Redacción Editorial
-El funcionario Celso Antonio enfrenta un juicio oral ordinario por reconocimiento de paternidad promovido por una ciudadana identificada como Araceli.
-La Jueza Yessica Daniela López Macías ordenó transparentar el salario y prestaciones que el demandado percibe en la administración municipal 2024-2027.
-El ayuntamiento de San José Iturbide cuenta con un plazo de tres días hábiles para responder o enfrentará sanciones económicas.
-¿Debe ser inhabilitado el regidor del Ayuntamiento de San José Iturbide?
-Celso Antonio recibe una remuneración bruta mensual de 101,414.40 pesos como regidor.
-El sueldo neto del funcionario tras deducciones asciende a 76,374.68 pesos mensuales.
-La información oficial fue actualizada por el área de Recursos Humanos al cierre de septiembre de 2025.
La política en México suele estar plagada de simulaciones, pero pocas son tan lacerantes como aquellas que tocan la integridad y el derecho de los menores. El caso que hoy sacude a San José Iturbide, -dado a conocer por el medio digital Periódico Noreste de Guanajuato (https://norestegto.com/demandan-por-reconocimiento-de-paternidad-a-regidor-iturbidense/ )- donde un regidor del actual Ayuntamiento enfrenta una demanda por reconocimiento de paternidad, no es solo un asunto de índole privada; es un síntoma de la descomposición ética que impera en los pasillos del poder municipal.
Resulta paradójico que quienes ocupan una silla en el Cabildo para vigilar la legalidad y el bienestar de una comunidad, sean los mismos que arrastran deudas morales y legales en su ámbito más íntimo. La demanda interpuesta contra el funcionario, cuya identidad se reserva por protección al menor involucrado, pone sobre la mesa una realidad incómoda: la utilización de la influencia política para postergar o evadir responsabilidades que a cualquier ciudadano común le costarían el escarnio y la sanción inmediata.
El análisis de fondo no debe centrarse únicamente en la disputa biológica, sino en la calidad moral de quienes nos representan. ¿Con qué autoridad un edil puede votar reglamentos, aprobar presupuestos o exigir orden ciudadano cuando en su propia vida personal niega el derecho más elemental de un niño: la identidad? La paternidad responsable no es una opción, es un deber jurídico y humano que no debería estar sujeto a negociaciones políticas ni a tácticas de dilación procesal.
Lamentablemente, como bien se observa en la dinámica de las leyes en nuestro país, a menudo estas parecen diseñadas para proteger intereses particulares o sostener cuotas de poder antes que para garantizar el sano juicio y el sentido común. En Guanajuato, la figura del servidor público debería ser ejemplar, pero casos como este demuestran que el fuero o la jerarquía siguen operando como un escudo invisible.
La justicia iturbidense tiene ahora una oportunidad crucial. No se trata solo de un examen de ADN, sino de una prueba de fuego para el sistema judicial y para el propio Ayuntamiento. Mantener en el cargo a alguien que evade el reconocimiento de su propia sangre envía un mensaje de impunidad absoluta. La ética pública debe empezar por casa, y si un regidor no es capaz de ser padre, difícilmente podrá ser un representante digno de su pueblo.
El proceso legal y la solicitud de datos del Juzgado Civil
El proceso legal por reconocimiento de paternidad en contra de Celso Antonio, actual regidor del municipio de San José Iturbide, ha tomado un nuevo giro tras la intervención del Poder Judicial del Estado de Guanajuato. En seguimiento a lo ordenado en la audiencia preliminar celebrada el pasado 12 de enero de 2026, el juzgado ha emitido un requerimiento formal para conocer los ingresos reales del servidor público.
La Licenciada Yessica Daniela López Macías, Jueza Civil de Partido Especializada en Oralidad Familiar, solicitó de manera oficial que se informe si el regidor se encuentra laborando activamente en la presente administración y, de ser así, se detalle el monto exacto de su salario y las prestaciones adicionales que recibe por su cargo. Esta medida busca asegurar la suficiencia de los recursos para el cumplimiento de las posibles obligaciones derivadas del juicio promovido por la parte actora, Araceli.
La autoridad judicial fue enfática al establecer un periodo de tres días hábiles para la entrega de dicha información, contados a partir de la recepción del documento emitido el 13 de enero de 2026. En caso de omisión o retraso por parte de la autoridad municipal responsable de la nómina, se aplicará una multa de 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 1,131.40 pesos, como medida de apercibimiento legal.
Lo que percibe el regidor en la actualidad
En un ejercicio de transparencia administrativa, el Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Guanajuato reveló los detalles salariales correspondientes al ayuntamiento de San José Iturbide para el ejercicio 2025. Los datos oficiales arrojan luz sobre las percepciones de los integrantes del cabildo, destacando el caso del regidor Celso Antonio.
