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enero 31, 2026 ,

Redacción

-Hombres armados irrumpieron en un domicilio de la capital colimense para ejecutar a las dos mujeres.
-Las víctimas fueron identificadas como familiares directos del ex dirigente de Morena y actual funcionario federal.
-El ataque ocurrió en una zona residencial, desatando un despliegue masivo de fuerzas federales y estatales.
-Fiscalía estatal investiga el móvil del doble feminicidio sin que hasta ahora se reporten personas detenidas.
-El crimen ocurre en medio de una cruenta guerra de cárteles que ha convertido a Colima en el estado más violento.

La violencia en Colima ha escalado a niveles personales para la cúpula política del país. Este fin de semana, fuentes policiales y reportes de medios locales confirmaron el asesinato de dos mujeres en la ciudad de Colima, quienes fueron identificadas como la tía y la prima de Mario Delgado Carrillo, actual Secretario de Educación Pública y ex presidente nacional de Morena.

El ataque se registró en un inmueble donde sujetos con armas de alto poder ingresaron de manera violenta. Según las primeras indagatorias, las víctimas se encontraban dentro de la vivienda cuando los agresores dispararon de forma directa, terminando con sus vidas de manera instantánea antes de huir con rumbo desconocido.



Elementos de la Guardia Nacional, el Ejército Mexicano y la Policía Estatal acordonaron la zona, mientras que peritos de la Fiscalía General del Estado de Colima (FGE) realizaron el levantamiento de los cuerpos y la recolección de indicios balísticos. Hasta el momento, el funcionario federal no ha emitido un pronunciamiento oficial sobre el trágico suceso.

Balance 2025-2026 de la Inseguridad en Colima

Colima cerró el año 2025 con un total de 622 homicidios dolosos, lo que representó una reducción del 26% en comparación con los 845 registrados en 2024. Pese a este descenso estadístico, el estado continúa encabezando los índices nacionales de violencia por cada 100 mil habitantes, con una tasa aproximada de 140 homicidios, manteniéndose como la entidad más peligrosa del país según el Índice de Paz México. La violencia se concentra principalmente en la zona conurbada de la capital y el puerto de Manzanillo.

El sentimiento de inseguridad sigue siendo estructural. Según la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) del INEGI a diciembre de 2025:
-Colima Capital: 75.6% de la población se siente insegura. Aunque es una mejora respecto al 81.4% del año anterior, sigue muy por encima de la media nacional.
-Manzanillo: La percepción de miedo se deterioró, incrementando del 60.7% al 71% en el último trimestre de 2025.
-Miedo cotidiano: Aproximadamente el 68.5% de los colimenses identifica la inseguridad como su principal preocupación. Cuatro de cada diez habitantes han modificado sus hábitos, como dejar de portar objetos de valor o evitar caminar de noche, por temor a ser víctimas del delito.

Acciones del Gobierno y Operativos Vigentes

El gobierno estatal, en coordinación con las fuerzas federales, ha implementado diversas estrategias para intentar contener el avance de los grupos criminales:

-Estrategia "Pez Vela 2025": Operación conjunta entre la Secretaría de Marina (SEMAR), la Fiscalía General de la República (FGR) y la policía estatal. Hasta finales de 2025, esta estrategia reportó la detención de 278 presuntos generadores de violencia en Manzanillo y Tecomán.
-Operativo "Seguridad Vacacional" (Diciembre 2025 - Enero 2026): Despliegue de elementos de la SEDENA, Guardia Nacional y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) en calles, centros comerciales y terminales de autobuses para disuadir delitos comunes y extorsiones.
-Fortalecimiento de la Vigilancia: Se han intensificado los patrullajes pie-tierra y la proximidad social para fomentar el uso de la línea 911, intentando recuperar la confianza ciudadana en las instituciones locales, la cual sigue siendo baja comparada con la alta confianza que la población tiene en la Marina y el Ejército.
-Mesa de Coordinación Estatal: Sesiones diarias para el análisis de inteligencia y despliegue reactivo ante eventos de alto impacto, como el reciente asesinato de familiares de funcionarios federales, que ha activado protocolos especiales de búsqueda.

En resumen, aunque los datos duros del Secretariado Ejecutivo muestran una tendencia a la baja en el número total de asesinatos, el impacto económico de la violencia (estimado en un 40.8% del PIB estatal) y la persistente sensación de vulnerabilidad en las calles indican que Colima sigue atravesando una crisis de seguridad profunda y estructural. #MetroNewsMx

enero 30, 2026 ,

Redacción

-Isidra del Rayo Arpero Vázquez deja la tesorería de Cortazar de forma inesperada.
-El alcalde Mauricio Estefanía designa a Anayeli Arriaga Rodríguez como encargada de despacho.
-Los motivos de la separación del cargo permanecen bajo reserva oficial.

El gabinete del alcalde Mauricio Estefanía registró un movimiento clave este viernes. Durante la sesión ordinaria de Ayuntamiento, se oficializó la salida de Isidra del Rayo Arpero Vázquez, quien hasta hoy se desempeñaba como tesorera municipal de Cortazar, según anunció Informador del Bajío.


La noticia trascendió en el segundo punto del orden del día, momento en el que el primer edil sometió a consideración del Cabildo la renuncia de la funcionaria. Ante el vacío en el área financiera, Estefanía propuso el nombramiento de la contadora Anayeli Arriaga Rodríguez, quien asumirá de manera provisional las riendas de la dependencia como encargada de despacho.

Aunque el relevo administrativo fue aprobado por los integrantes del Ayuntamiento, las razones detrás de la dimisión de Arpero Vázquez no fueron reveladas durante la sesión. Se prevé que en las próximas horas la administración municipal emita mayores detalles sobre este ajuste en el equipo de trabajo del alcalde, en una de las carteras más sensibles para la operatividad del municipio. #MetroNewsMx



Eugenio Amézquita Velasco

-La SCJN ignora el Pacto de San José que obliga a México a proteger toda vida humana desde el momento de la concepción legal.
-Marcial Padilla denuncia que la Corte utiliza maromas jurídicas para eludir obligaciones internacionales en materia de vida.
-El aborto en pleno 2026 es calificado como una discriminación prenatal inaceptable basada en el grado de desarrollo humano.
-La orden de la Corte al Congreso de Guanajuato es un imposible jurídico que violenta la autonomía del Poder Legislativo estatal.
-No existe dilema real entre mujer e hijo; la única postura ética es la protección integral de ambos pacientes por igual.
-La Corte pretende un juego arreglado al dictar el sentido del voto a los diputados, lo cual es una aberración democrática.
-Los legisladores no caen en desacato al defender la vida, pues la SCJN no puede obligarlos a votar contra sus principios.
-Biológicamente el feto es un paciente independiente y la ley no puede desprotegerlo solo por no haber nacido todavía.
-La jerarquía constitucional se rompe cuando la Suprema Corte actúa fuera de los tratados internacionales firmados por México.
-Políticos sin ética buscan imponer el aborto mediante engaños, olvidando que la vida es la condición de todos los demás derechos.
-Especialistas cuestionan que agendas políticas y electorales desplacen el sano juicio en la jerarquía del derecho a la vida.
-Leyes mexicanas castigan con rigor el maltrato animal mientras relativizan la protección de la vida prenatal.
-El Código Penal Federal impone hasta dos años de prisión por daño a la fauna, contrastando con la despenalización del aborto.

La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordena al Congreso de Guanajuato legislar a favor del aborto no es solo una instrucción jurídica, es un atropello a la soberanía, a la ética y a la jerarquía constitucional de México. Como bien lo expone Marcial Padilla, estamos ante una Corte que ha decidido ignorar los tratados internacionales de rango constitucional, específicamente el Pacto de San José, para imponer una agenda ideológica por encima del derecho más fundamental: la vida.



El argumento es irrefutable. El Artículo 4.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos obliga al Estado Mexicano a proteger la vida desde el momento de la concepción. Sin embargo, los ministros han optado por el engaño y la maroma jurídica para eludir esta responsabilidad. No se trata de un avance en derechos, sino de una discriminación prenatal sistemática basada en el grado de desarrollo de un ser humano que, médicamente, es un paciente con derechos propios.

Además, la orden de la SCJN al Congreso guanajuatense es un absurdo procedimental. Pretender dictar el sentido del voto de los legisladores es como intentar arreglar un partido de fútbol antes de que empiece; se puede obligar a jugar, pero no se puede ordenar quién debe ganar. Los diputados no están en desacato al votar a favor de la vida, pues su mandato emana de la representación ciudadana, no de los caprichos de un Poder Judicial que parece haber olvidado que su función es juzgar, no legislar ni violentar la conciencia de los representantes del pueblo.

