Eugenio Amézquita Velasco

-Alcaldía de Celaya deja ver omisiones en caso “El Llanerito” y evade pagar compensaciones ordenadas por PRODHEG (1371/2024).
-Víctima denuncia que el alcalde ofreció becas pese a que su hijo no está en edad escolar.
-Reunión conjunta con las dos familias fue imprudente; debieron tratarse como casos separados por sus condiciones distintas.
-Comisión Estatal de Víctimas reconoce a la pareja de Martínez Noguez como víctima indirecta y exige compensación.
-Alcalde aborda temas fuera de su competencia, como juicios sucesorios y medios digitales, desviando lo medular.
-Municipio incumple tres puntos clave de la recomendación, especialmente el relacionado a compensaciones, tras más de un año del hecho.
-Coordinación de DH busca convertirse en dirección municipal, pidiendo 2 millones para operar, mientras mantiene casos “en el refrigerador” sin resolver ni reparar.

Documentos y testimonio verbal proporcionados por una de las víctimas del caso de "El Llanerito", demuestran que la Coordinación de Derechos Humanos está manejando una versión "muy a su modo" ante la opinión pública celayense para justificar sus graves omisiones y pareciera estar evadiendo la responsabilidad de pagar las compensaciones económicas a las víctimas y que se indican en la resolución de la Procuraduría de Derechos Humanos del estado de Guanajuato, fundamentadas en la Ley General de Víctimas y la Ley Estatal de Víctimas.



Con fecha 25 de julio de 2025, la Coordinación Municipal de Derechos Humanos expidió el oficio MC/SA/10.1/UDH/100/2025, oficio de referencia NO MC.AC 9 3-018/2025 bajo el Asunto: Se remite información dirigido a la regidora Ma. Isabel Herrejón Arredondo, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del H. Ayuntamiento de Celaya.

Se precisa que hacen del conocimiento a la regidora de las acciones realizadas "en cumplimiento a la recomendación 1371/2024 emitida por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato".

Sigue señalando que se efectuó una reunión en el interior de "la oficina del Mtro. Juan Miguel Ramírez Sánchez, Presidente Municipal de Celaya, Guanajuato", donde estuvieron el alcalde, las víctimas así como la responsable de la Coordinación "esto con la finalidad de atender sus necesidades y pretensiones de una manera respetuosa y con un trato humanista, apegado a la legalidad y respeto a los derechos humanos"

En dicho documento se cita que "en esta reunión las víctimas expresaron no requerir el apoyo del municipio" y se precisa que una de las víctimas "agradeció la atención y abandono (sic) la reunión en compañía de su menor hijo, posterior a este hecho, continúo (sic) el diálogo con las personas que permanecieron en el lugar, llegando a los siguientes acuerdos referente a los resolutivos de su interés..." 

Las incongruencias del municipio e inconsistencias del documento

La víctima entrevistada, precisamente "la que abandonó la reunión", precisó que de inicio, desde un principio el alcalde advirtió a las víctimas que "ahorita el municipio no tiene dinero y los vamos a apoyar con becas". 


La entrevistada por Metro News expresó que, de entrada, fue una imprudencia del alcalde reunir a las dos familias para tratar este asunto, ya que debió de abordarse el tema como casos por separado, dado que las condiciones no son las mismas. La entrevistada aparece como la pareja sentimental de Martínez Noguez en la Recomendación 1371/2024 de la PRODHEG, junto con su hijo menor de edad.


Precisó que el dicho del alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez de que se nos iba a apoyar con becas, automáticamente me dejaba fuera de sus "opciones", ya que mi hijo no está en edad escolar.

La entrevistada, quien además es reportera de un medio independiente local, empezó a sospechar del alcalde y de sus actitudes al abordar temas que no son de su jurisdicción e incumbencia, como el tratar temas de "juicios sucesorios", el espacio digital periodístico que yo manejo, asuntos legales que tampoco eran de su competencia.

Por otro lado, dijo que "me estaba quedando claro que el alcalde estaba desviando la atención de lo medular, el cumplimiento de la Recomendación 1371/2024". "La alcaldía esta mintiendo sobre el caso de "El Llanerito"", indicó la entrevistada.

Fundamento esto último en base a lo citado en el oficio de la Coordinación de Derechos Humanos, dirigido a la regidora Herrejón donde dice que "de una manera respetuosa y con un trato humanista, apegado a la legalidad y respeto a los derechos humanos", atendieron a las víctimas. 

Si hubiera habido respeto, el alcalde hubiera tratado los casos por separado, lo que evidencio su poca capacidad y tacto para un trato humanista con las personas y la falta de delicadeza para abordar el tema.

