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Redacción Editorial

-Al alcalde celayense se le olvidó la frase atribuida a Juárez: El respeto al derecho ajeno es la paz
-Juan Miguel Ramírez Sánchez confunde la naturaleza del pacto civil y arremete sin rigor legal contra el matrimonio eclesiástico. 
-El mandatario evidencia su flaqueza discursiva cuandó imputó culpas de seguridad urbana a las autoridades eclesiásticas. 
-Ramírez Sánchez, quien también se reconoce en favor del aborto, emite filípicas jacobinas desde estrados oficiales, vulnerando flagrantemente la neutralidad laica del Estado.
-Desatino histórico: el gobernante inventa un entorno de indigencia franciscana sobre Juárez que los archivos desmienten. 
-Rigurosos datos notariales liquidan el mito de austeridad invocado por el edil: Juárez murió dejando una fortuna multifacética.
-El ejecutivo local quebranta la equidad de la Carta Magna al estigmatizar las convicciones íntimas de sus gobernados.
-Desplantes verbales del gobernante han propiciado un severo repudio en las plataformas digitales y minan su legitimidad.
-Mientras hostiliza a la fe, gobernantes de su propio cuño ideológico tejen alianzas institucionales de gran armonía con la Iglesia
-El gobernante incurre en contradicciones flagrantes en los medios, admitiendo ligerezas y desatinos en su retórica.
-Amnesia selectiva: el edil olvida que el nexo civil es un negocio bilateral jurídico que evade normar el lazo afectivo.
-La fiscalización ciudadana expone las continuas tergiversaciones y la impopularidad de una gestión municipal opaca.
-Amagos penales contra sacerdotes exhibieron desde diciembre de 2024 un talante intolerante que contraviene los tratados internacionales de Derechos Humanos
-Ofensivas discursivas desde tribunas públicas infringen la Ley Federal de Asociaciones Religiosas y el debido laicismo.
-Falacias de tribuna: el edil ha difundido datos distorsionados sobre la Diócesis, fracturando de lleno la cohesión comunitaria
-Si Juan Miguel Ramírez Sánchez desea vivir en concubinato, amasiato o unión de convivencia, es su decisión, pero debe respetar el pensamiento de cada ciudadano en materia de religión y libertad.

El alcalde de Celaya, Juan Miguel Ramírez Sánchez, aprovechó la palestra para lanzar mensajes jacobinos en contra del "alto clero" y cuestionar el matrimonio religioso, poniendo encima de este al "matrimonio civil" que desde sus orígenes en México no es propiamente matrimonio sino un contrato de sociedad conyugal, contrato de convivencia; pacto de unión civil institucionalizada o negocio jurídico familiar bilateral.

Es importante señalar, que a diferencia del matrimonio religioso, en el derecho civil mexicano contemporáneo y en la legislación histórica que da origen al mal llamado matrimonio civil -las Leyes de Reforma invocadas por el alcalde- las leyes no hablan del "amor", -que es lo que hace la gran diferencia con respecto al matrimonio religioso- de manera explícita o literal, ya que el amor es un sentimiento subjetivo que escapa a la regulación jurídica.

El Sol del Bajío dejó constancia de las palabras del alcalde de Celaya (https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/celaya-conmemora-el-154-aniversario-luctuoso-de-benito-juarez-con-llamado-a-fortalecer-las-instituciones-31182037 ) quien durante su gestión se ha dedicado a hacer señalamientos, menciones contra los sacerdotes y fieles católicos y hasta declaraciones falsas y manipuladas a través de los medios de comunicación locales contra la Diócesis de Celaya.


En esta ocasión, el alcalde celayense, quien goza de una impopularidad creciente entre los celayenses (https://www.metronewsmx.com/2026/04/juan-miguel-ramirez-por-decima-vez.html ) hecho que también ha sido señalado por su propio hermano, el columnista José Luis Ramírez Sánchez (https://www.metronewsmx.com/2026/02/autoridad-municipal-de-celaya-ha.html ), precisó en este aniversario luctuoso de Juárez que "hoy todavía tenemos personas que creen que el casamiento religioso es más importante. Imagínense, en los años de 1850, 70, 90 y principios del siglo XX, la inmensa mayoría creía que su relación iba a ser por la iglesia”, contextualizó

También "resaltó que la mayoría de la población sabe que el casamiento religioso no tiene cuestiones civiles, no apoya en demandas, y por lo tanto, el casamiento civil es lo importante".