La transcripción de la entrevista con Marcial Padilla, de ConParticipación

Eugenio Amézquita: 
Tengo en la línea un excelente, excelente colaborador de Metro News y Guanajuato Desconocido, mi gran amigo Marcial Padilla, un señorón en materia de temas de vida, de defensa de la familia. Marcial, muchas gracias por tomarme la llamada y bueno, el tema es este. Anuncia la Suprema Corte de Justicia de la Nación, le da un plazo de noventa días al Congreso del Estado de Guanajuato para que apruebe las leyes del aborto o muy llamadas, eufemísticamente llamadas de interrupción del embarazo, que a través del acuerdo ciento setenta y dos el Congreso del Estado de Guanajuato ya había dicho no al aborto, no a este tema. 

¿Y qué me puedes platicar? ¿Hasta dónde la Suprema Corte de Justicia puede hacer esto? Y sobre todo también creo que hay un tema de un pacto, un acuerdo, un tratado internacional que, de ser así, estaría anulando cualquier acción que la Suprema Corte de Justicia de la Nación quisiera implementar en materia de aborto o interrupción del embarazo en toda la República Mexicana. Gracias, estoy a tus órdenes Marcial y gracias.

Marcial Padilla: 
Muchísimas gracias, qué gusto saludarte. Fíjate que yo creo que hay varias cosas que se deben de mencionar. Primero que nada, voy a hacer referencia al Pacto de San José o la Convención Americana sobre Derechos Humanos donde, en efecto, en el artículo cuatro, sección primera, se dice que toda persona tiene derecho a la vida y que este derecho va a estar protegido desde la concepción. Es un pacto que vincula a México, es la referencia en el sistema de derechos humanos de Latinoamérica. La Suprema Corte de Justicia ha hecho caso omiso a esta obligación internacional que tiene México. La actual corte y las cortes anteriores lo han ignorado. No voy a decir que sin hacer alguna maroma, siempre hacen alguna maroma, pero es doloroso que la Suprema Corte de Justicia, en vez de querer respetar este pacto en el derecho fundamental, el primero de todos los derechos, el que es condición de todos los demás, que es el derecho a la vida, en vez de eso esté buscando algún engaño para intentar eludir esta obligación internacional que tiene México. 

Ahora déjame añadir además que también la Suprema Corte de Justicia y también muchos legisladores del país están además contradiciéndose en otro de los temas fundamentales que México ha avanzado y es el tema de la no discriminación. No tiene sentido en el siglo veintiuno, en dos mil veintiséis, que la ley te proteja después de nacer y no te proteja antes de nacer. No tiene sentido, es ilógico eso. Es discriminatorio por grado de desarrollo o por el origen o por la condición socioeconómica o lo que sea. Si no puedes discriminar a un ser humano por su tamaño, por su condición de salud, por cómo se expresa, pues entonces ¿cómo vas a decir que de pronto mágicamente lo discriminas impidiendo que se le haga daño en etapa prenatal? Por lo cual podemos decir que las leyes de aborto son leyes discriminatorias, son inaceptables. En el México de dos mil veintiséis el aborto es una discriminación prenatal. 

El gran error por parte de la Suprema Corte de Justicia, como de aquellos políticos que están intentando imponer el aborto, es crear un falso dilema. No existe el dilema donde o estás a favor de la vida del hijo en gestación o estás a favor de los derechos de la mujer. Eso es falso, no existe. La única posición razonable, legítima y humana es estar a favor de los derechos de ambos y entonces hacer política pública de protección de la mujer embarazada y de su hijo en gestación. La Corte está pidiendo algo que no tiene sentido. Ahorita te puedo añadir algo más, pero no sé si esto ha sido claro y te sirve.

Eugenio Amézquita: 
No, está clarísimo. Pero tú sabes perfectamente bien que vivimos en un país, imagino que en otros ha de ser algo parecido, vivimos en un país donde lo que menos tienen los políticos es ética, lo que menos tienen los políticos es respeto a la vida y vivimos también en un país donde hay unos políticos mentirosos. Y me llama la atención ahorita, a reserva de que agregues más sobre este punto, fui muy enfático en esto del Pacto de San José porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la ley máxima es la Constitución, pero además hay un agregado: y los tratados que México signe a nivel internacional también forman parte de esa ley máxima. Entonces si estamos aquí tratando de un acuerdo, de un pacto, de un tratado que México firmó, pues el hecho de que la Suprema Corte de Justicia esté diciendo que está pidiéndole a los congresos de los estados que legalicen, que aprueben esta situación contra la vida, pues automáticamente podemos decir también que la Suprema Corte de Justicia de la Nación está actuando fuera de la Constitución y está llevando a los congresos a incurrir en faltas contra la misma Constitución. No sé si estés de acuerdo con esta reflexión que estoy haciendo.

Marcial Padilla: 
Es un tema que desde hace ya décadas asombra a numerosas personas, a juristas internacionales, que la interpretación que da la Corte del Pacto de San José y de las obligaciones que tiene México en relación con el Pacto de San José, en vez de adherirse a la letra y al sentido y al espíritu que tienen, busquen algún recoveco, alguna interpretación espuria, algún engaño. Y es verdad, como dices tú, que lamentablemente existen personas en cargos de responsabilidad, sea en el legislativo o en el judicial, que no se comportan con ética. Es necesario que aquellos que sí se comportan con ética, aquellos que quieren demostrar que quieren cambiar las cosas en México, lo empiecen a hacer. Ahora quisiera añadir algo más que tiene que ver con esta orden específica que le da la Corte al Congreso. Esto es importante que los diputados lo tengan muy claro. La Corte les está pidiendo algo que es imposible de obedecer. Es imposible incluso si quisieran, no lo pueden hacer y te voy a explicar por qué. Imagínate que la Corte fuera el árbitro o el encargado del fútbol de un país, o que fuera la federación de fútbol o que fuera la FIFA. 

La Federación de Fútbol no le puede decir a unos equipos que van a jugar un partido: oigan, tiene que ganar este equipo y tiene que ganar por este marcador. Los jugadores le dicen: lo que nos puedes decir es que juguemos un partido, pero no nos puedes dictar el marcador. Lo que puedes decir es anular un partido, puedes expulsar a un equipo, puedes hacer lo que sea, pero no puedes decir que se juega un partido y que nosotros mismos pongamos un marcador de un juego arreglado. La Corte les pide un juego arreglado. No puede la Corte decirle a los diputados que tienen que votar y que la votación la tiene que ganar el aborto, porque los diputados dicen: a ver, ¿y entonces cuántos nos vas a decir también? ¿con cuántos votos? ¿con unanimidad, con veinticinco, con diez o con que nada más con uno de diferencia? O sea, la Corte no está entendiendo cómo funciona un proceso legislativo. 

La Corte le puede ordenar al legislativo, y en eso los diputados sí la tienen que obedecer, le puede decir quinientas mil veces vuelve a votar la ley de aborto y los diputados le pueden decir: okay, vuelvo a votar, pues vuelve a perder el aborto. Porque la Corte sí le puede ordenar al Congreso que haga la votación y los diputados sí tienen que obedecerla en hacer la votación, pero lo que no les puede ordenar la Corte es quién va a ganar esa votación. No se puede. Si la Corte quiere imponer el aborto que no eluda su responsabilidad diciendo que lo votaron los diputados, porque no funciona así la democracia. 

Si la Corte quiere decir que va a imponer el aborto, lo va a tener que hacer ella con alguno de los mecanismos donde elimina el poder legislativo, con lo cual se demuestra que es pura ideología lo que movería a la Corte, porque ni siquiera respeta el proceso que nos rige como país y es que los ciudadanos decidimos nuestras leyes. Entonces sí es importante que los diputados no tengan miedo de que los inhabiliten, que los diputados no sientan que están en desacato cada vez que voten a favor de la vida. No es cierto que están en desacato, no pueden estar en desacato porque la Corte no les puede obligar o indicar el sentido del voto. Les puede indicar que sí voten, pero no les puede indicar en qué sentido votan.

Eugenio Amézquita: 
No, me queda claro. Es que los que legislan son los legisladores, el poder judicial pues juzga. O sea, creo que cada quien tiene sus funciones definidas y aquí pareciera que el poder judicial quiere legislar y eso no lo puede hacer.

Marcial Padilla: 
Exactamente, y no lo puede hacer. Y los diputados no pueden, ni aunque quisieran podrían obedecer, ni queriendo, porque no pueden decir, o sea, la Corte no les puede decir quién va a votar a favor y quién en contra. No se puede, es imposible. Entonces la Corte está dando una orden imposible.

Eugenio Amézquita: 
Y la otra cosa que me llama la atención, y esto te lo comentaba hace rato antes de buscar esta entrevista, me llama a mí la atención que hablan de la práctica ilegal del aborto y la quieren hacer legal. Quiere decir entonces que pudiera haber, fíjate lo que voy a decir, a lo mejor también es un poquito de juego de palabras, fetos legales y fetos ilegales. O sea, el feto legal es aquel que fue deseado, el feto ilegal es el que no es deseado. ¿Cómo se puede hablar de fetos ilegales o de fetos no deseados? No sé si captes.