Si las cosas estuvieran apegadas a la legalidad, continuó, y respeto a los derechos humanos, yo pregunto: Llevamos un año y dos días de que se dieron los hechos y es fecha que el municipio, el cual representa el alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez, ha omitido tres de las indicaciones de la PRODHEG, especialmente la primera y que es la que  determina el pago de una compensación por los daños sufridos.

La situación me mantiene en constante tensión, expresó la entrevistada; no solamente sigo viviendo el duelo tras tanto tiempo de esta situación. Fui la última persona con la que vivió y convivió Alejandro; un huérfano, nuestro hijo, y yo estamos pagando las consecuencias de la dilación del alcalde y de su equipo y esto sigue generando un sufrimiento que parece nunca se va a acabar. ¿Cuántas personas de Celaya están sufriendo lo mismo que yo y el presidente municipal, con estas actitudes, mantiene vivo ese sufrimiento? No se que tenga de humanidad y humanismo esto de parte del presidente municipal, pero ojalá nunca tenga que vivir su familia esta situación y pasar por lo que nosotros estamos pasando, sentenció.

El argumento de falta de dinero del municipio ya no es creíble. Si fuera así, ¿por qué solicitar que la coordinación de Derechos Humanos, que no ha podido resolver mi caso y otros más que tienen "en el refrigerador", se convierta ahora en dirección municipal pidiendo 2 millones de pesos anuales para su operación e incrementarle el personal? (https://reportebajio.com/son-14-recomendaciones-de-prodheg-sin-responder-por-parte-del-gobierno-de-celaya/ y https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/proponen-crear-direccion-de-derechos-humanos-en-celaya-con-nuevo-presupuesto-y-estructura-24261281)

El acuerdo de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas

A través de una comunicación entre la Comisión Estatal de Atención a Víctimas con la entrevistada, tanto para ella "y en representación del menor"  y "en seguimiento al acuerdo emitido en fecha 23 de junio del año 2025, por el Comité Interdisciplinario Evaluador,  a través del cual se radicó el expediente CEAIV-GTO/CIE/RID/058/2025, para trámite del procedimiento de determinación del monto de compensación como medida de reparación integral del daño, relativo a la recomendación de número 1371/2024, emitida por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, en el cual le fue reconocida la calidad de victima indirecta, así como, se gira requerimiento para los efectos indicados... es que me permito notificar a usted el proveído en cuestión, adjuntando al presente el mismo en copia digital en formato PDF, esto con fundamento en los artículos 38 fracción III y 39 Fracción III, del Código de Procedimientos y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, así como, 62 y 65 de las Reglas de Operación del Proyecto de Inversión E037. C09. QC 3587, del Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral para el Ejercicio Fiscal 2025".

El firmante del documento enviado es Víctor Manuel Rodríguez Solís, coordinador del Comité Interdisciplinario Evaluador de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas y el acuerdo establece en su punto Cuarto "girar orden requerimiento a la autoridad recomendada", en este caso, Juan Miguel Ramírez Sánchez, presidente municipal de Celaya, " a efecto de notificarle el inicio del presente procedimiento ante esta Comisión, así como, atentamente tenga a bien informas (sic) las acciones realizadas en cumplimiento a la recomendación que en su caso deben ser consideradas para determinar el monto de la compensación como medida de reparación".


El alcalde es el principal responsable de todo el asunto de la cumplimentación de la recomendación. Esto, porque la resolución 1371 señala que  "en términos de lo previsto en los artículos 5 fracción VII y 57 de la Ley para la Protección de los Derechos Humanos en el Estado de Guanajuato, esta resolución se dirige la persona titular de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato, en su carácter de superior inmediata de la autoridad responsable, con fundamento en los artículos 26 fracción I de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato; 17 y 18 fracción II del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Guanajuato."

El Quinto punto del acuerdo señala "notifíquese el presente proveído a la (sic) víctimas citadas dentro del presente proveído, así como a la autoridad recomendada". "Cúmplase".



"Así lo proveyó y firma, el Licenciado Víctor Manuel Rodríguez Solís Coordinador del Comité Interdisciplinario Evaluador, quien actúa asistido de dos testigos de asistencia la Licenciada María Patricia Landín Ortega y el Licenciado Omar Corona Granados, personal de esta Comisión para todos los efectos legales".

En síntesis, finaliza la entrevistada, el alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez ya sabe lo que tiene que hacer, pero no informa completo y no está respetando la ley. Verdades a medias son mentiras a medias, sentenció. #MetroNewsMx #GuanajuatoDesconocido