Por Eugenio Amézquita Velasco

Hablar de la participación en política por parte de los ministros de culto en México, es un tema que genera incomodidad a los mismos políticos, al gobierno y a los denominados grupos liberales que siguen añorando un país al más puro estilo de Benito Juárez en tiempo de la Reforma. (https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/siguen-siendo-validas-las-restricciones-a-los-derechos-politicos-de-los-ministros-de-culto/)

Sin embargo, los tiempos han cambiado en muchos países. Lo curioso es que a pesar de defenderse en nuestro país en los últimos años el tema de los derechos humanos -en donde diversos grupos que van desde personas con discapacidad hasta delincuentes y grupos minoritarios de dudosa reputación moral son protegidos por la sombra de los derechos humanos-, los ministros de culto en nuestro país siguen siendo ciudadanos de segunda.

El Gobierno Mexicano no respeta la Declaración Universal de los Derechos Humanos

México y otros muchos países firmaron dicha declaración. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 10 de diciembre de 1948, fue el resultado de la experiencia de la Segunda Guerra Mundial. Después de la Segunda Guerra Mundial y la creación de las Naciones Unidas, la comunidad internacional se comprometió a no permitir nunca más atrocidades como las sucedidas en ese conflicto. 

Los líderes del mundo decidieron complementar la Carta de las Naciones Unidas con una hoja de ruta para garantizar los derechos de todas las personas en cualquier lugar y en todo momento. El documento que consideraban, y que más tarde se convertirá en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, fue examinado en la primera sesión de la Asamblea General en 1946. (https://www.un.org/es/about-us/udhr/history-of-the-declaration)

Curiosamente de 58 países integrantes de la ONU en aquel entonces, 48 votaron a favor de esta declaración, entre ellos México. 8 se abstuvieron de hacerlo: Arabia Saudí, Bielorrusia, Checoslovaquia, Polonia, Sudáfrica, Ucrania, Unión Soviética y Yugoslavia. Curiosamente, la mayor parte formaban parte del bloque comunista y algún otro empezaba a vivir el racismo contra las personas de color. dos más, no estuvieron presentes: Honduras y Yemen. Votos en contra ninguno. (https://es.wikipedia.org/wiki/Declaración_Universal_de_los_Derechos_Humanos)

Con este antecedente, resulta por demás extraño que a 75 años de distancia, México cuente con una Ley Suprema, la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, donde todavía persiste el estigma de mantenerlos como ciudadanos de segunda. Pero a la vez, también se cae en la contradicción de respetar los tratados internacionales signados y colocarlos dentro de esa misma Ley Suprema y en la práctica no cumplirlos. 

Es obvio que la Constitución por sí misma no es quien genera las contradicciones, sino los políticos liberales que piensan como minoría, decidiendo lo que es bueno para los mexicanos, cuando -como una gran ironía- la mayoría de los mexicanos no estamos de acuerdo con sus decisiones basadas en muy oscuros intereses de ambición y egoísmo.

Es así, que desde que se aprobó esta Declaratoria Universal de los Derechos Humanos y México votó a favor de ella, de alguna manera forma parte de los tratados que nuestra nación acepta. 

Es más, ha ido creciendo bajo el amparo de nuestros gobiernos la creación de Procuradurías de los Derechos Humanos o Comisiones de Derechos Humanos, para estar acordes a aquello que desde hace tres cuartos de siglo también se acordó validar tras las masacres, injusticias, perversiones, actos inhumanos, genocidio y desgracias cometidas en la Segunda Guerra Mundial.

Los ministros de culto en México, tratados al estilo de Hitler a los judíos

Alguien que que sufrió esta desgracia fue precisamente el pueblo judío. El odio de un hombre, Hitler, buscaba borrarlos de la faz de la tierra, generó el horripilante genocidio contra los judíos consignado por la historia. 

Hitler argumentaba que el pueblo judío buscaba el poder, buscaba apoderarse de las economías y un sinnúmero más de argumentos. (https://es.wikipedia.org/wiki/Holocausto)

El odio alcanzó también a meterse contra el aspecto religioso al grado de darse la Noche de los Cristales Rotos, donde además de arrestar y asesinar judíos, destruyeron sus templos, las sinagogas. (https://encyclopedia.ushmm.org/content/es/article/the-night-of-broken-glass)

En pocas palabras, Hitler y el nazismo convirtieron en parias a los judíos.

En México, la tentación de los "nuevos nazis" desde hace 75 años, no ha sido la excepción contra los ministros de culto, iglesias, templos y todo lo que huela a religión cristiana, que es la que conforma la mayoría de nuestro país y que costó sinnúmero de vidas, especialmente de ministros de culto católicos durante la llamada Guerra Cristera.

Por ejemplo, en la Alemania nazi, los judíos, rabinos y demás miembros de esta comunidad tenían que registrarse ante el gobierno y restringir sus actividades a un "ghetto", ya ni siquiera a un espacio religioso.

En México, los ministros de culto tienen que registrarse ante la Secretaría de Gobernación, a semejanza de lo que se hacía en la Alemania nazi. Tienen que estar sujetos a condiciones que en verdad se antojan arcaicas y que no se aplican a ningún otro mexicano. De hecho, antes de ser ministro de culto, el sentido común nos enseña que primero son seres humanos, son personas.