Marcial Padilla: 
Sí, totalmente. El punto de partida claro es que lo que están diciendo es que, como existen violaciones a los derechos humanos de los hijos antes de nacer, entonces tenemos que legalizar esas violaciones a su derecho humano. No, no tenemos que legalizar que se discrimine y se le arrebate la vida a un hijo antes de nacer. Lo que se tiene que hacer es establecer políticas públicas que protejan, primero que nada, un marco normativo que proteja por igual y sin discriminación a la madre y al hijo. Porque no puedes discriminar, la ley no te puede proteger después de nacer y no protegerte antes de nacer, eso está claro. 

Pero además de eso, tienen que existir políticas públicas y ahí sí tienen que hacer trabajos los legisladores para hacer imposible e impensable que una mujer que está temiendo por algún motivo tener un bebé llegue a recurrir a pensar eso. La ley sí tiene que proteger al hijo, no puede no protegerlo, pero además tiene que existir una política pública eficaz que impida que ese bebé quede desprotegido también después de nacer.

Eugenio Amézquita: 
Y finalmente, para no, porque sé que andas en tránsito ahorita, este otro detalle que está basado precisamente en un artículo que tú muy amablemente nos compartiste la vez pasada, en que estamos hablando de que en este asunto de la interrupción, mal llamada interrupción del embarazo o aborto, no es una sola persona, son dos las que están interviniendo. Estamos hablando de la vida de dos personas, tan es así que tú mismo lo recuerdo nos señalabas: es que el feto por parte de la medicina es tratado como un paciente y a la mamá como otro paciente. 

Entonces la medicina, la biología y el derecho están reconociendo que hay dos personas aquí, hay dos sujetos. Si no le quieres llamar persona porque no tiene forma aparentemente humana, pero sí la tiene porque está en gestación, tiene forma humana en gestación. Como que esta actitud de estos legisladores proaborto se olvidan de que médicamente son dos pacientes y el hablar de aborto estás hablando de que voy a acabar con uno de los pacientes. Creo que también esto, había que definir bien de qué estamos hablando. Mucho de la mamá, sí, pero te estás olvidando del otro paciente y no lo tomas en cuenta.

Marcial Padilla: 
Hay que pensar en ambos, exactamente en ambos es importante. Y también para todos aquellos que creemos en la protección del derecho a la vida antes de nacer, muy importante que tengamos muy claro que se protege a ambos. La mujer que llega a pensar en abortar, llega a pensar por algo. Entonces, dejando claro que se va a proteger la vida del hijo, hay que atender aquello que hace que una mujer piense en quizás darle la vida suya. 

Se tiene que pensar en los dos. Además, eso de decir no es que es un feto, a ver, feto es una etapa de la vida. Los leones pasan por etapa fetal, los delfines pasan por etapa fetal, los seres humanos pasamos por etapa fetal. No es una cosa, es una etapa. Entonces, así como tú Eugenio eres Eugenio cuando tienes veinte años, eras Eugenio cuando tenías diez años y eras Eugenio un minuto antes de nacer, bueno, también un hijo es el mismo hijo, es el mismo ser humano en otra etapa. Cuando es adolescente, cuando es niño, cuando es bebé y cuando está en etapa fetal es el mismo ser humano. Nada más feto es una etapa, no es una cosa.

Eugenio Amézquita: 
Pues quiero agradecerte Marcial, vamos a estar muy al pendiente porque yo sé que tú también cuando se da este tipo de situaciones aberrantes, porque no se le puede llamar de otra manera contra la vida humana, tú inmediatamente brincas, saltas y te posicionas. Vamos a estar muy al pendiente para ver a dónde llega este cuento con estos señores jueces que llegaron por la vía de los acordeones al puesto donde están ahorita. Te agradezco muchísimo.

Marcial Padilla: 
Muchísimas gracias y felicidades por toda tu labor.

Eugenio Amézquita: 
Gracias, soy Eugenio Amézquita y es Guanajuato Desconocido y Metro News con Marcial Padilla.

El análisis al Artículo 4.1 del Pacto de San José

El análisis sobre el cumplimiento del Artículo 4.1 del Pacto de San José (Convención Americana sobre Derechos Humanos) por parte del Gobierno de México es un tema de alta complejidad jurídica y ética. Este artículo establece que "toda persona tiene derecho a que se respete su vida" y que este derecho debe estar protegido por la ley "a partir del momento de la concepción".

La tensión entre el Pacto y la jurisprudencia nacional es clara. A diferencia de lo que dicta el sentido común para muchos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha interpretado que el derecho a la vida no es un valor absoluto que deba prevalecer sobre otros derechos, como la autonomía reproductiva de la mujer.

En el fallo del 2021, la SCJN declaró inconstitucional la criminalización total del aborto, argumentando que la protección de la vida prenatal no puede anular los derechos de libertad de las personas gestantes.

Para sectores defensores de la vida -y en el marco de la ley-, el gobierno mexicano ha fallado en respetar el espíritu literal del Artículo 4.1 del Pacto de San José al permitir leyes que facilitan la interrupción del embarazo, priorizando criterios políticos y electorales sobre la protección del "paciente" desde la concepción.

Violaciones por omisión: Crisis de seguridad

El respeto al Artículo 4.1 no solo se refiere al inicio de la vida, sino a la obligación del Estado de garantizar la seguridad de quienes ya han nacido. En este sentido, México enfrenta desafíos críticos.

El Estado ha sido señalado por organismos internacionales por no garantizar efectivamente el derecho a la vida ante la violencia del crimen organizado. Cuando el sistema de justicia no castiga a quienes quitan la vida, el gobierno incurre en una falta de respeto indirecta al Pacto de San José, al no cumplir con su deber de prevención y sanción.

La protección de la fauna vs. la vida humana

Existe una percepción de que las leyes mexicanas a veces muestran un desequilibrio notable.

Mientras el sistema jurídico avanza hacia penas severas por maltrato animal o protección de ecosistemas, el derecho a la vida humana desde la concepción se ha visto relativizado.

Muchas de estas decisiones legislativas parecen obedecer más a una agenda de imagen progresista o compromisos internacionales de otra índole, que a una aplicación racional y coherente de la ley natural y el sano juicio.

Las incongruencias jurídicas

En los últimos años, el sistema jurídico mexicano ha experimentado una transformación que, analizada bajo la óptica del sano juicio y la ley natural, revela una profunda contradicción ética. Mientras el activismo legislativo ha logrado endurecer las penas contra el maltrato animal, la protección de la vida humana desde la concepción —establecida en tratados internacionales como el Pacto de San José— ha sido sistemáticamente debilitada por criterios judiciales y políticos.

Esta asimetría legal se manifiesta en la severidad con la que el Estado reacciona ante el daño a la fauna frente a la interrupción de la vida humana. En diversas entidades del país, el maltrato a un animal doméstico o silvestre no solo genera un repudio social inmediato, sino que se castiga con penas de cárcel efectivas y multas onerosas. 

En contraste, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado que la vida en gestación no posee el mismo estatus jurídico de "persona", permitiendo que su eliminación sea legal bajo el argumento de la autonomía reproductiva.

La jerarquía de derechos en disputa

Para defensores de la ley natural, esta situación refleja cómo las leyes en México suelen obedecer a intereses políticos y agendas internacionales antes que a una coherencia filosófica. La protección animal, aunque necesaria para una sociedad civilizada, parece haber ocupado un peldaño de superioridad moral en la narrativa legislativa actual.

En Ciudad de México o Guanajuato, agredir a un animal puede conllevar años de prisión, con procesos judiciales expeditos impulsados por la presión en redes sociales.

A pesar de que el Artículo 4.1 del Pacto de San José obliga a proteger la vida "en general, desde la concepción", México ha interpretado este mandato de forma laxa, eliminando las barreras legales para el aborto y dejando al feto en un estado de desprotección jurídica absoluta.

Intereses políticos sobre el sentido común

La crítica de diversos sectores sociales apunta a que el legislador mexicano ha caído en un "sentimentalismo jurídico". Se privilegia la vida de la fauna —a menudo convertida en estandarte electoral para captar votos de sectores jóvenes y progresistas— mientras se desatiende el derecho fundamental a la existencia del ser humano en su etapa más vulnerable.

Esta distorsión del sano juicio crea un panorama donde el Estado es extremadamente eficiente para perseguir a quien daña a una mascota, pero omiso y facilitador cuando se trata de interrumpir el desarrollo de una vida humana. 