De acuerdo con el tabulador de sueldos reportado por la unidad de Recursos Humanos, el funcionario, adscrito al área de regidores bajo el nivel de puesto 0, tiene asignada una remuneración mensual bruta de 101,414.40 pesos. Tras el cumplimiento de las obligaciones fiscales y retenciones de ley, el monto neto que percibe el servidor público se sitúa en 76,374.68 pesos mensuales.
El reporte detalla que este periodo informativo abarca del 1 de julio al 30 de septiembre de 2025, periodo en el cual el regidor se desempeña como regidor en la actual administración municipal. La actualización de estos datos, disponible para consulta pública, fue validada el 30 de septiembre del año en curso, garantizando el derecho ciudadano a conocer el destino de los recursos destinados a la nómina del servicio público iturbidense.
Transcripción de requerimiento judicial
"Por el presente y en cumplimiento a lo ordenado en audiencia preliminar de fecha 12 de enero de 2026, celebrada dentro del expediente al rubro citado, referente al Juicio Oral Ordinario, promovido por Araceli en contra de Celso Antonio sobre reconocimiento de paternidad y otras prestaciones, le requiero a Usted para que informe, dentro del término legal de 03 días hábiles contados a partir del día siguiente al en que reciba el presente, si Celso Antonio con CURP [censurada] se encuentra laborando como regidor en funciones dentro de la Administración Municipal de San José Iturbide, Guanajuato periodo 2024-2027 y en caso afirmativo el monto del salario más prestaciones que percibe por concepto de su trabajo; bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el término que se le concede, se le aplicara una multa de 10 unidades de medida y actualización, multa que asciende a la cantidad de $1,131.4 (mil ciento treinta y un pesos 4/100 M.N)."
"Le reitero las seguridades de mi consideración y respeto."
"ATENTAMENTE
San José Iturbide, Guanajuato a 13 de enero del 2026."
"Licenciada Yessica Daniela López Macías.
Jueza Civil de Partido Especializada en Oralidad Familiar."
Las violaciones a la ley en que está incurriendo el regidor
Con base en los hechos descritos y la normativa vigente en el estado de Guanajuato, la conducta del regidor Celso Antonio y el proceso que enfrenta involucran la violación o el riesgo de incumplimiento de diversos preceptos legales.
Entre las normas se cuentan el Código Civil para el Estado de Guanajuato, que es el eje central del juicio, ya que el regidor está siendo demandado por el reconocimiento de un derecho humano fundamental de un menor.
El Artículo 392 establece la obligación de los padres de reconocer a sus hijos. Al existir un juicio de Reconocimiento de Paternidad, se señala la violación al derecho de identidad del menor.
Así mismo, los Artículos 442 y 443 que regulan la obligación de proporcionar alimentos. Al ocultar o postergar su paternidad, el funcionario evade el deber de asegurar el sustento, habitación, vestido y asistencia médica para el menor.
También se encuentra el llamado Derecho a la Identidad, ya que de acuerdo con la legislación civil local, se vulnera el derecho del niño a tener un nombre, una nacionalidad y a conocer su filiación biológica.
Dentro de las normatividades, el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato establece que el requerimiento de la Jueza Yessica Daniela López Macías se fundamenta en las facultades de apremio para obtener la verdad procesal.
Aunque no se especifica en los documentos a quién se está pidiendo la información, todo parece indicar que es a la administración municipal o al Ayuntamiento de San José Iturbide, la jueza aplica artículos sobre Medidas de Apremio, donde el incumplimiento al requerimiento de informar sobre los ingresos en el plazo de tres días hábiles activa sanciones procesales.
De no atenderse la solicitud de la autoridad judicial, el desacato a la orden judicial de transparentar el salario conlleva una multa de 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a 1,131.40 pesos, tanto para el regidor como para la autoridad administrativa que omita la información.
Otra norma a aplicar es la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, ya que como servidor público, el regidor está sujeto a principios de conducta ética y legalidad.
Artículo 7, sobre los Principios de la Función Pública: El funcionario debe actuar con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia. La falta de ética en su vida privada, al evadir una responsabilidad legal que impacta en el bienestar de terceros, contraviene el principio de honradez y la ejemplaridad que exige su cargo.
Podrían señalarse faltas administrativas No Graves. El entorpecimiento de procesos judiciales o la omisión de datos que afecten la transparencia puede ser considerado una falta administrativa según la ley de la materia.
Finalmente, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato establece el principio de interés superior de la niñez. La Constitución estatal obliga a todas las autoridades, incluido el Ayuntamiento de San José Iturbide, a priorizar el bienestar de los menores sobre cualquier interés particular o político.
¿Debe inhabilitarse al regidor incumplido?
La postura de la dirigencia estatal de Movimiento Ciudadano (MC) en Guanajuato y la situación del regidor Celso Antonio en San José Iturbide se resume en silencio institucional y presión de colectivos
Hasta el momento, la dirigencia estatal de MC, encabezada por Rodrigo González Zaragoza, no ha emitido un comunicado condenatorio directo o una solicitud de licencia para el regidor de San José Iturbide. Sin embargo, fuentes cercanas al partido en la región noreste indican que existe una creciente presión interna, ya que el caso contradice la agenda de "Justicia para las Mujeres" que el partido ha promovido a nivel nacional.