Las incongruencias Constitucionales con la Declaración Universal de los Derechos Humanos

Si usted, amable lector, revisa el artículo 130 Constitucional, este incurre en violaciones a los derechos de la persona humana, si acaso esa persona tiene la mala suerte de caer en la calidad de ministro de culto: 
"d) En los términos de la ley reglamentaria, los ministros de cultos no podrán desempeñar cargos públicos. Como ciudadanos tendrán derecho a votar, pero no a ser votados. Quienes hubieren dejado de ser ministros de cultos con la anticipación y en la forma que establezca la ley, podrán ser votados". O sea, ciudadanos pero a medias, porque trae el "estigma" de ser ministro de culto.

"e) Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios". O sea que no puede ejercer el Derecho Humano de opinar, porque tiene el "estigma" de ministro de culto.

La contradicción de este artículo comienza con lo señalado en el artículo 133 Constitucional: "Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas". (https://mexico.justia.com/federales/constitucion-politica-de-los-estados-unidos-mexicanos/titulo-septimo/)

Por este último Artículo Constitucional, donde se considera parte de la Ley Suprema los tratados validados por México, es en ese instante cuando empiezan a violarse los derechos humanos de los ministros de culto.

Al revisar la Declaratoria Universal de los Derechos Humanos de 1948 y que sigue vigente, puede observarse qué es lo que los Congresistas Mexicanos siguen manteniendo desde hace muchos años en la Constitución, violando la libertad real de religión y los derechos humanos de los ministros de culto. Son violaciones a los artículos 1, 2, 18, 19 y 21 de dicha Declaración:

"Artículo 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros".

En México esto no sucede, porque hay ciudadanos plenos y ciudadanos ministros de culto, No hay igualdad, algo que no puede ser considerado muy fraterno que digamos.

"Artículo 2: Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía". 

En México, sí pesa que se pertenezca a una religión. No hay libertad religiosa real y se impide el ejercicio pleno de derechos a los ministros de culto.

"Artículo 18: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia".

En México, nuestra manoseada y parchada Ley Suprema no permite a un ministro de culto, por ser de facto un ciudadano de segunda, que pueda manifestarse públicamente, no goza de la libertad de enseñar aquello que va contra su doctrina social plasmada por su religión. Ejemplo: En México, a un gobernante corrupto o a un dictador no se le puede señalar lo dañino de sus actos y decisiones contra la población por parte de un ministro de culto, aunque ello sea un derecho humano. (https://www.informador.mx/ideas/La-mas-manoseada-de-Mexico-20240206-0022.html)

"Artículo 19: Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".

En México, los ministros de culto no sólo son molestados sino hasta multados a causa de sus opiniones, sean dichas donde sea. (https://www.milenio.com/politica/tepjf-confirma-segob-sancionar-3-sacerdotes-proselitismo)

"Artículo 21: 1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto".

Los ministros de culto no se dedicarán a algo que les afecte su ministerio

Hasta la fecha, no se conoce un caso de ministro de culto que ocupe un puesto de funcionario de gobierno o de representación popular

Es importante acotar el caso de los ministros de culto de la Iglesia Católica. Ésta, a través de lo que sea denomina Código de Derecho Canónico, impide a los ministros de culto dedicarse a actividades que puedan entorpecer su ministerio. 

Esto se consigna en el Canon 285.3; "Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos, que llevan consigo una participación en el ejercicio de la potestad civil". (https://vatican.va/archive/cod-iuris-canonici/esp/documents/cic_libro2_cann273-289_sp.html)

Es de precisarse que INEGI destaca tras el Censo de Población de 2020, que la religión mayoritaria en México es la Cristiana -con diversas denominaciones- y la Iglesia mayoritaria es la Cristiana Católica. (https://www.inegi.org.mx/temas/religion/)

De todo lo que hemos señalado aquí, habría que preguntarle a esta mayoría, si realmente los actos de los gobierno actuales y anteriores, realmente responden a los valores y a la moral que estos grupos claramente mayoritarios desean vivir para sus familias y para todos ellos o si más bien responden a los intereses de minorías afines a intereses materiales y políticos así como a los del gobernante en turno.

Todo lleva a pensar que un grupo minoritario gobernante, no deja espacio a los ministros de culto de las diversas denominaciones que forman la mayoría cristiana y cristiana católica en México, porque sabe que los puntos en común de las doctrinas que enseñan los ministros de culto y que auxilian en lo religioso a sus feligreses, no van de acuerdo a las ideologías que desde hace mucho tiempo están distorsionando la moral de los mexicanos y que tienen hundido al país en la falta de paz, en la falta de respeto a las personas y a una gran cantidad de vicios que nos mantienen en caos, bajo la complacencia del respectivo gobernante del país. (https://www.elsoldecuernavaca.com.mx/local/se-unen-iglesias-contra-el-aborto-2682130.html


 Algunos medios de comunicación se han sumado a estas violaciones, avalando y apoyando leyes o disposiciones injustas. (https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Una-ley-injusta-se-debe-derogar-o-reformar-20190421-0093.html)

Desde hace tiempo y bajo el amparo de que la Constitución es la Ley Suprema, algunos medios de comunicación se han prestado a la violación de los derechos humanos de los ministros de culto (https://periodicocorreo.com.mx/guanajuato/curas-impartiran-talleres-sobre-como-votar-en-guanajuato-la-ley-lo-prohibe-20240115-90000.html) y ello nos hace responsables a los periodistas de una actitud deshumanizante en contra de los ministros de culto. 

Y bueno... ¿Qué se puede hacer para respetar los derechos de los demás cuando alguien dice que por encima de la ley está su autoridad moral? (https://www.eluniversal.com.mx/nacion/mi-autoridad-moral-esta-por-encima/) #MetroNewsMx