La incongruencia es clara: se eleva la dignidad de la fauna a rangos casi sagrados, mientras la dignidad humana se vuelve negociable y dependiente de la voluntad de terceros o de sentencias judiciales de turno. #MetroNewsMx




Redacción Editorial

-Le dan 90 días al Congreso de Guanajuato para aprobar "interrupción el embarazo"
-La SCJN despersonaliza al feto para imponer el derecho a elegir, ignorando que es un individuo biológico y paciente médico.
-Legalizar el aborto no cambia la realidad biológica: en el vientre materno existen dos pacientes con derechos, no solo uno.
-El derecho a la autonomía termina donde empieza el derecho a la vida de un tercero: el feto con necesidades clínicas propias.
-Interrupción del embarazo es un engaño semántico: en biología no hay pausa, es un proceso irreversible que extingue una vida humana real.
-La ley es una herramienta política, pero no tiene el poder de convertir a un ser humano en un simple órgano de la madre.
-El feto es un paciente independiente para la medicina fetal; tiene ADN propio y recibe cirugías antes de nacer. Es un ser humano.
-El Congreso de Guanajuato protegió la vida al archivar el Acuerdo 172, rechazando propuestas de Morena, MC y el Partido Verde.
-El sano juicio indica que si la vida inicia en la concepción, detenerla es, por definición clínica, el fin de una vida humana.
-Es incongruente prohibir la pena de muerte a criminales y permitir la eliminación de un feto paciente en total indefensión.
-El interés superior de la niñez protege al naciturus antes y después de nacer; su vida es un derecho previo a cualquier ley.
-Los médicos enfrentan un dilema ético: la ley los obliga a salvar al feto deseado y les permite desechar al no deseado.
-La SCJN despersonaliza al feto para imponer el derecho a elegir, ignorando que es un individuo biológico y paciente médico.
-Un cirujano fetal no opera a la madre, opera al feto; esto valida su estatus de persona con derecho propio a la salud.
-Llamar interrupción del embarazo a algo que no permite continuidad de la vida es una contradicción lógica para suavizar el concepto de acabarla.
-Guanajuato resiste presiones políticas para mantener el marco ético que protege al feto como integrante de la especie humana.
-El archivo definitivo de las reformas proaborto en junio de 2025 confirma que en Guanajuato hay dos vidas en juego, no una.

Al anunciarse que la SCJN da 90 días para que se apruebe en Guanajuato el aborto, echando por tierra el Acuerdo 172 del Congreso del estado, de junio de 2025, se hace importante y fundamental recordar que fue lo que defendió la mayoría del Congresod el estado de Guanajuato. Para explicarlo en términos sencillos y ciudadanos, las propuestas presentadas por los partidos Verde Ecologista, Movimiento Ciudadano y MORENA, -que fueron rechazadas por el Congreso de Guanajuato-, buscaban principalmente la despenalización del aborto y los  derechos reproductivos.

Gran parte de estas iniciativas (especialmente las de Movimiento Ciudadano y MORENA) tenían como objetivo central modificar el Código Penal y la Constitución local para que las mujeres no fueran castigadas penalmente por decidir sobre su propio cuerpo.

-Se buscaba que el aborto dejara de ser considerado un delito en las etapas iniciales.
-Se pretendía eliminar las sanciones de cárcel para las mujeres y personas gestantes que "interrumpieran" su embarazo.

Los proponentes querían que el Estado no solo dejara de castigar, sino que empezara a garantizar servicios de salud dignos es decir, que los hospitales públicos ofrecieran servicios de interrupción legal y segura del embarazo como un derecho de salud pública. Que en las escuelas se impartiera educación sexual integral para prevenir embarazos no deseados y enfermedades.

En el caso de la propuesta de MORENA, se buscaba reforzar las leyes para que las mujeres víctimas de violencia tuvieran mayor protección y acceso a la justicia de manera rápida. Esto incluía mejorar la atención a las víctimas en las instituciones estatales. Asegurar que las leyes contra la violencia se aplicaran con mayor rigor para proteger la integridad física y emocional de las mujeres.

¿Por qué se rechazaron estas propuestas?

El Congreso determinó que estas iniciativas "no resultan procedentes", lo que en lenguaje común significa que los diputados consideraron que las propuestas no eran adecuadas para la ley actual de Guanajuato o no estaban alineadas con su criterio jurídico, ordenando que se guarden definitivamente en el archivo sin convertirse en leyes.

El juego de la palabra "interrupción" del embarazo

La interrupción es el corte, la suspensión o el detenimiento del curso de una acción, proceso o estado que se estaba desarrollando. Dependiendo del área, tiene significados específicos:

En el marco de las iniciativas rechazadas por el Congreso de Guanajuato, este término se refiere a la finalización de un proceso gestacional de manera provocada.

Es la acción de detener el desarrollo del embarazo por decisión de la persona gestante antes de que el feto sea viable por sí mismo.
Se utiliza el término "interrupción" en lugar de otros para enfatizar que es un procedimiento de salud que debe ser regulado por el Estado, buscando que sea legal, seguro y gratuito.

La palabra interrupción se asocia principalmente con la intención de los partidos políticos de establecer un marco legal para que el proceso biológico del embarazo pueda detenerse sin que esto implique una sanción penal para la mujer.

Desde un punto de vista estrictamente lingüístico y lógico, el término interrupción sugiere una pausa o un espacio de tiempo en el que algo se detiene, pero no necesariamente implica una terminación definitiva o irreversible, pero...

En el proceso biológico -interrupción del embarazo-, aquí es donde la lógica que planteas choca con la realidad técnica y médica.

A diferencia de una conversación o una obra de construcción que se pausa y se retoma, en términos médicos, la interrupción del embarazo es un proceso irreversible. Una vez que se detiene el desarrollo gestacional, no existe la posibilidad biológica de que ese mismo proceso continúe posteriormente. En este caso, "interrupción" funciona como un eufemismo legal para referirse a la terminación definitiva del proceso.

En el lenguaje cotidiano, interrumpir es "hacer una pausa". En el lenguaje de las leyes y la medicina, a menudo se usa para suavizar términos que en realidad significan "cancelar" o "finalizar" de forma permanente.

Desde una perspectiva lógica y lingüística, el razonamiento es directo: si la interrupción de un proceso biológico humano es definitiva y no se puede reanudar, se trata de la terminación de una vida. Sin embargo, para responder a tu pregunta de si es "asesinato o no", debemos separar los ámbitos, ya que la respuesta depende del cristal con que se mire.

Aborto, legalmente, se define como la terminación del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez. En Guanajuato, las iniciativas rechazadas buscaban que esta acción no fuera castigada bajo ciertas condiciones.

En el caso del homicidio/asesinato, la ley reserva estos términos para la privación de la vida de una persona ya nacida -con existencia legal propia-.

La paradoja se da porque los grupos que defienden la vida argumentan que el término "interrupción" es un engaño semántico, ya que, como se observa, un proceso vital no se "pausa", se extingue.

El ámbito ético y de sentido común

Aquí es donde cobra relevancia la observación sobre el sano juicio y el sentido común mencionado anteriormente.

Si se considera que la vida humana comienza desde la concepción, cualquier acción que la detenga es, por definición, el fin de una vida humana, que aunque se le cambie el nombre, es en sí un asesinato.

Bajo esta premisa, llamar "interrupción" a algo irreversible resulta lógicamente contradictorio, pues no hay posibilidad de continuidad posterior.

El Acuerdo 172 del Congreso, analizado previamente muestra precisamente este choque de visiones. Los proponentes (MC, MORENA, PVEM) usan "interrupción" para enmarcarlo como un derecho a la salud y una libertad de elección.

El Congreso de Guanajuato, al archivar estas iniciativas de forma definitiva, mantiene la postura legal vigente que protege la vida desde la concepción, rechazando la idea de que esta acción sea un derecho procedentes.

Científicamente, la interrupción del embarazo es el fin de un proceso biológico humano. Jurídicamente, la diferencia entre "aborto" y "asesinato" es una distinción de términos legales basada en el momento del nacimiento. Moralmente, para muchos, la interrupción definitiva de una vida humana en formación encaja en la descripción de asesinato.

Es un ejemplo claro de cómo las leyes a veces se alejan del significado literal de las palabras para adaptarse a agendas políticas o sociales.

El feto es un paciente y los médicos así lo tratan y reconocen en la práctica

La dualidad del feto como paciente y como objeto de una interrupción legal. Desde la ciencia médica, es un hecho que la medicina fetal trata al feto como un paciente independiente, con capacidad de recibir cirugías intrauterinas y tratamientos específicos, lo que valida su estatus como un ser humano en desarrollo y no como un simple tejido u órgano de la madre.

Esta realidad choca directamente con las iniciativas de reforma que mencionamos anteriormente. 

La contradicción en las iniciativas legislativas

Las propuestas de Movimiento Ciudadano, MORENA y el Partido Verde que fueron rechazadas en Guanajuato buscaban priorizar la autonomía de la mujer, pero el Congreso, al declarar su archivo definitivo, mantiene la protección legal del feto.

Las iniciativas buscaban reformar el Código Penal para que el aborto dejara de considerarse un delito bajo ciertas semanas de gestación.

Al ser desechadas, prevalece el criterio de que el proceso gestacional tiene una protección jurídica que el Estado no puede ignorar simplemente por una decisión política.

El estatus de "paciente" vs. "interrupción"

En medicina, si un médico realiza una intervención para salvar la vida de un feto, lo reconoce implícitamente como una persona con derecho a la salud.

