Otra vez Dolores Hidalgo: intimida policía a periodista y la califica de "halcón"
Redacción
Un elemento de la Policía Municipal de Dolores Hidalgo, asignado a un operativo intermunicipal en San Miguel de Allende, videograbó de forma directa el rostro de una periodista mientras esta realizaba una transmisión en vivo sobre un hecho delictivo.
Al concluir la cobertura, la comunicadora cuestionó al oficial sobre el propósito de registrar su imagen, a lo que el uniformado respondió equiparándola con la delincuencia organizada bajo el argumento de que realizaba labores de "halconeo".
A pesar de que la reportera se identificó plenamente como integrante de la prensa, el policía justificó su acción afirmando que solo cumplía con su trabajo, generando un acto de intimidación institucional en el ejercicio periodístico.
La realidad que vive a diario el periodismo en Guanajuato
Este incidente expone una de las tensiones más delicadas y recurrentes en el ejercicio periodístico en el estado de Guanajuato: el uso de la retórica de la "seguridad" y el combate al crimen organizado -específicamente el "halconeo"- como un mecanismo de intimidación y control contra la prensa.
El argumento del elemento policial -"podrías ser un halcón"- no es una sospecha razonable ni un procedimiento operativo válido; es una descalificación intimidante y una agresión verbal que criminaliza a priori la labor informativa.
Al amparo de esquemas de colaboración -como los operativos intermunicipales entre San Miguel de Allende y Dolores Hidalgo-, suele diluirse la cadena de mando y la responsabilidad directa, facilitando que elementos de corporaciones externas actúen fuera de sus jurisdicciones o sin los protocolos de proximidad ciudadana obligatorios.
Grabar directamente el rostro de una periodista a corta distancia, mientras ejerce su labor en la vía pública y tras haberse identificado plenamente, es un acto de control psicológico. Busca generar un registro fotográfico o de video no autorizado para sembrar el miedo a represalias, equiparando el derecho constitucional de informar con una actividad delictiva.
Que pudiera no ser el único caso reportado evidencia que no se trata de un "hecho aislado" o del criterio individual de un oficial sin capacitación. Es un patrón sistemático de actuación policial en la región para inhibir la cobertura de hechos delictivos en tiempo real, limitando el flujo de información hacia la ciudadanía.
El alcalde de Dolores Hidalgo Adrián Hernández Alejandri podría ser quien está instruyendo a la policía a hacer esto a la prensa
De acuerdo con el texto de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato -ordenamiento que sustituyó y abrogó a la anterior Ley Orgánica Municipal-, es el Presidente Municipal la facultad de mando sobre los cuerpos de seguridad pública y la fuerza pública. Esto podría llevar a pensar que la policía dolorense actúa de esta manera bajo la complacencia y órdenes del alcalde de Dolores Hidalgo.
Y es que el Artículo 77 de la citada Ley, donde se precisan las Atribuciones del Presidente Municipal, se establece en la Fracción II que el alcalde debe "cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general en el municipio, así como las resoluciones de los ayuntamientos", lo que le otorga el fundamento de autoridad ejecutiva para instruir a la fuerza pública en la aplicación del orden de manera general; y la Fracción XXII es la cláusula medular respecto al control de los cuerpos operativos, determinando textualmente la facultad de "tener bajo su mando, los cuerpos de seguridad pública y tránsito municipal, en los términos de la ley de la materia...".
El marco legal en el estado de Guanajuato
La actuación del policía de Dolores Hidalgo en San Miguel de Allende viola diversas disposiciones locales, constitucionales y protocolos específicos de protección.
El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que "nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento".
La policía no puede investigar de forma reactiva ni realizar actos de molestia (como registrar o videograbar el rostro con fines de identificación/perfilamiento delictivo) bajo la mera sospecha informal de "halconeo". Para realizar un acto de molestia dirigido, la policía requiere de una sospecha razonable debidamente fundada en una investigación en curso o flagrancia delictiva, elementos que se caen por completo al tratarse de una periodista identificada transmitiendo en vivo.
Esta legislación estatal es muy clara al respecto. En su marco conceptual y de protección, establece que las autoridades estatales y municipales tienen la obligación de garantizar la seguridad y el libre ejercicio de quienes ejercen el periodismo.
Bajo esta ley, las acciones de servidores públicos que impidan, obstaculicen o inhiban la labor periodística mediante amenazas veladas (como la acusación de complicidad criminal) constituyen una agresión.
El hecho de catalogar a una reportera en funciones como un probable "halcón" vulnera los principios de respeto a la actividad periodística consagrados en este ordenamiento.
