Contraloría Municipal de Celaya evidencia presunto desfalco por 5 millones de pesos de Tesorería Municipal

Redacción
-La Tesorería Municipal de Celaya habría fabricado una acusación infundada por cinco millones de pesos para destituir arbitrariamente al titular de nóminas, según expuso el exjefe de nóminas a la Contraloría.
-El tema involucraría a la misma jefa de personal, Alma Rosa López, recientemente exhibida por los medios de comunicación por no contar con título y perfil profesional
-Los funcionarios implementarían un procedimiento de carácter inquisitorial contra el contador para encubrir su evidente desconocimiento en materia fiscal.
-Bajo prácticas de hostigamiento y despidos injustificados, la Dirección de Personal vulneraría los derechos laborales mientras deteriora la administración.
-La Contraloría Municipal intervino para exigir cuentas claras a la Tesorería y a la Oficialía Mayor tras la retención indebida del exfuncionario.
-Los registros digitales del SAT comprueban que la declaración fiscal fue presentada puntualmente, desmoronando el pretexto para el cese.
-Los mandos municipales recurrirían a la coacción y a la intimidación al carecer de argumentos técnicos frente a un especialista en la materia.
-La plantilla operativa de nóminas casi desde el inicio de la administración fu reducida de manera drástica de veinte a tres personas, generando un colapso administrativo interno.
-Ante la probable inexistencia del detrimento financiero alegado, surge la interrogante sobre las verdaderas intenciones detrás de la omisión de recursos: ¿Y dónde quedó el dinero?
Una investigación periodística realizada por este medio, sustentada en testimonios, información fidedigna y documentos que fueron entregados a la redacción de este medio digital por informantes que solicitaron guardar su identidad por temor a represalias de parte de quienes se ostentan como autoridades, destapa una compleja red de presuntas irregularidades financieras, despidos injustificados, hostigamiento laboral y un severo colapso administrativo al interior de la Presidencia Municipal de Celaya.
El conflicto estalló tras la abrupta destitución de Alejandro Arroyo Alvarado, quien se desempeñaba como titular del área de nóminas y de quien se sabe cuenta con una trayectoria de treinta y cuatro años de experiencia profesional y fiscal en el manejo contable de plantillas laborales masivas. Se manejó en su momento, que el motivo de su salida habría sido por ser el responsable la presunta filtración a los medios de la falsificación del título que ostenta la directora de personal, Alma Rosas.
El caso tomó más seriedad cuando se presentó denuncia penal contra la funcionaria por diversos delitos que se configuran por ser funcionaria pública y darse la presunción de falsificación de documentos. (https://www.metronewsmx.com/2026/07/presentan-denuncia-penal-contra-jefa-de.html )
El detonante formal de la crisis administrativa fue un citatorio girado por la Tesorería Municipal, encabezada por el tesorero Juan Almaraz Vilchis, -en donde se encuentra también involucrada Alma Rosas López, Directora de Personal del Municipio de Celaya, Gto.- mediante el cual se le notificó a Arroyo Alvarado una supuesta falta por el incumplimiento en la presentación de la declaración de impuestos sobre la renta por sueldos y salarios ante las autoridades fiscales.
Dicho oficio, dirigido inicialmente a la Dirección de Personal, pretendía fincar una responsabilidad directa al área operativa bajo el argumento de que el retraso ocasionó un supuesto daño y perjuicio patrimonial al erario público por la cantidad de cinco millones de pesos, además de atribuir una supuesta negligencia en el desarrollo de sus funciones y en la obtención oportuna de recursos previstos en la Ley de Coordinación Fiscal.
No obstante, la investigación periodística detalla que el señalamiento carece de sustento técnico y legal, toda vez que Arroyo Alvarado explicó que la declaración correspondiente al periodo fue presentada en tiempo y forma el día 10 del mes a las 15:45 horas, respaldada debidamente por el acuse digital y el sello electrónico emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Asimismo, el exfuncionario advirtió que la figura administrativa adecuada para indagar cualquier detrimento o desfalco al erario es la Contraloría Municipal, instancia que en ningún momento intervino ni llamó a comparecer al afectado previo a su separación del cargo, la cual se concretó de manera sumaria el 22 de julio, dejándolo en la calle sin la oportunidad de realizar un proceso formal de entrega-recepción de los recursos y documentos bajo su custodia.
La confrontación institucional dejó al descubierto un clima de presunto terrorismo laboral y hostigamiento dentro de las oficinas gubernamentales. Según los datos recabados en la investigación, el proceso para levantar el acta administrativa contra el exjefe de nóminas se llevó a cabo en un entorno calificado por los involucrados como un juicio de inquisición.