“Tenemos que recobrar las fortalezas, por ejemplo, en este caso municipales, porque sabemos que cuando no se recupera, cuando sabemos que, si se las dejan a otros, como el caso donde vivió Don Benito Juárez, la iglesia, pero principalmente el alto clero, y los grandes capitales, determinan todo”, precisó".

Lo que se le olvidó muy convenientemente al alcalde proabortista de Celaya

En este evento, Ramírez Sánchez, -quien también se ha reconocido públicamente a favor del aborto (https://www.metronewsmx.com/2025/05/califican-de-promotor-de-asesinato-de.html )- manejó una retórica hostil en actos oficiales violando la neutralidad del estado. El uso de una tribuna pública -como la conmemoración de Benito Juárez- para descalificar al "alto clero", demeritar el matrimonio religioso frente al civil y evidenciar como de atrasadas las creencias de la población.

Un gobernante municipal representa a la totalidad de los habitantes, no solo a su facción ideológica. Al usar discursos oficiales para atacar las convicciones religiosas de la mayoría de sus gobernados, el alcalde rompe el principio de neutralidad laica. No está educando en el civismo; está utilizando la historia de forma facciosa para justificar una animadversión personal o política hacia la jerarquía eclesiástica. Esto divide a la sociedad y estigmatiza a un sector por su fe.

Sin embargo, lo que resulta irónico, es que un alcalde de su misma facción, ha sabido mantener relaciones cordiales y respetuosas con la Iglesia Católica, específicamente con las Diócesis de Querétaro (https://www.guanajuatodesconocido.com/2026/03/ayuntamiento-de-san-jose-iturbide-vota.html ) y de Celaya, (https://www.guanajuatodesconocido.com/2026/05/importante-la-colaboracion-sociedad.html ) ambas pertenecientes a la Provincia Eclesiástica del Bajío

Al analizar el conjunto de la información sobre temas religiosos en lo que va de la administración municipal, se evidencia que la postura de la Diócesis y la comunidad católica de Celaya no es de confrontación activa, sino de resistencia e inmunidad institucional. (https://www.metronewsmx.com/2025/07/no-somos-los-que-prenden-los-cohetes.html )

La Iglesia no está exigiendo el retorno a los fueros del siglo XIX ni busca cogobernar el municipio; lo que ha exigido es el respeto al Estado de Derecho contemporáneo (https://www.guanajuatodesconocido.com/2026/04/el-reinado-de-jesus-no-proviene-de-este.html ). Cuando un alcalde amenaza con prisión, intenta invadir esferas fiscales federales, restringe tradiciones identitarias y utiliza el aparato discursivo del Estado para denostar a una institución, la respuesta de la Iglesia y sus fieles se configura como una defensa legítima basada en las leyes del siglo XXI.

Por lo tanto, la evidencia contextual e institucional apunta a que las acciones de la alcaldía han cruzado la frontera de la laicidad respetuosa para adentrarse en un anticlericalismo reactivo, donde se instrumentalizan las estructuras locales para presionar a un actor social con el que no se comparte afinidad ideológica.

Si el alcalde de Celaya desea vivir en concubinato, amasiato, Pacto de Solidaridad, Enlace Conyugal, Sociedad o Unión de Convivencia, u otro concepto, esa es una decisión propia y que se respeta; pero manifestar desdén por la decisión de otros de buscar el matrimonio religioso y muy específicamente denostar el matrimonio religioso católico, rebasa los límites que un muy amplio sector de la población puede tolerar. El alcalde ya ha sido advertido que debe dejar de estar mintiendo a la gente de Celaya sobre la Diócesis de Celaya (https://www.metronewsmx.com/2026/02/el-alcalde-de-celaya-debe-dejar-de.html )

Que normas Constitucionales violó el alcalde de Celaya a través de este discurso

Al utilizar actos oficiales y tribunas públicas para demeritar, denostar o restar importancia al matrimonio religioso, un presidente municipal en México—como es el caso de Juan Miguel Ramírez Sánchez en Celaya—incurre en la violación de diversas normativas constitucionales, reglamentarias y de responsabilidades administrativas, entre ellas al principio de laicidad y neutralidad del Estado -Artículos 40 y 130 de la Constitución-. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que la República es laica. El principio de laicidad obliga a las autoridades a mantener una estricta neutralidad frente a todas las convicciones religiosas y seculares. Cuando un alcalde utiliza su investidura en un evento público para calificar de "atrasadas" las creencias de la población o demeritar un rito específico -como el matrimonio católico-, viola esta neutralidad. El Estado no debe promover, pero tampoco denigrar ni combatir ninguna manifestación de fe.