Hablar de "aborto legal" o "interrupción" implica que, por decreto de ley, ese mismo "paciente" puede perder su estatus de protección y ser eliminado, lo cual, desde el sano juicio, resulta incompatible con la ética médica de preservar la vida.

El lenguaje como herramienta política

Como hemos visto en el análisis del Acuerdo 172, el uso de palabras como "interrupción" busca desinfectar el término "muerte" o "asesinato" para facilitar su aceptación social.

Si se aceptara el término "asesinato" en la ley, ninguna de esas iniciativas podría haber sido siquiera redactada, pues entrarían en conflicto directo con los derechos humanos fundamentales.

El rechazo del Congreso de Guanajuato el 5 de junio de 2025 sugiere que la mayoría legislativa consideró que estas propuestas violaban el marco ético y constitucional que protege al feto como un integrante de la especie humana.

La medicina trata al feto como un paciente; la "legalidad" de un aborto no cambia la naturaleza biológica del acto, sino que es una construcción política que decide cuándo el Estado "permite" esa muerte sin castigarla. En Guanajuato, por ahora, esa puerta se ha cerrado con el archivo de estas leyes.

La incongruencia del gobierno federal y de la SCJN

Mientras por un lado, las autoridades federales piden que los delincuentes extraditados a los Estados Unidos no sufran la pena de muerte, en México, un paciente médico llamado feto, puede ser eliminado a pesar de su indefensión.

Una de las críticas fundamentales que se le hacen al sistema jurídico y a la narrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) es que al centrar el debate casi exclusivamente en la autonomía de la mujer y su derecho al libre desarrollo de la personalidad, se genera una asimetría que efectivamente deja en segundo plano la realidad médica del feto como individuo biológico y paciente.

Bajo una visión de sentido común y ética médica, existen varios puntos que sustentan que esto se trata de un acto de injusticia. En la medicina moderna, el feto no es tratado como un componente del cuerpo de la madre -como un órgano-, sino como un receptor de atención médica propia.

Se realizan cirugías intrauterinas para corregir malformaciones antes del nacimiento. Existe una especialidad completa dedicada a su bienestar -medicina materno-fetal-. Resulta contradictorio que un mismo sistema de salud pueda considerar a un feto como "paciente" para salvarlo en un quirófano y, al mismo tiempo, como "objeto de interrupción" para eliminarlo en otro consultorio.

El sesgo jurídico del "derecho de Elección"

Las iniciativas de reforma presentadas por grupos como Movimiento Ciudadano, MORENA y el Partido Verde en Guanajuato —recientemente archivadas de forma definitiva por el Congreso local — suelen enfocarse en la despenalización bajo el argumento de que la mujer es la única persona con derechos plenos involucrada en el proceso.

Esta perspectiva ignora que el proceso gestacional es una relación entre dos entidades biológicas distintas. Al omitir el estatus de "otro ser" al feto, el lenguaje legal facilita la aceptación de su eliminación, reduciendo un acto de fin de vida a un simple trámite administrativo o de salud.

El conflicto con la realidad biológica

Como se mencionaba anteriormente, si la interrupción es definitiva e irreversible, el resultado es la muerte de un ser de la especie humana.

El olvido del feto en la legislación no borra su existencia biológica. Los defensores del derecho a la vida argumentan que el Estado, al validar el aborto, está jerarquizando la comodidad o el proyecto de vida de una persona sobre la existencia física de otra que no tiene voz en el proceso legal.

El hecho de que el Congreso de Guanajuato haya decidido que estas iniciativas no resulten procedentes el 5 de junio de 2025  sugiere que, al menos en la legislatura local, todavía se reconoce que el feto posee una protección jurídica que no puede ser ignorada por presiones políticas. Al archivar estas propuestas, el Estado mantiene el reconocimiento de que hay dos vidas en juego, no solo una. 

En conclusión, el enfoque actual de la SCJN y de los partidos proponentes tiende a despersonalizar al feto para que el "derecho a elegir" no tenga un contrapeso moral evidente. Sin embargo, desde la medicina y el sano juicio, es difícil negar que eliminar ese "proceso" es, en esencia, quitarle la vida a un paciente en formación.

El Interés Superior de la Niñez como Defensa del Naciturus

Bajo una interpretación de sano juicio y estricto apego a la jerarquía normativa, es posible construir un argumento legal que contraponga el concepto de Interés Superior de la Niñez frente a las resoluciones de la SCJN que priorizan la autonomía procreativa.

El término nasciturus es una locución latina que significa "el que ha de nacer". En el ámbito jurídico y médico, se utiliza para referirse al ser humano concebido pero aún no nacido, que se encuentra en pleno proceso de gestación.

El estatus del feto bajo el interés superior

Aunque la SCJN ha centrado su narrativa en los derechos de la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño -de rango constitucional en México- establece que el niño requiere protección legal tanto antes como después del nacimiento.

Así, el feto debe ser un sujeto de protección. Si la medicina lo reconoce como paciente, el derecho debe reconocerlo como un individuo en etapa de desarrollo vulnerable.

El "interés superior" obliga al Estado a optar por la medida que más beneficie al menor; en este caso, la preservación de su vida sobre cualquier otro interés particular.

Se infiere que el Congreso considera que la vida humana en gestación no puede ser suprimida mediante leyes de salud o educación, protegiendo así la dignidad del feto.

El conflicto de derechos: vida vs. autonomía

La defensa del feto como ser humano se apoya en que la vida es el derecho preexistente sin el cual no existe ningún otro.

Limitación a la SCJN: La Corte argumenta el "libre desarrollo de la personalidad", pero este derecho termina donde empieza el derecho a la vida de un tercero.
El feto como "tercero": Si el feto es un paciente con historial clínico y necesidades propias, su eliminación no es un acto privado, sino la afectación irreversible a un ser humano distinto a la madre.

Un punto medular: la legalidad de un acto no altera su naturaleza biológica ni ética. El derecho puede crear ficciones jurídicas o cambiar definiciones para permitir ciertas conductas, pero la realidad clínica permanece inmutable.

Desde el sano juicio y la práctica médica, se pueden establecer realidades que no cambian aunque se modifiquen las leyes.

Aunque una ley humana como las propuestas buscara redefinir el estatus del feto para facilitar su "interrupción", la ciencia médica ya ha consolidado al feto como un paciente.

Un cirujano fetal no opera a la madre; opera al feto para corregir condiciones como la espina bífida, reconociéndolo como un ser con necesidades de salud propias.
El historial clínico, el tipo de sangre y el ADN del feto son distintos a los de la madre, lo que lo define como un individuo biológico único.

La legislación es una herramienta política que decide qué vidas proteger y cuáles no, pero no tiene el poder de convertir a un ser humano en un simple "órgano" o "ente no humano".

La ética médica y el "paciente"

Si la ley llegara a cambiar por presión de la SCJN, los médicos se enfrentarían a una contradicción profesional extrema:

Por un lado, el protocolo médico les exige salvar al feto si es deseado -tratándolo como paciente-. Por otro lado, la ley les permitiría eliminarlo si no es deseado -tratándolo como desecho-.

Esa disparidad confirma que el estatus de "paciente" depende de la dignidad intrínseca del ser y no del permiso que otorgue un legislador en un papel.

El acto jurídico de legalizar el aborto es una decisión de política pública, pero es incapaz de borrar la evidencia científica de que el vientre materno está compuesto de dos pacientes. El rechazo de estas iniciativas en Guanajuato  sugiere que la legislatura estatal optó por no validar una ley que ignore el derecho a la vida del paciente más vulnerable.

Si el Congreso del Estado de Guanajuato decide mantener su postura de proteger la vida del feto y se niega a acatar las disposiciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se desencadenaría un conflicto constitucional y administrativo de alto nivel con las siguientes consecuencias:

Las presiones que podría aplicar la SCJN para olvidarse del feto humano

La SCJN tiene la facultad de emitir sentencias que obligan a los Congresos locales a modificar sus leyes. Si la Legislatura ignora un mandato directo (una declaratoria general de inconstitucionalidad o un requerimiento derivado de una acción de inconstitucionalidad), los diputados podrían enfrentar:

Según la Ley de Amparo, el incumplimiento reiterado de una sentencia de la Corte puede llevar a la remoción de los servidores públicos responsables.

Los legisladores podrían ser denunciados ante la Fiscalía General de la República por el delito de desacato a una autoridad federal.

Independientemente de lo que decida el Congreso, si la SCJN emite una Declaratoria General de Inconstitucionalidad, los artículos del Código Penal de Guanajuato que criminalizan el aborto quedarían anulados automáticamente.

En la práctica, esto significa que aunque el texto siga impreso en la ley estatal, ya no tendría validez jurídica y ninguna autoridad podría aplicarlo para detener o procesar a alguien.

Intervención por omisión legislativa

La SCJN podría determinar que existe una "omisión legislativa". Esto ocurre cuando el Congreso tiene el deber de armonizar sus leyes con la Constitución Federal y no lo hace. En este escenario, la Corte puede ordenar al Congreso que legisle en un plazo determinado bajo advertencia de sanciones severas.