En dicha diligencia participaron funcionarios y mandos como el director de contabilidad, Luis Alejandro Montoya Orduño; el subtesorero Rogelio García Mosqueda; la oficial mayor Liliana Rodríguez Ayala; el director de innovación, Agustín Gaspar Aguado; y una abogada adscrita al área de mantenimiento identificada como Janet Evelyn Escamilla Moncada, de quien los testimonios cuestionaron su personalidad jurídica y nombramiento formal para fungir en dichos actos, además de señalar directamente a la directora de personal, María Alma Rosas López, de encabezar omisiones y mantener una postura hermética durante las diligencias.
Uno de los ejes más delicados revelados por la información fidedigna apunta a la drástica asfixia operativa a la que fue sometido el departamento de nóminas. Según la información obtenida, el exencargado de Nóminas, al asumir el cargo el 31 de marzo de 2025, la estructura operativa contaba con un respaldo indirecto e indirecto de hasta veinte personas encargadas de coordinar los procesos entre secretarías, enlaces administrativos, áreas de sistemas y control de ausencias para atender una nómina catorcenal de aproximadamente entre 2,150 y 2,170 trabajadores, sumada a una nómina quincenal de más de 1,000 empleados bajo el esquema de tiempo determinado.
Sin embargo, por instrucciones directas de la superioridad y recortes progresivos, la plantilla laboral disponible para procesar la totalidad de los pagos fue reducida de manera extrema hasta operar únicamente con tres personas, incluido el propio titular.
La situación operativa se tornó insostenible a pesar de las advertencias enviadas por los canales institucionales. El 18 de mayo de 2026, el exservidor público envió un correo electrónico formal a la Dirección de Personal y al jefe de gabinete, Gustavo Paloalto Castillo, alertando que la carga de trabajo superaba las doce horas diarias y que la reducción de personal ponía en riesgo la validación correcta de las nóminas.
Lejos de atender la solicitud de refuerzos, el 19 de junio de 2026 la titular de personal emitió una instrucción directa para retirar a una de las auxiliares clave del equipo de trabajo, reasignándola a funciones ajenas al cálculo fiscal y dejando al departamento con apenas dos elementos para solventar la nómina municipal. Las alertas enviadas al jefe de gabinete tampoco obtuvieron una solución administrativa, limitándose a comentarios de pasillo que evidenciaban la intención de doblegar la autonomía técnica del área.
Finalmente, la remoción abrupta del contador público pondría bajo sospecha el manejo y la legalidad de los procedimientos internos en la administración municipal de Celaya. Al haber sido separado de sus funciones de manera unilateral y sin la debida intervención de la Contraloría Municipal, el exresponsable de nóminas deslindó su responsabilidad sobre cualquier alteración, manejo irregular o inconsistencia documental que pueda registrarse en las bases de datos y registros financieros a partir del momento de su expulsión, advirtiendo que la probable falta de pericia técnica y el desconocimiento de las normativas fiscales por parte de los actuales mandos administrativos colocarían en severa vulnerabilidad la estabilidad financiera y contable del municipio.
El citatorio que envío la tesorería municipal al exencargado de nóminas... sin avisarle a la Contraloría
Mediante el citatorio oficial con fecha del 13 de julio de 2026 y emitido por la Dirección de Personal de la Oficialía Mayor del Gobierno 2024-2027, se requirió la presencia del C.P. Alejandro Arroyo Alvarado, en su calidad de Jefe de Nóminas, para el martes 14 de julio de 2026 a las 10:00 horas en la oficina de la Oficialía Mayor ubicada en el Portal Independencia número 101, colonia centro, en Celaya, Guanajuato.
El documento fundamento su actuación en el artículo 50 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios, solicitando la asistencia puntual del funcionario con identificación oficial vigente y su último recibo de nómina para llevar a cabo el levantamiento de un acta administrativa.
El primer hecho imputado en el citatorio consistió en el presunto incumplimiento en la presentación de la Declaración de Impuesto Sobre la Renta (ISR) por Sueldos y Salarios ante las Autoridades Fiscales dentro del término de 10 días, un plazo establecido internamente por el Municipio por estrategia para acceder oportunamente a los recursos del artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal, lo cual presuntamente habría ocasionado daños y perjuicios patrimoniales al erario público.
El segundo punto señalado atribuyó negligencia y retraso en el desarrollo de las labores, generando un perjuicio a la Hacienda pública municipal al retrasar la obtención de los recursos previstos en el mismo artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal, provocando que el Municipio de Celaya dejara de percibir aproximadamente 5 millones de pesos que impactaron las finanzas públicas y limitaron la disponibilidad de recursos para las necesidades financieras de junio de 2026.
