Redacción
- El alcalde ha venido exhibiendo denuncias graves sin formalizarlas ante Fiscalía o Contraloría; sin carpeta, no hay proceso legal ni consecuencias jurídicas.
-La denuncia de “Aguilar Gerardo” señala "diezmos", robo de maquinaria y obras infladas, pero no hay pruebas ni ratificación oficial del caso.
-Sámano usa una publicación de Facebook como base de acusaciones, sin respaldo documental ni denuncia formal ante autoridad competente.
-El ex auditor trabajó en la pasada administración pero también laboro un mes en la administración de Daniel Sámano; su denuncia de manera informal 10 meses después, tardía, y sin registro oficial genera dudas sobre las intenciones y validez serias tanto del exfuncionario como del mismo Sámano.
-El discurso anticorrupción del alcalde podría ser simulación política para otra vez desviar la atención de graves problemas de Salvatierra sin sustento jurídico.
-Además, la falta de denuncia formal convierte el caso en ruido mediático; sin pruebas, se fortalece la hipótesis de estrategia política encubierta.
-Exhibir nombres y cargos sin proceso legal puede implicar abuso de funciones y daño moral, según la Ley de Responsabilidades Administrativas.
-La ley exige que irregularidades en obra pública estén documentadas; sin bitácora ni contrato, no hay base para sanción ni reparación.
-Si el ex auditor detectó delitos y no los denunció, incurre en omisión; la ley lo obliga a reportar desde su función pública.
-La transparencia no se logra con ruedas de prensa; se requiere denuncia ratificada, auditoría oficial y sanción conforme a derecho.
En un análisis realizado por el equipo de investigación de Metro News, el alcalde de Salvatierra, Daniel Sámano Jiménez tiene la facultad para realizar investigaciones al encontrar pruebas fehacientes y suficientes para presentar denuncias por corrupción y todo lo que proceda en el caso del municipio de Salvatierra. Si no lo ha hecho o no lo hace jurídicamente esta cayendo en patrañas mediáticas con fines políticos... y el alcalde está dando muestras de eso.
El análisis se basa en las declaraciones hechas por el alcalde sustentándose en una publicación en redes sociales de una cuenta de Facebook a nombre de "Aguilar Gerardo" y que el alcalde la relaciona con una persona de nombre Gerardo Aguilar Méndez, del área de Contraloría, con puesto de Auditor de Obra Pública en el período 26/04/2021 al 15/11/2024, es decir, fue empleado un mes durante la administración de Daniel Sámano Jiménez. Es grave que en sus declaraciones Sámano, mencione a dos anteriores exalcaldes salvaterrenses insinuando o hacer volar la imaginación de los ciudadanos de que estos dos están involucrados en actos de corrupción sin señalar pruebas concretas. (https://www.metronewsmx.com/2025/08/involucra-daniel-samano-exalcaldes-en.html )
El presunto denunciante trabajo un mes en la administración de Sámano Jiménez
"Aguilar Gerardo"
“Una obra de 10 millones menos, ¿con calidad o con valor de solo 50%? ¿De 10% el diezmo y los mismos pendejos y mediocres contratistas de siempre? Cambiarán de partido pero los camaleones de las constructoras siguen con precios inflados, concreto de resistencia menor en las banquetas, mala compactación, usan las pipas de SMAPAS para surtir a los contratistas en horario laboral.
Arroyos vehiculares agrietados, cuando aún ni abren a la circulación 🙆🙆🙆...
Por cierto, ¿el contratista ex director de obras Jorge ya regresó el compactador de calles Caterpillar C333 propiedad del municipio de Salvatierra, o siempre sí lo robó al municipio y solo nos quedamos con la factura y él con la máquina? 🙆🙆
¿José Daniel Sámano?? 🤔”
EL texto no menciona nombres y apellidos completos y hace referencias en general. Llama la atención que laboró un mes dentro de la administración de Daniel Sámano Jiménez y el alcalde no menciona existencia de denuncia en ese período en que fue empleado de su administración este auditor, a pesar de haber laborado desde 2021 en el municipio y también un mes dentro de la administración del mismo alcalde Daniel Sámano Arreguín, lo que resulta extraño ante lo que parece una patente inconformidad de "ultima hora" y a casi 10 meses de haber finalizado su relación con el municipio de Salvatierra, bajo la administración del actual alcalde Sámano Jiménez.