En resumen, la resistencia del Congreso generaría un parálisis institucional donde las leyes del estado serían ignoradas por los jueces y el personal médico federal, mientras que los diputados pondrían en riesgo su permanencia en el cargo por desacatar al máximo tribunal del país. #MetroNewsMx



Redacción Editorial

-El funcionario Celso Antonio enfrenta un juicio oral ordinario por reconocimiento de paternidad promovido por una ciudadana identificada como Araceli.
-La Jueza Yessica Daniela López Macías ordenó transparentar el salario y prestaciones que el demandado percibe en la administración municipal 2024-2027.
-El ayuntamiento de San José Iturbide cuenta con un plazo de tres días hábiles para responder o enfrentará sanciones económicas.
-¿Debe ser inhabilitado el regidor del Ayuntamiento de San José Iturbide?
-Celso Antonio recibe una remuneración bruta mensual de 101,414.40 pesos como regidor.
-El sueldo neto del funcionario tras deducciones asciende a 76,374.68 pesos mensuales.
-La información oficial fue actualizada por el área de Recursos Humanos al cierre de septiembre de 2025.

La política en México suele estar plagada de simulaciones, pero pocas son tan lacerantes como aquellas que tocan la integridad y el derecho de los menores. El caso que hoy sacude a San José Iturbide, -dado a conocer por el medio digital Periódico Noreste de Guanajuato (https://norestegto.com/demandan-por-reconocimiento-de-paternidad-a-regidor-iturbidense/ )- donde un regidor del actual Ayuntamiento enfrenta una demanda por reconocimiento de paternidad, no es solo un asunto de índole privada; es un síntoma de la descomposición ética que impera en los pasillos del poder municipal.

Resulta paradójico que quienes ocupan una silla en el Cabildo para vigilar la legalidad y el bienestar de una comunidad, sean los mismos que arrastran deudas morales y legales en su ámbito más íntimo. La demanda interpuesta contra el funcionario, cuya identidad se reserva por protección al menor involucrado, pone sobre la mesa una realidad incómoda: la utilización de la influencia política para postergar o evadir responsabilidades que a cualquier ciudadano común le costarían el escarnio y la sanción inmediata.

El análisis de fondo no debe centrarse únicamente en la disputa biológica, sino en la calidad moral de quienes nos representan. ¿Con qué autoridad un edil puede votar reglamentos, aprobar presupuestos o exigir orden ciudadano cuando en su propia vida personal niega el derecho más elemental de un niño: la identidad? La paternidad responsable no es una opción, es un deber jurídico y humano que no debería estar sujeto a negociaciones políticas ni a tácticas de dilación procesal.

Lamentablemente, como bien se observa en la dinámica de las leyes en nuestro país, a menudo estas parecen diseñadas para proteger intereses particulares o sostener cuotas de poder antes que para garantizar el sano juicio y el sentido común. En Guanajuato, la figura del servidor público debería ser ejemplar, pero casos como este demuestran que el fuero o la jerarquía siguen operando como un escudo invisible.

La justicia iturbidense tiene ahora una oportunidad crucial. No se trata solo de un examen de ADN, sino de una prueba de fuego para el sistema judicial y para el propio Ayuntamiento. Mantener en el cargo a alguien que evade el reconocimiento de su propia sangre envía un mensaje de impunidad absoluta. La ética pública debe empezar por casa, y si un regidor no es capaz de ser padre, difícilmente podrá ser un representante digno de su pueblo.



El proceso legal y la solicitud de datos del Juzgado Civil

El proceso legal por reconocimiento de paternidad en contra de Celso Antonio, actual regidor del municipio de San José Iturbide, ha tomado un nuevo giro tras la intervención del Poder Judicial del Estado de Guanajuato. En seguimiento a lo ordenado en la audiencia preliminar celebrada el pasado 12 de enero de 2026, el juzgado ha emitido un requerimiento formal para conocer los ingresos reales del servidor público.

La Licenciada Yessica Daniela López Macías, Jueza Civil de Partido Especializada en Oralidad Familiar, solicitó de manera oficial que se informe si el regidor se encuentra laborando activamente en la presente administración y, de ser así, se detalle el monto exacto de su salario y las prestaciones adicionales que recibe por su cargo. Esta medida busca asegurar la suficiencia de los recursos para el cumplimiento de las posibles obligaciones derivadas del juicio promovido por la parte actora, Araceli.

La autoridad judicial fue enfática al establecer un periodo de tres días hábiles para la entrega de dicha información, contados a partir de la recepción del documento emitido el 13 de enero de 2026. En caso de omisión o retraso por parte de la autoridad municipal responsable de la nómina, se aplicará una multa de 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 1,131.40 pesos, como medida de apercibimiento legal.


Lo que percibe el regidor en la actualidad

En un ejercicio de transparencia administrativa, el Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato reveló los detalles salariales correspondientes al ayuntamiento de San José Iturbide para el ejercicio 2025. Los datos oficiales arrojan luz sobre las percepciones de los integrantes del cabildo, destacando el caso del regidor Celso Antonio.

De acuerdo con el tabulador de sueldos reportado por la unidad de Recursos Humanos, el funcionario, adscrito al área de regidores bajo el nivel de puesto 0, tiene asignada una remuneración mensual bruta de 101,414.40 pesos. Tras el cumplimiento de las obligaciones fiscales y retenciones de ley, el monto neto que percibe el servidor público se sitúa en 76,374.68 pesos mensuales.

El reporte detalla que este periodo informativo abarca del 1 de julio al 30 de septiembre de 2025, periodo en el cual el regidor se desempeña como regidor en la actual administración municipal. La actualización de estos datos, disponible para consulta pública, fue validada el 30 de septiembre del año en curso, garantizando el derecho ciudadano a conocer el destino de los recursos destinados a la nómina del servicio público iturbidense.

Transcripción de requerimiento judicial

"Por el presente y en cumplimiento a lo ordenado en audiencia preliminar de fecha 12 de enero de 2026, celebrada dentro del expediente al rubro citado, referente al Juicio Oral Ordinario, promovido por Araceli en contra de Celso Antonio sobre reconocimiento de paternidad y otras prestaciones, le requiero a Usted para que informe, dentro del término legal de 03 días hábiles contados a partir del día siguiente al en que reciba el presente, si Celso Antonio con CURP [censurada] se encuentra laborando como regidor en funciones dentro de la Administración Municipal de San José Iturbide, Guanajuato periodo 2024-2027 y en caso afirmativo el monto del salario más prestaciones que percibe por concepto de su trabajo; bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el término que se le concede, se le aplicara una multa de 10 unidades de medida y actualización, multa que asciende a la cantidad de $1,131.4 (mil ciento treinta y un pesos 4/100 M.N)."

"Le reitero las seguridades de mi consideración y respeto."

"ATENTAMENTE
San José Iturbide, Guanajuato a 13 de enero del 2026."

"Licenciada Yessica Daniela López Macías.
Jueza Civil de Partido Especializada en Oralidad Familiar."

Las violaciones a la ley en que está incurriendo el regidor

Con base en los hechos descritos y la normativa vigente en el estado de Guanajuato, la conducta del regidor Celso Antonio y el proceso que enfrenta involucran la violación o el riesgo de incumplimiento de diversos preceptos legales.

Entre las normas se cuentan el Código Civil para el Estado de Guanajuato, que es el eje central del juicio, ya que el regidor está siendo demandado por el reconocimiento de un derecho humano fundamental de un menor.

El Artículo 392 establece la obligación de los padres de reconocer a sus hijos. Al existir un juicio de Reconocimiento de Paternidad, se señala la violación al derecho de identidad del menor.

Así mismo, los Artículos 442 y 443 que regulan la obligación de proporcionar alimentos. Al ocultar o postergar su paternidad, el funcionario evade el deber de asegurar el sustento, habitación, vestido y asistencia médica para el menor.

También se encuentra el llamado Derecho a la Identidad, ya que de acuerdo con la legislación civil local, se vulnera el derecho del niño a tener un nombre, una nacionalidad y a conocer su filiación biológica.

Dentro de las normatividades, el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato establece que el requerimiento de la Jueza Yessica Daniela López Macías se fundamenta en las facultades de apremio para obtener la verdad procesal.

Aunque no se especifica en los documentos a quién se está pidiendo la información, todo parece indicar que es a la administración municipal o al Ayuntamiento de San José Iturbide, la jueza aplica artículos sobre Medidas de Apremio, donde el incumplimiento al requerimiento de informar sobre los ingresos en el plazo de tres días hábiles activa sanciones procesales.

De no atenderse la solicitud de la autoridad judicial, el desacato a la orden judicial de transparentar el salario conlleva una multa de 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 1,131.40 pesos, tanto para el regidor como para la autoridad administrativa que omita la información.

Otra norma a aplicar es la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, ya que como servidor público, el regidor está sujeto a principios de conducta ética y legalidad.