La contradicción con la Agenda Legislativa
Resulta relevante que el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano en el Congreso de Guanajuato presentó recientemente (noviembre de 2025) iniciativas para reformar el Código Civil en materia de pensión compensatoria y fortalecer los derechos de las familias. El caso de Celso Antonio pone al partido en una posición comprometida, al tener a un representante en funciones que desacata activamente requerimientos judiciales de oralidad familiar.
El filtro de la "3 de 3" y la Ley Sabina
El partido ha defendido públicamente que sus candidatos cumplen con la Ley 3 de 3 contra la violencia. No obstante, el juicio contra el regidor es de carácter civil (Reconocimiento de Paternidad), lo que a menudo es utilizado por los equipos jurídicos de los políticos como una "laguna" para argumentar que, al no haber una sentencia penal firme por incumplimiento de obligaciones alimentarias, no se viola técnicamente el registro.
Las posibles consecuencias internas para Movimiento Ciudadano
Dentro de los estatutos de Movimiento Ciudadano, la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria podría intervenir si se considera que la conducta del regidor daña la imagen del instituto político. En Guanajuato, con la implementación del Certificado de no deudor alimentario como requisito de permanencia en el servicio público -vigente desde octubre de 2025-, el regidor podría enfrentar una inhabilitación administrativa si se llega a una sentencia y él se niega a pagar, independientemente de la postura de su partido.
Otros políticos en Guanajuato y México con la misma actitud del regidor Celso Antonio
El fenómeno de los políticos señalados por incumplimiento de paternidad o pensiones alimenticias ha cobrado una relevancia crítica con la implementación de la Ley Sabina y la Ley 3 de 3 contra la violencia. Estos mecanismos buscan impedir que agresores o deudores ocupen cargos de elección popular o empleos en el servicio público.
Entre los antecedentes de sonados casos similares, se tienen:
-Jorge Antonio Rodríguez Medrano (Guanajuato Capital): Durante el proceso electoral de 2024, el entonces candidato de Morena a la alcaldía enfrentó un juicio por reconocimiento de paternidad. Una jueza ordenó pruebas de ADN ante su inasistencia a citatorios, lo que generó denuncias de colectivos feministas bajo los principios de la Ley Sabina.
-Ernesto Alejandro Prieto Gallardo (Diputado Federal por Guanajuato): En marzo de 2025, el legislador fue objeto de una protesta simbólica en el INE. Tres consejeras electorales abandonaron la sesión durante su toma de protesta debido a las acusaciones de paternidad incumplida y adeudos de pensión alimenticia.
-Luis Alberto Carballo (Estado de México): En un fallo histórico, el Tribunal Electoral revocó su diputación federal ganada en 2024. Se determinó que era inelegible por estar inscrito en el padrón de deudores alimentarios morosos, sentando un precedente sobre la obligatoriedad de la solvencia legal para legislar.
-Alberto "N" (Alcalde de Tlanalapa, Hidalgo): En 2024, se reportó que el edil acumulaba más de 20 meses de incumplimiento de pensión alimenticia a pesar de una orden judicial que le obligaba a aportar el 20% de su sueldo.
-Aspirantes en Chiapas (Proceso 2021): El Instituto de Elecciones de Chiapas detectó a 26 candidatos con denuncias por violencia familiar o incumplimiento de manutención, lo que obligó a los partidos a retirar registros o exigir pagos inmediatos.
Desde octubre de 2025, en Guanajuato es obligatorio para los servidores públicos contar con un estatus limpio en el padrón de deudores, como parte de las políticas de integridad del estado.
Fuentes de consulta directa:
-Iniciativa de MC Guanajuato sobre pensiones (Noviembre 2025):
-Implementación de la Ley Sabina en Guanajuato y obligatoriedad de certificados:
-Registro de candidatos y criterios de elegibilidad INE/TEPJF:
-Código Civil para el Estado de Guanajuato (Regula el reconocimiento de paternidad y alimentos):
-Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato (Establece el proceso de oralidad familiar y medidas de apremio):
(https://www.congresogto.gob.mx/codigos/codigo-de-procedimientos-civiles-para-el-estado-de-guanajuato)
-Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato (Principios de honradez y ética del servidor público):
-Constitución Política para el Estado de Guanajuato (Interés superior de la niñez):
-Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato (Atribuciones y sanciones para integrantes del Ayuntamiento):
-Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Marco nacional de protección):
-Reforma Constitucional "3 de 3 contra la violencia" (Ineligibilidad de deudores alimentarios):
-Ley General de Responsabilidades Administrativas (Marco federal para la conducta de funcionarios):
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