Ausencia de actos jurídicos formales
Hasta la fecha y a pesar de exhibir denuncias diversas en sus exposiciones semanales, no se tiene conocimiento de que exista evidencia pública de que el presidente municipal haya presentado una denuncia penal ratificada ante la Fiscalía General del Estado. No hay número de carpeta de investigación, ni boletines oficiales de la Fiscalía, ni comparecencias documentadas. Tampoco se detecta una solicitud formal de auditoría ante la Auditoría Superior del Estado ni ante la Contraloría Estatal.
La falta de estos elementos no invalida la denuncia como tal, pero sí impide que tenga efectos jurídicos plenos. En términos estrictos, sin formalización, no hay proceso legal.
Uso mediático sin respaldo documental
Las declaraciones del alcalde se han dado en **ruedas de prensa**, entrevistas y redes sociales, pero no han sido acompañadas de documentos públicos que acrediten la interposición de denuncias.
Este caso se ha difundido ampliamente en medios locales, pero ninguno ha exhibido pruebas materiales como contratos, bitácoras, dictámenes técnicos o testimonios ratificados.
Esto podría interpretarse como una estrategia de posicionamiento político, especialmente si se utiliza para marcar distancia con administraciones anteriores o para desviar la atención de temas actuales.
Contexto político y narrativa de ruptura
El discurso del alcalde se centra en “limpiar la casa”, “romper con el pasado” y “no ser cómplice”, lo cual es común en narrativas de **ruptura política**, pero...
Si no hay seguimiento legal, auditorías o sanciones, el discurso puede quedar como una puesta en escena sin consecuencias jurídicas, lo que jurídicamente se considera una forma de simulación.
Posible afectación al debido proceso
Si se exhiben nombres, cargos o acusaciones sin haber iniciado un procedimiento legal, se puede incurrir en responsabilidad administrativa o civil por daño moral, difamación o abuso de funciones.
El artículo 6 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Guanajuato exige que los servidores públicos actúen con legalidad, imparcialidad y objetividad. (https://www.poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/Ley%20de%20Responsabilidades%20Administrativas%20del%20Estado%20de%20Guanajuato.pdf )
¿Tiene valor jurídico la denuncia de "Aguilar Gerardo"?
La denuncia realizada en redes sociales por un presunto exfuncionario municipal sobre presuntas irregularidades en obras públicas, pagos indebidos (“diezmos”), uso indebido de maquinaria y materiales de baja calidad, constituye una denuncia ciudadana informal, pero no por ello carente de valor jurídico.
Según el Código Penal del Estado de Guanajuato, artículo 9, los delitos pueden cometerse por acción u omisión. Si el ex auditor tuvo conocimiento de irregularidades durante su función y no las reportó oficialmente, podría incurrir en responsabilidad por omisión, especialmente si se trataba de actos que afectaban el patrimonio público. (https://www.poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/Codigo%20Penal%20del%20Estado%20de%20Guanajuato%2024%20de%20sep%202018.pdf )
Obligación de denuncia y responsabilidad del exfuncionario
De acuerdo con la Constitución Política del Estado de Guanajuato, artículo 123, los servidores públicos son responsables por los delitos que cometan y por las faltas administrativas en que incurran. Además, el artículo 124 establece que las omisiones también son sancionables.
Si el ex auditor no dejó constancia formal de las irregularidades en bitácoras, informes o ante la Contraloría, podría haber incumplido su deber como servidor público. Sin embargo, su testimonio actual puede abrir una línea de investigación válida si se considera que está aportando indicios razonables de posibles delitos. (https://congresogto.gob.mx/Leyes/Ley_Constitucion_Politica_del_Estado_de_Guanajuato.pdf )
Marco legal en materia de obra pública
La Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para el Estado y los Municipios de Guanajuato establece en sus artículos 1 y 4 que toda obra pública debe ejecutarse conforme a principios de legalidad, eficiencia, transparencia y control. El reglamento correspondiente exige:
- Registro en bitácoras de obra.