El Código Penal del Estado de Guanajuato tipifica el delito de acecho o "halconeo" -artículo 222 b-, sancionando a quien obtenga y transmita información sobre la ubicación, operaciones o despliegues de las instituciones de seguridad pública con la finalidad de facilitar la comisión de delitos o evitar la captura de delincuentes.
El trabajo de una periodista que transmite en vivo para un medio de comunicación o plataforma informativa carece de dolo delictivo; su fin es netamente informativo y de interés público.
Confundir deliberadamente la libertad de expresión y el derecho a la información con el tipo penal de "halconeo" constituye un desvío de poder por parte de la fuerza pública.
Los cuerpos de seguridad en Guanajuato están sujetos a protocolos de actuación que les prohíben estrictamente interferir con el equipo de trabajo de los comunicadores o realizar actos que pongan en riesgo su integridad.
El argumento del oficial "tú estás grabando, yo también" es falaz. La ciudadanía y la prensa tienen el derecho constitucional de grabar el actuar de los servidores públicos en el espacio público (como medida de contraloría social y transparencia). El policía, en cambio, solo puede grabar bajo protocolos oficiales de uso de cámaras corporales debidamente reglamentadas, no como una respuesta de confrontación personal frente a una ciudadana.
¿Qué procede ante un abuso de este tipo?
No fue un procedimiento normal; fue un acto de intimidación institucional. Equiparar la labor de la prensa con el crimen organizado en un estado con altos índices de violencia contra periodistas es sumamente grave, pues coloca a la compañera en una situación de vulnerabilidad extrema frente a los propios cuerpos de seguridad.
Ante un escenario donde se acumulan seis casos con la dinámica de intimidar periodistas, es indispensable la denuncia ante el Consejo Estatal de Protección. Dar vista inmediata al Consejo Estatal de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos de Guanajuato para que se emitan medidas cautelares y se registre el patrón de agresiones en los operativos intermunicipales.
También interponer una queja formal ante la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PRODHEG) por la violación al derecho a la libertad de expresión y legalidad. y solicitar a los municipios implicados -tanto el de origen del elemento como el receptor del operativo- la apertura de un expediente en sus respectivas Direcciones de Asuntos Internos para sancionar la conducta del elemento por apartarse de los principios de legalidad, objetividad y respeto a los derechos humanos que mandata la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato.
La percepción de la población: ¿Quiénes "halconean" son los policías?
Al integrar los elementos planteados por este caso y la preocupante tendencia en la región, lo que ocurre en Dolores Hidalgo y otros municipios de Guanajuato como Celaya ya no puede catalogarse como una serie de incidentes aislados, sino como un patrón sistemático de intimidación y una evidente inversión de roles institucionales.
La repetición constante de estas conductas revela una estrategia de desgaste y control hacia la prensa independiente. Cuando los elementos de seguridad pública recurren de manera sistemática a la descalificación de los comunicadores bajo el argumento del halconeo, lo que hacen es normalizar la censura mediante la criminalización previa. Este acoso recurrente busca que el periodista, por temor a ser procesado o agredido bajo una etiqueta delictiva, opte por la autocensura y deje de transmitir los hechos de violencia en tiempo real. (https://www.metronewsmx.com/2026/05/abuso-ministerial-contra-periodista-de.HTML )
Por otro lado, la percepción ciudadana respecto a que los verdaderos informantes o colaboradores del crimen organizado podrían portar el uniforme oficial no surge del vacío, sino de un profundo y justificado desgaste en la confianza institucional. En el contexto de seguridad que vive el estado de Guanajuato, la infiltración de los cuerpos policiales por parte de grupos delictivos ha sido documentada en diversos momentos, lo que genera en la población la sospecha de que el señalamiento hacia los periodistas es, en realidad, un mecanismo de proyección. Es decir, al acusar al periodista que documenta públicamente un hecho, la corporación desvía la atención de sus propias fallas o de las posibles filtraciones internas de información.
Esta crisis de legitimidad coloca al uniforme bajo sospecha y agrava la vulnerabilidad de la prensa. Mientras la ciudadanía percibe con desconfianza el actuar de las patrullas en municipios como Celaya o (https://www.metronewsmx.com/2026/04/en-celaya-el-uniforme-bajo-sospecha-de.html ) Dolores Hidalgo, las autoridades dirigen sus herramientas de vigilancia y registro fotográfico hacia quienes tienen la función constitucional de informar. Con ello, la policía deja de operar como un cuerpo de protección ciudadana y se transforma en un factor de riesgo directo para el ejercicio periodístico, evadiendo los controles legales y los protocolos de derechos humanos vigentes en la entidad. #MetroNewsMx