La actitud jacobina del alcalde de Celaya incurrió en la transgresión a la Libertad de Convicciones Éticas, de Conciencia y de Religión plasmadas en el Artículo 24 Constitucional. Este artículo de la Carta Magna garantiza que toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, lo que incluye el derecho a participar en sus ceremonias y devociones.

Este derecho implica que los ciudadanos no deben ser señalados, estigmatizados ni censurados por la autoridad debido a sus elecciones espirituales. Al manifestar desdén por quienes priorizan el matrimonio religioso, la autoridad ejerce una presión discursiva que vulnera el clima de respeto e igualdad que el artículo 24 protege.

El alcalde, quien públicamente ha reconocido decir tonterías (https://www.metronewsmx.com/2026/04/juan-miguel-ramirez-sanchez-el-alcalde.html ) incurrió en infracciones a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público. Esta ley reglamentaria federal regula de manera estricta las relaciones entre las autoridades civiles y las instituciones religiosas. En el Artículo 25 establece que las autoridades federales, estatales y municipales no intervendrán en los asuntos internos de las asociaciones religiosas ni adoptarán posturas de hostilidad o favoritismo. Al usar eventos cívicos para polemizar con el "alto clero" o emitir juicios de valor sobre los sacramentos de la Iglesia, la autoridad municipal interfiere en la esfera del culto público de forma hostil, rebasando los límites que esta ley le impone a los servidores públicos.

También se dio la violación a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Los servidores públicos en México están obligados a conducirse bajo principios estrictos de disciplina, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad e integridad. Un alcalde representa a la totalidad de los habitantes de su municipio, no solo a una facción ideológica o partidista. Al utilizar los recursos del Estado -el estrado, el tiempo oficial y la difusión gubernamental- para atacar las convicciones de la mayoría de sus gobernados, el funcionario actúa con parcialidad y desvía la finalidad de la tribuna pública, lo que puede ser considerado una falta administrativa por no conducirse con el debido respeto a la ciudadanía.

Si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) protege el debate público severo, también ha delimitado que los funcionarios públicos no gozan de la misma libertad de expresión que un ciudadano común cuando hablan en su carácter de autoridad. El discurso oficial de un gobernante tiene el peso del aparato del Estado; por lo tanto, sus expresiones no pueden ser utilizadas para estigmatizar, discriminar o incitar al descrédito de grupos sociales o instituciones civiles y religiosas legítimas, ya que esto fractura el tejido social y viola el principio de equidad y paz pública.

También incurrió en violaciones a la Declaratoria Universal de los Derechos Humanos

Al analizar las declaraciones y conductas del alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez bajo el marco del derecho internacional, el discurso oficial que descalifica las convicciones de los ciudadanos o estigmatiza a un sector por su fe choca directamente con los principios fundamentales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).

Una autoridad pública, al emitir descalificaciones institucionales desde el poder, vulnera, de este tratado internacional, el Artículo 18, que habla de la Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia."

Este artículo protege el derecho de los fieles a otorgarle el valor espiritual y moral que decidan a sus ritos, como el matrimonio religioso. Cuando un gobernante utiliza la tribuna pública para manifestar desdén, tachar de atrasadas estas decisiones o denostar públicamente una institución eclesiástica, ejerce una presión institucional y una censura moral que vulnera el derecho a la libre observancia y práctica colectiva de la fe sin interferencias hostiles del Estado.