- Supervisión técnica de materiales.
- Contratación conforme a procedimientos establecidos (licitación, adjudicación directa, etc.).
- Garantías de ejecución y entrega.
Las acusaciones sobre uso de concreto de baja resistencia, mala compactación, y sobrevaloración de obras deben estar documentadas en las bitácoras y contratos. Si no lo están, se abre la posibilidad de auditorías retroactivas por parte de la Contraloría o la Auditoría Superior del Estado. (https://portalsocial.guanajuato.gob.mx/documento/reglamento-dela-ley-de-obra-publica-y-servicios-relacionados-con-la-misma-para-el-estado )
Contraloría y mecanismos de fiscalización
La Contraloría del Estado de Guanajuato tiene facultades para investigar actos de corrupción, omisiones y uso indebido de recursos públicos. Además, el Sistema Estatal Anticorrupción permite canalizar denuncias ciudadanas y realizar auditorías específicas.
El presidente municipal tiene la facultad de solicitar formalmente una revisión de los trienios anteriores. Sin embargo, para que la denuncia tenga efectos jurídicos, debe ser ratificada ante la autoridad competente, como la Contraloría o el Ministerio Público.
Aspectos penales y civiles
Si se comprueba el robo de maquinaria (como el compactador Caterpillar C-33), se estaría ante un posible delito de peculado o abuso de confianza, tipificado en el Código Penal del Estado. El uso indebido de pipas, materiales o recursos públicos también podría encuadrarse en delitos contra el servicio público. (https://www.poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/Codigo%20Penal%20del%20Estado%20de%20Guanajuato%2024%20de%20sep%202018.pdf )
En el ámbito civil, la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y los Municipios de Guanajuato establece que el municipio puede ser responsable por daños causados por su actividad administrativa irregular, y los afectados podrían solicitar indemnización. (https://poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/Ley%20de%20Responsabilidad%20Patrimonial%20del%20Estado%20y%20los%20municipios%20de%20Guanajuato.pdf )
¿Ruido político o acción legítima?
Aunque el presidente municipal exhibe la denuncia en rueda de prensa y la utiliza como argumento para deslindarse de administraciones anteriores, no hay evidencia jurídica de que esté fabricando el caso. La denuncia existe, es pública, y proviene de un presunto exfuncionario con conocimiento técnico.
Sin embargo, el uso mediático de la denuncia, sin haber iniciado formalmente una investigación ante la Contraloría o la Fiscalía, puede interpretarse como una estrategia política para marcar distancia con gobiernos anteriores y reforzar su narrativa de transparencia. (https://contraloriasocial.sh.guanajuato.gob.mx/denuncia y https://sistemaestatalanticorrupcion.guanajuato.gob.mx/ )
La obligada conclusión crítica
La denuncia tiene validez jurídica potencial, pero requiere formalización ante las autoridades competentes. El presidente municipal tiene facultades para iniciar investigaciones, pero debe hacerlo conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Responsabilidades Administrativas, la Ley de Obra Pública y el Código Penal.
Y sí, también es jurídicamente posible considerar que el caso podría ser una patraña mediática con fines políticos, si no se formaliza ante las autoridades competentes y si se utiliza únicamente como herramienta de comunicación sin consecuencias legales. Esta hipótesis cobra fuerza cuando:
- No hay evidencia documental de denuncias formales.
- No se han iniciado auditorías ni procesos administrativos.
- Los discursos de denuncias se mantienen en el plano mediático sin acciones jurídicas.
- Se exhiben acusaciones sin respetar el debido proceso.
Sin embargo, esta interpretación debe mantenerse como hipótesis crítica, no como afirmación definitiva, hasta que se confirme la inacción jurídica o se demuestre que todo fue parte de una estrategia de simulación.
Si no se formaliza la denuncia, se corre el riesgo de que el caso quede en el terreno de la especulación política. Si se formaliza y se documenta, podría derivar en sanciones administrativas, penales o civiles para los responsables de los trienios anteriores. (https://www.poderjudicial-gto.gob.mx/pdfs/Ley%20de%20Responsabilidades%20Administrativas%20del%20Estado%20de%20Guanajuato.pdf ) #MetroNewsMx
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