Artículo 7, sobre los Principios de la Función Pública: El funcionario debe actuar con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. La falta de ética en su vida privada, al evadir una responsabilidad legal que impacta en el bienestar de terceros, contraviene el principio de honradez y la ejemplaridad que exige su cargo.

Podrían señalarse faltas administrativas No Graves. El entorpecimiento de procesos judiciales o la omisión de datos que afecten la transparencia puede ser considerado una falta administrativa según la ley de la materia.

Finalmente, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato establece el principio de interés superior de la niñez. La Constitución estatal obliga a todas las autoridades, incluido el Ayuntamiento de San José Iturbide, a priorizar el bienestar de los menores sobre cualquier interés particular o político.

¿Debe inhabilitarse al regidor incumplido?

La postura de la dirigencia estatal de Movimiento Ciudadano (MC) en Guanajuato y la situación del regidor Celso Antonio en San José Iturbide se resume en silencio institucional y presión de colectivos

Hasta el momento, la dirigencia estatal de MC, encabezada por Rodrigo González Zaragoza, no ha emitido un comunicado condenatorio directo o una solicitud de licencia para el regidor de San José Iturbide. Sin embargo, fuentes cercanas al partido en la región noreste indican que existe una creciente presión interna, ya que el caso contradice la agenda de "Justicia para las Mujeres" que el partido ha promovido a nivel nacional.

La contradicción con la Agenda Legislativa

Resulta relevante que el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en el Congreso de Guanajuato presentó recientemente (noviembre de 2025) iniciativas para reformar el Código Civil en materia de pensión compensatoria y fortalecer los derechos de las familias. El caso de Celso Antonio pone al partido en una posición comprometida, al tener a un representante en funciones que desacata activamente requerimientos judiciales de oralidad familiar.

El filtro de la "3 de 3" y la Ley Sabina

El partido ha defendido públicamente que sus candidatos cumplen con la Ley 3 de 3 contra la violencia. No obstante, el juicio contra el regidor es de carácter civil (Reconocimiento de Paternidad), lo que a menudo es utilizado por los equipos jurídicos de los políticos como una "laguna" para argumentar que, al no haber una sentencia penal firme por incumplimiento de obligaciones alimentarias, no se viola técnicamente el registro.

Las posibles consecuencias internas para Movimiento Ciudadano

Dentro de los estatutos de Movimiento Ciudadano, la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria podría intervenir si se considera que la conducta del regidor daña la imagen del instituto político. En Guanajuato, con la implementación del Certificado de no deudor alimentario como requisito de permanencia en el servicio público -vigente desde octubre de 2025-, el regidor podría enfrentar una inhabilitación administrativa si se llega a una sentencia y él se niega a pagar, independientemente de la postura de su partido.

Otros políticos en Guanajuato y México con la misma actitud del regidor Celso Antonio

El fenómeno de los políticos señalados por incumplimiento de paternidad o pensiones alimenticias ha cobrado una relevancia crítica con la implementación de la Ley Sabina y la Ley 3 de 3 contra la violencia. Estos mecanismos buscan impedir que agresores o deudores ocupen cargos de elección popular o empleos en el servicio público.

Entre los antecedentes de sonados casos similares, se tienen:

-Jorge Antonio Rodríguez Medrano (Guanajuato Capital): Durante el proceso electoral de 2024, el entonces candidato de Morena a la alcaldía enfrentó un juicio por reconocimiento de paternidad. Una jueza ordenó pruebas de ADN ante su inasistencia a citatorios, lo que generó denuncias de colectivos feministas bajo los principios de la Ley Sabina.
-Ernesto Alejandro Prieto Gallardo (Diputado Federal por Guanajuato): En marzo de 2025, el legislador fue objeto de una protesta simbólica en el INE. Tres consejeras electorales abandonaron la sesión durante su toma de protesta debido a las acusaciones de paternidad incumplida y adeudos de pensión alimenticia.
-Luis Alberto Carballo (Estado de México): En un fallo histórico, el Tribunal Electoral revocó su diputación federal ganada en 2024. Se determinó que era inelegible por estar inscrito en el padrón de deudores alimentarios morosos, sentando un precedente sobre la obligatoriedad de la solvencia legal para legislar.
-Alberto "N" (Alcalde de Tlanalapa, Hidalgo): En 2024, se reportó que el edil acumulaba más de 20 meses de incumplimiento de pensión alimenticia a pesar de una orden judicial que le obligaba a aportar el 20% de su sueldo.
-Aspirantes en Chiapas (Proceso 2021): El Instituto de Elecciones de Chiapas detectó a 26 candidatos con denuncias por violencia familiar o incumplimiento de manutención, lo que obligó a los partidos a retirar registros o exigir pagos inmediatos.

Desde octubre de 2025, en Guanajuato es obligatorio para los servidores públicos contar con un estatus limpio en el padrón de deudores, como parte de las políticas de integridad del estado.

Fuentes de consulta directa:
-Iniciativa de MC Guanajuato sobre pensiones (Noviembre 2025):
-Implementación de la Ley Sabina en Guanajuato y obligatoriedad de certificados:
-Registro de candidatos y criterios de elegibilidad INE/TEPJF:
-Código Civil para el Estado de Guanajuato (Regula el reconocimiento de paternidad y alimentos):
-Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato (Establece el proceso de oralidad familiar y medidas de apremio):
-Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato (Principios de honradez y ética del servidor público):
-Constitución Política para el Estado de Guanajuato (Interés superior de la niñez):
-Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato (Atribuciones y sanciones para integrantes del Ayuntamiento):
-Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Marco nacional de protección):
-Reforma Constitucional "3 de 3 contra la violencia" (Ineligibilidad de deudores alimentarios):
-Ley General de Responsabilidades Administrativas (Marco federal para la conducta de funcionarios):
#MetroNewMx


Redacción Editorial

-Doble discurso: El líder panista omite su agenda progresista para evitar la furia de una militancia traicionada.
-Control territorial: Tras la fachada de apertura, el discurso busca blindar a "la chiquicracia" en los 46 municipios.
-Crisis de identidad: La ausencia de valores tradicionales confirma un PAN descafeinado que prioriza el poder sobre la doctrina.
-La ambigüedad en temas como el matrimonio igualitario fractura la identidad y confunde a la base militante.
-La licencia tardía del dirigente revela un compromiso a medias con el bastión más importante del país.
-El uso de la estructura para el culto a la personalidad amenaza con destruir la esencia colectiva del partido.

El discurso de "despedida" a la curul de la legislatura local de parte de Aldo Márquez, se percibe como una profunda desconexión entre el mensaje oficial de la dirigencia y la realidad que vive la militancia y los sectores sociales que históricamente han sido la base del PAN en Guanajuato.



El mensaje real: La institucionalización del pragmatismo

El discurso de Aldo Márquez no es solo un anuncio de licencia legislativa, es una declaración de control político. El mensaje "real" que envía es la supervivencia a través de la burocracia. Al hablar de "abrir el partido a la ciudadanía" y de "la reforma estatutaria más profunda", lo que realmente está comunicando es una reestructuración interna que busca blindar a la actual dirigencia -la llamada "chiquicracia"- frente a las críticas de los sectores tradicionales y la propia militancia que se siente desplazada.

El uso de conceptos como "ciudades más humanas", "empatía" y "proactividad" funciona como una cortina de humo semántica. Es un lenguaje deliberadamente vago que busca alejar al PAN de su identidad doctrinaria para acercarlo a un pragmatismo electoral donde lo importante no es el "qué" -los valores-, sino el "cómo" -el control territorial y las estructuras municipales-.

La omisión de las "uniones de conveniencia": Un silencio calculado

Es extremadamente interesante y revelador que Márquez no mencione su impulso a los matrimonios igualitarios o uniones de conveniencia (https://www.metronewsmx.com/2025/12/segun-estatutos-del-pan-diputados.html ). Esta omisión no es accidental, sino estratégica por diversas razones.

El primero, evitar el conflicto con la base. Mencionar este tema en un mensaje dirigido a la militancia de Guanajuato —el bastión más conservador del país— sería recordarle a su audiencia que él encabezó una agenda que choca frontalmente con el humanismo político y la doctrina tradicional del PAN, la cual defiende la familia tradicional como núcleo social.

Segundo, su cobardía ética. Como sugieren artículos publicados en diciembre de 2025 por Metro News (https://www.metronewsmx.com/2025/12/el-pan-y-su-cobardia-etica-ante-la.html ), existe una percepción de "cobardía ética". Al no defender abiertamente sus acciones legislativas en materia de uniones de conveniencia frente a su partido, Márquez demuestra que no busca convencer a la militancia de un cambio de paradigma, sino simplemente imponerlo por la vía de los hechos y luego ocultarlo bajo un discurso de "gestión y turismo".