En cuanto al Artículo 2, que marca el Principio de No Discriminación e Igualdad: "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole..." Un alcalde representa y debe garantizar los derechos de la totalidad de sus gobernados. Al usar discursos oficiales para atacar las convicciones de la mayoría católica de su municipio y marcar una división ideológica, la autoridad rompe el principio de igualdad. El discurso faccioso segmenta a la población entre ciudadanos con "creencias correctas o modernas" y ciudadanos con "creencias atrasadas", promoviendo un trato institucional desigual basado en criterios religiosos.

Siguiendo en el análisis de las palabras de Juan Miguel Ramírez Sánchez, quien en alguna ocasión dijo que "a veces puedo decir una cosa que no quiero decir" (https://www.metronewsmx.com/2025/07/que-siempre-no-alcalde-de-celaya-no.html ) violó el Artículo 7 que habla del Derecho a la Igual Protección de la Ley contra la Provocación a la Discriminación. "Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación." El uso sistemático del aparato discursivo del Estado para emitir declaraciones falsas, amagar con prisión a ministros de culto por actos de terceros, o ligar la fe a discursos de sospecha ("alto clero y grandes capitales"), no constituye un ejercicio de laicidad técnica. Al contrario, se configura como una provocación a la hostilidad y al descrédito social de un grupo específico. La DUDH obliga a los gobernantes a proteger a los ciudadanos de la intolerancia, no a generarla desde el poder.

Por último, el Artículo 12, que habla de la Protección al Honor y a la Reputación: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques." Las acusaciones públicas infundadas y las manipulaciones mediáticas dirigidas a denostar la reputación de la Diócesis, los sacerdotes y sus comunidades representan un ataque directo a la honra institucional de este sector. La investidura pública no otorga licencia para vulnerar el prestigio social de las organizaciones civiles o religiosas legítimas.

En el derecho internacional, los derechos humanos están diseñados principalmente para limitar el poder del Estado frente a los ciudadanos. Cuando una autoridad municipal rompe su deber de neutralidad y utiliza su posición para descalificar la fe o las instituciones que los ciudadanos eligen de manera voluntaria, transgrede el espíritu de convivencia armónica y libertad ideológica que la Declaración Universal busca salvaguardar.

Los antecedentes anticlericales del alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez

En diciembre de 2024, a más de dos meses de haber tomado posesión, Ramírez Sánchez hace su primer mención sobre la Iglesia católica tras un accidente de un incendio en el parque Morelos, en un hecho en el que nada tuvo que ver ni feligresía católica ni sacerdotes. (https://www.metronewsmx.com/2024/12/tendriamos-que-meter-la-carcel-los.html )

Una festividad religiosa popular y las comisiones organizadoras de los barrios (muchas veces compuestas por laicos independientes del control directo del párroco) no operan bajo el mandato jurídico de la Iglesia Católica.

No contento con eso, volvió a repetir la frase de meter a la cárcel a los sacerdotes en julio de 2025 (https://www.metronewsmx.com/2025/07/alcalde-de-celaya-reitera-mensaje.html ) y entonces sí, las autoridades eclesiásticas hablaron sobre el tema y en una frase lapidaria le dieron respuesta a sus actitudes: "No somos los que prenden los cohetes" (https://www.metronewsmx.com/2025/07/no-somos-los-que-prenden-los-cohetes.html )

Ni tardo ni perezoso el alcalde responde: “Lo que pasa es que a veces yo no sé si por la premura del tiempo, por ejemplo, ya estoy bien presionado, me están esperando para la reunión del gabinete, a veces puedo decir una cosa que no quiero decir. Por ejemplo, yo lo que quiero decir es que nosotros no vamos a apresar a ningún sacerdote ni a ningún feligrés..."  (https://www.metronewsmx.com/2025/07/que-siempre-no-alcalde-de-celaya-no.html

Sin embargo, en enero de 2018, el alcalde usa los medios para mentir y de paso manipular un hecho, en franco ataque a la Diócesis de Celaya, tras una cena a la que fue invitado al templo de Tierras Negras, con la presencia del Obispo de celaya, Mons. víctor Alejandro Aguilar ledesma.Les declara a los medios una mentira de un supuesto hecho pirotécnico acaecido en la "casa parroquial", cuando el suceso fue en la calle y lanza una soberbia frase: "¿Cómo voy a pelear yo con ellos? La cuestión está en que es una cuestión de conciencia". (https://www.metronewsmx.com/2026/01/redaccion-editorial-el-alcalde-de.html )

En análisis del conjunto de la información, se evidencia que la actitud del alcalde es facciosa y anticlerical mientras que la postura de la Diócesis y la comunidad católica de Celaya no ha sido de confrontación activa, sino de resistencia e inmunidad institucional.