La base jurídica de la investigación abarcó los artículos 66 fracción III, 81 y 124 fracción II de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los artículos 1, 43 fracción II, 49 fracciones I, VII y XV, y 50 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios; los artículos 47 fracciones V, VI y XV y 134 fracciones IV y XII de la Ley Federal del Trabajo; así como diversos numerales del Reglamento Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato, incluyendo los artículos 1, 2, 34 fracciones III y IV, 39, 40, 41, 43 fracción III, 45 fracciones I y IV, y 48 fracciones I, VII, XII, XV y su parte final.
Para salvaguardar los derechos humanos y laborales del citado, la notificación indicó que podía aportar las pruebas estimadas procedentes para desvirtuar las imputaciones, presentarse asistido por una persona de su confianza y aportar testigos de descargo, bajo el apercibimiento de que su inasistencia lo dejaría confeso fictamente de los señalamientos y sujeto a la resolución sobre su situación laboral.
El citatorio fue firmado de manera institucional por la Mtra. Alma Rosas López, Directora de Personal del Municipio de Celaya, Gto., integrando los datos de contacto oficiales de la Dirección de Personal en el Portal Independencia 101, Zona Centro, con el teléfono 461 618 71 58 y el sitio web celaya.gob.mx.
La respuesta de la Contraloría: le cuestionan a Tesorería el "detrimento" de los 5 millones y retención ilegal que hicieron del exfuncionario
El Órgano Interno de Control del Municipio de Celaya, a cargo de la Contralora Municipal C.P. Laura Elena Lara Rodríguez, emitió el oficio oficial número 1345/CM/DA/2026 dirigido al Tesorero Municipal, C.P. Juan Almaraz Vilchis, para exigir una aclaración formal e informe justificado sobre la queja interpuesta el pasado 22 de julio de 2026 por el entonces Jefe de Nóminas, Alejandro Arroyo Alvarado.
La denuncia formal documenta que el Director de Contabilidad, Lic. Luis Alejandro Montaño Ordeño, y el Subtesorero, C.P. Rogelio García Mosqueda, intentaron presionar y obligar al exfuncionario a firmar un documento en el que se le adjudicaba la responsabilidad de un presunto detrimento patrimonial por la cantidad de cinco millones de pesos (5,000,000.00 pesos M.N.), señalado directamente por la Tesorería Municipal.
Asimismo, la queja integrada en la investigación institucional revela que, ante la negativa de Arroyo Alvarado a firmar dicha imputación, se le impidió presentar testigos de descargo y se le mantuvo retenido en contra de su voluntad dentro de las instalaciones de la oficina de la C. María Alma Rosas López, permitiéndole retirarse únicamente después de que advirtió que llamaría a su abogado o a la Fiscalía General del Estado.
Con base en las facultades conferidas por el artículo 175 de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato, la Contraloría Municipal emplazó a la Tesorería para que entregue un desglose técnico y financiero detallado del supuesto desfalco, así como los antecedentes de los hechos en un plazo improrrogable de cinco días hábiles, conforme a los artículos 23 y 24 del Reglamento de Fiscalización.
Las presuntas situaciones que se desprender de este caso
-Omisión de la Contraloría Municipal: La Tesorería no notificó a la Contraloría Municipal por qué el despido y el acta administrativa se ejecutaron de manera sumaria y directa por los mandos administrativos sin la intervención de la Contraloría.
-Validez de los registros del SAT: La defensa del exencargado de nóminas se sustenta en que la declaración fiscal correspondiente a sueldos y salarios fue presentada en tiempo y forma el día 10 del mes a las 15:45 horas, contando con el acuse digital y el sello electrónico del Servicio de Administración Tributaria.
-Intención del citatorio y del acta administrativa: La citación y el levantamiento del acta administrativa se utilizaron como un método de presión institucional, calificado como un juicio de inquisición, para doblegar la autonomía técnica del área y sancionar la negativa a cumplir con cargas operativas insostenibles tras la reducción de personal.
-Presunción del actuar de la Tesorería y de la Jefa de Personal: Los hechos llevarían a la presunción de abuso de poder y una actuación basada en el desconocimiento de las normativas fiscales, utilizando la intimidación y el terrorismo laboral para amedrentar a los trabajadores y evadir las deficiencias operativas internas provocadas por los recortes de personal.
-Destino de los recursos y deducciones financieras: Ante la inexistencia del presunto detrimento y la comprobación de que el área no cometió tal omisión, surge la interrogante sobre el paradero de dichos recursos y si se intentaba encubrir un manejo irregular o adjudicar responsabilidades ajenas a la operatividad del exfuncionario para ocultar inconsistencias financieras al interior de la administración municipal. #MetroNewsMx