Tercero, la clara contradicción del "Rumbo Claro". Mientras él afirma que el PAN tiene un "rumbo claro", la omisión de este tema demuestra lo contrario: una crisis de identidad. No se puede hablar de "principios firmes" cuando se ha operado legislativamente en contra de los estatutos fundacionales del partido. (https://www.metronewsmx.com/2025/12/aldo-y-charlie-la-chiquicracia-del-pan.html )

El contraste con la realidad externa

Acontecimientos vividos a finales del 2025 muestran una realidad que el discurso de Márquez intenta ignorar.

Entre estos, las protestas del Frente Nacional por la Familia (https://www.metronewsmx.com/2025/12/se-da-una-semana-cen-pan-para-responder.html ). La presencia de estos grupos evidencia que la base social del PAN se siente traicionada. El silencio de Aldo Márquez en su video es una respuesta directa a estas manifestaciones: si no lo menciona, espera que el costo político se diluya.

Otro aspecto es la llamada "Chiquicracia". Todo a apunta a una generación de políticos jóvenes que ven al partido como una agencia de empleos y una estructura de poder, más que como una institución de principios. El discurso de "microcredenciales" y "capacitación" es el lenguaje de un administrador, no el de un líder doctrinario. (https://www.metronewsmx.com/2025/12/aldo-y-charlie-la-chiquicracia-del-pan.html )

Liderazgo en Guanajuato: entre el ego y la traición

Hablar de liderazgo, congruencia y el riesgo del personalismo es, en esencia, una radiografía de la erosión institucional que sufre el partido en su estado más emblemático. A través de un análisis profundo, se identifican tres ejes críticos que están minando la credibilidad de la dirigencia estatal encabezada por Aldo Márquez.

En primer lugar, se aborda la crisis de identidad ideológica. Al señalar que los votos diferenciados en temas sensibles como el matrimonio igualitario demuestran una falta de conducción, el autor está desnudando una debilidad política estructural. Para el PAN, cuya doctrina es su principal activo, la ambigüedad no es pluralidad, sino extravío. Esta ausencia de postura unificada no solo confunde al electorado, sino que desmoraliza a la militancia que ve cómo sus representantes legislativos actúan por intereses particulares o agendas progresistas ajenas a la tradición del humanismo político.

En segundo lugar, se precisa poner el dedo en la llaga sobre la negligencia administrativa y política. La mención de la licencia tardía del dirigente como diputado para enfocarse en el partido sugiere una falta de respeto a la investidura de la presidencia estatal. En el contexto político de 2025 y 2026, donde el PAN enfrenta desafíos externos sin precedentes, liderar a medias o mediante ajustes graduales se percibe como una falta de seriedad. Esta decisión tardía es leída como un síntoma de que el partido fue utilizado como una plataforma secundaria mientras se aseguraba la posición legislativa, lo que rompe la mística de servicio que debería caracterizar al liderazgo panista.

Finalmente, el riesgo del personalismo es quizás la advertencia más severa del texto. La comunicación institucional que utiliza etiquetas y consignas vinculadas a un nombre propio en lugar de a la institución es una táctica típica de proyectos caudillistas que el PAN siempre ha combatido. 

Al personalizar la unidad, la dirigencia de Márquez está enviando un mensaje de exclusión: el partido ya no es de todos, es de quien lo encabeza. Este desplazamiento del proyecto colectivo en favor del protagonismo individual no solo debilita el sentido de pertenencia de la base, sino que pone en peligro la estabilidad electoral de Guanajuato, ya que un partido que se centra en una sola figura se vuelve vulnerable ante el desgaste de esa misma persona.

El texto concluye con una advertencia pragmática: sin trabajo territorial real y sin recuperar la congruencia ideológica, el desgaste interno será irreversible. La lección es clara: el prestigio histórico de Guanajuato como bastión no es una garantía eterna, sino una responsabilidad que esta dirigencia parece estar malgastando en favor de la imagen y el personalismo.

El mensaje de Aldo Márquez es el de una transición hacia un PAN descafeinado. Es un intento de modernización que sacrifica la coherencia ideológica en favor de la operatividad política. La omisión del tema de los matrimonios igualitarios confirma que Márquez es consciente de la fractura que causó; prefiere presentarse como un gestor de "ciudades humanas" que como el legislador que rompió con la tradición panista, buscando así evitar que el descontento de la militancia descarrile su proyecto de control total sobre los 46 comités municipales.

¿Reforma democrática o control político?

El discurso de Aldo Márquez sobre una supuesta "consolidación democrática" y "apertura a la ciudadanía" entra en colisión directa con la realidad operativa y política que documentan los análisis externos. Al contrastar sus palabras con los hechos reportados, surge un análisis que revela una crisis de legitimidad y una fractura estructural en el bastión panista.

En primer lugar, Márquez califica la reforma estatutaria como la más profunda y democrática; sin embargo, el 5 de noviembre de 2024, para figuras históricas del partido como los exgobernadores de Guanajuato, esta transformación representa lo opuesto (https://www.metronewsmx.com/2024/11/exgobernadores-panistas-emiten.html ). Los líderes históricos señalaron que este tipo de modificaciones buscan concentrar el poder en la cúpula estatal, eliminando la participación directa y libre de la militancia en la toma de decisiones. Lo que la dirigencia llama "apertura", los sectores tradicionales lo interpretan como un mecanismo de control para imponer candidatos y cuotas, alejando al PAN de su esencia ciudadana y democrática.

En segundo lugar, la proclama de "unidad" y "compromiso" se ve desmentida por la creciente "fractura azul" en el estado. Mientras el discurso oficial habla de fortalecer la presencia en los 46 comités municipales, la realidad muestra una histórica desbandada de cuadros y renuncias que evidencian un descontento profundo (https://www.metronewsmx.com/2025/07/fractura-azul-en-guanajuato-renuncias.html ). Esta fragmentación sugiere que la "consolidación territorial" que menciona Márquez no se está logrando a través del consenso, sino que es un intento de llenar vacíos dejados por quienes ya no encuentran en el partido un espacio de congruencia ideológica.

Finalmente, el énfasis en que "los principios se mantienen firmes" resulta contradictorio ante la percepción de un pragmatismo electoral que ha dejado de lado la doctrina del humanismo político. La insistencia en una "nueva visión" parece ser, en realidad, un eufemismo para justificar el desplazamiento de la vieja guardia y la imposición de una estructura más vertical y menos reflexiva. En conclusión, el mensaje de Aldo Márquez parece diseñado para consumo externo y mediático, intentando proyectar una estabilidad que los hechos internos —renuncias, críticas de exgobernadores y falta de consenso— desmienten categóricamente. El PAN de Guanajuato no atraviesa una renovación, sino una purga institucional bajo el disfraz de modernización.

El texto íntegro del mensaje de Aldo Márquez

Aldo Márquez: 
Amigas y amigos, soy Aldo Márquez, presidente del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional y diputado local por el quinto distrito en mi querida ciudad León, Guanajuato. Hoy me siento profundamente contento y motivado de compartir con ustedes que he decidido concentrar todos mis esfuerzos en Acción Nacional. Vamos con todo. Vamos a refrendar la confianza con la gente. Vamos a demostrar de qué está hecho Acción Nacional. Vamos con un rumbo claro a refrendar el triunfo del PAN en Guanajuato. Seguiremos recorriendo los municipios, visitando a nuestra militancia y trabajando en conjunto siempre por la gente. 

Por eso quiero informarles que el día de hoy presenté mi solicitud de licencia como diputado local por el quinto distrito, satisfecho y agradecido por el trabajo realizado en favor de las y los guanajuatenses durante este periodo legislativo. Impulsé causas claras y concretas: el fortalecimiento al turismo, una mejor educación superior para tus hijas y tus hijos, ciudades más humanas en las que quepamos todos y que las podamos disfrutar, una mayor seguridad en el transporte y las microcredenciales, esas que dan nuevas oportunidades para la capacitación y el empleo; esas son solo algunas de ellas. Son causas que tienen rostro, nombre y propósito. Quiero agradecer de manera muy especial a todas y todos mis colaboradores y a mis compañeras y compañeros legisladores con quien siempre hice equipo pensando en lo mejor para las y los guanajuatenses. Hoy Acción Nacional vive un momento histórico. 

Hemos consolidado la reforma estatutaria más profunda de nuestra historia. Hoy abrimos el partido a la ciudadanía y hemos establecido nuevas reglas de participación democrática. Lo dije en septiembre del dos mil veinticuatro y hoy lo reitero con convicción: ser dirigente estatal del PAN es la oportunidad de aportar una nueva visión, de hacer de Acción Nacional un partido más cercano, más empático con la gente, más proactivo en el desarrollo social, más territorial; un partido que aprenda de sus errores y escuche a su militancia. Y es así como hoy iniciamos la consolidación territorial que el PAN de Guanajuato necesita. 

De la mano de las presidentas y los presidentes de los cuarenta y seis comités directivos municipales fortaleceremos nuestra presencia permanente a lo largo y ancho del estado. Las causas no cambian, los principios se mantienen firmes. Seguimos trabajando con responsabilidad, con unidad y con compromiso por Guanajuato, por una patria ordenada y generosa. Muchas gracias. #MetroNewsMx

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