe la pandemia del coronavirus, sino también la de la religión.

Nada debe de extrañar que Morena, partido de izquierda, le dé alimento a la postura de este individuo que por desgracia para el sureste mexicano ocupa una curul en Quintana Roo, ya que uno de las "deidades" de la izquierda, Karl Marx, es el iniciador y origen de esta manera de pensar antirreligiosa e intolerante, quien tiene origina esta actitud su frase: "La religión es el opio del pueblo".

Esta cita aparece en la publicación de Marx Contribución a la Crítica de la Filosofía del Derecho de Hegel​ (1843: Kritik des hegelschen Staatsrechts) publicada en 1844 en el periódico Deutsch-Französischen Jahrbücher, que el propio Marx editaba junto con Arnold Ruge. Puede leerse, según las distintas traducciones:​

"La miseria religiosa es a la vez la expresión de la miseria real y la protesta contra la miseria real. La religión es el suspiro de la criatura oprimida, el sentimiento de un mundo sin corazón, así como el espíritu de una situación sin alma. Es el opio del pueblo. Se necesita la abolición de la religión entendida como felicidad ilusoria del pueblo para que pueda darse su felicidad real. La exigencia de renunciar a las ilusiones sobre su condición es la exigencia de renunciar a una condición que necesita de ilusiones. La crítica a la religión es, por tanto, en germen, la crítica del valle de lágrimas, cuyo halo lo constituye la religión."​

¿La abolición de la religión? El sueño de la izquierda desde hace unos 200 años. En la actualidad y en un país como México, decir que la religión es una enfermedad suena a una estupidez y a una violación de los derechos humanos universales. Los números así lo muestran y llegaríamos a una conclusión: que las ideas marxistas de Gasca Arceo sólo pueden salir de la mente de un adicto a una ideología, de un enfermo y de un intolerante.

Las estadísticas de INEGI de 2010 (https://www.inegi.org.mx/temas/religion/) señalan que el 89.3% de la población profesa la religión Cristiana en la Iglesia Católica; el 8.0% profesa la religión Cristiana en diferentes iglesias no católicas, el 2.5% profesa una religión apegada a la Biblia diferente a lo evangélico y el 0.2% profesa otras religiones.

O sea que en la lógica del diputado de Morena Gasca Arceo, el pueblo mexicano es un pueblo de adictos, enfermos porque son adictos a la enfermedad de la religión -sea la denominación que sea-. 

Pregunta: ¿El nivel de soberbia del diputado de Morena Gasca Arceo le genera una ceguera que posiblemente le está impidiendo pensar y ver que para esta gran mayoría religiosa de mexicanos la izquierda etimológicamente también podría ser una adicción, una enfermedad que también debemos erradicar de México?

Por la pregunta anterior, cuestiono: Como el diputado Gasca Arceo es de Morena y Morena es de izquierda, ¿él es un enfermo y adicto a una adicción o enfermedad llamada izquierda?

Le proporcionamos los datos del diputado local por Quintana Roo Edgar Humberto Gasca Arceo para que usted lo contacte y usted también pueda directamente brindarle su opinión y lo que piensa sobre su iniciativa:

Dip. Edgar Humberto Gasca Arceo
MORENA
Suplente :
Distrito: PLURINOMINAL
Cubículo: None
Teléfono: (983) 832 2822 ext. 204
Correo Institucional: edgar_gasca@congresoqroo.gob.mx
https://congresoqroo.gob.mx/diputados/122/

NOTAS:
(1) Etimología de adicto
(2) ASAM Public Policy Statement. Definition of Addiction. 2011. Recuperado de: http://www.asam.org/for-the-public/definition-of-addiction
(3) Panova, Tayana; Carbonell, Xavier; Chamarro, Andres; Puerta-Cortés, Diana Ximena (2019-07). «Specific smartphone uses and how they relate to anxiety and depression in university students: a cross-cultural perspective». Behaviour & Information Technology: 1-13. ISSN 0144-929X. doi:10.1080/0144929x.2019.1633405. Consultado el 28 de noviembre de 2019.
(4) Gómez Mena, Carolina (30 de abril de 2015). «La adicción a Internet puede destruir relaciones sociales, alerta especialista». La Jornada. Sociedad y Justicia: Grupo Demos, Desarrollo de Medios, S.A. de C.V. p. 30. Consultado el 4 de mayo de 2015.
(5) «Adicción al deporte». Investigación y Ciencia. mayo/junio 2015. Consultado el 25 de mayo de 2015.
(6) Universidad de Ibagué Puerta-Cortés, Diana Ximena Carbonell, Xavier (27 de junio de 2013). Problematic Internet use in a sample of Colombian university students. Universidad del Rosario. OCLC 1032613078. Consultado el 28 de noviembre de 2019.
(7) Puerta-Cortés, Diana Ximena; Carbonell, Xavier (1 de marzo de 2014). «El modelo de los cinco grandes factores de personalidad y el uso problemático de Internet en jóvenes colombianos». Adicciones 26 (1): 54-61. ISSN 0214-4840. doi:10.20882/adicciones.131. Consultado el 16 de julio de 2020.