La postura de las autoridades eclesiásticas no ha sido, en base a la información disponible, de exigir el retorno a los fueros del siglo XIX ni busca cogobernar el municipio; lo que exige es el respeto al Estado de Derecho contemporáneo. Cuando un alcalde amenaza con prisión, intenta invadir esferas fiscales federales, restringe tradiciones identitarias y utiliza el aparato discursivo del Estado para denostar a una institución, la respuesta de la Iglesia y sus fieles se configura como una defensa legítima basada en las leyes del siglo XXI.

Por lo tanto, la evidencia contextual e institucional apunta a que las acciones de la alcaldía han cruzado la frontera de la laicidad respetuosa para adentrarse en un anticlericalismo reactivo, donde se instrumentalizan las estructuras locales para presionar a un actor social con el que no se comparte afinidad ideológica y quizá, emplearlo como medio de distracción para llamar la atención y aparecer en las portadas de los medios, en un tema que más que aplauso, incrementa el repudio abierto en las redes sociales para con él, a su gabinete y a todos los que le rodean.

La Iglesia Católica se situó legítimamente como la parte agredida porque la narrativa oficial pretendió trasladarle la obligación de ser el "árbitro o policía" de las conductas ciudadanas en las calles, una facultad que la ley le reserva de forma exclusiva al Ayuntamiento. Su discurso, lejos de resolver un problema técnico de protección civil, politizó la seguridad y usó la tribuna para amagar a un sector específico de la sociedad celayense. 


Juárez ni pobre ni humilde: 14 años y medio como presidente de la república

Juárez ni murió pobre ni en la humildad franciscana. En la nota del medio local "el presidente municipal Juan Manuel Ramírez Sánchez evocó la humildad y modestia con que vivió, incluso, resaltó el espíritu de solidaridad de su gabinete que trabajaba a su lado sin cobrar salario alguno, sino por vocación de servició a la nación".

De entrada, Benito Juárez García ocupó la presidencia de la República Mexicana durante poco más de 14 años. Un primer periodo (interino y constitucional): Del 15 de enero de 1858 al 8 de mayo de 1861 (interino), y del 9 de mayo de 1861 al 30 de noviembre de 1865 (constitucional). Luego, un segundo periodo, del 1 de diciembre de 1865 al 30 de noviembre de 1867. Luego, un tercer periodo, del 1 de diciembre de 1867 al 30 de noviembre de 1871. y luego, un cuarto periodo, del 1 de diciembre de 1871 hasta su fallecimiento el 18 de julio de 1872. En total, sumando los periodos interino, constitucional y las reelecciones, Benito Juárez se mantuvo como presidente por 14 años, 6 meses y 3 días.

En el tema de la pobreza, es importante aclarar que esto es falso. (https://letraslibres.com/historia/juarez-no-era-austero/ ) Es un hecho histórico documentado que Benito Juárez García no murió en la pobreza extrema ni vivió sus últimos años en la austeridad franciscana que a menudo retrata la narrativa oficial. Si bien tuvo orígenes muy humildes y pasó periodos de carestía (como durante su exilio en Nueva Orleans), al momento de su fallecimiento en 1872, como presidente en funciones, poseía un patrimonio considerable para la época.

Esta información proviene de fuentes primarias, específicamente del inventario de bienes realizado tras su muerte para la repartición de la herencia entre sus hijos, dado que no dejó testamento. El encargado de este avalúo fue el notario Ángel Villela, y el documento original reposa en el Acervo Histórico del Archivo General de Notarías de la Ciudad de México.

El Patrimonio de Benito Juárez al Morir (1872). Según las investigaciones históricas que citan dicho inventario notarial (fechado en mayo de 1873), el total del patrimonio de Juárez se tasó en $151,233.81 pesos de la época. Para entender la magnitud, algunos historiadores han realizado conversiones para estimar su valor actual, calculando que equivaldría a aproximadamente $64 millones de pesos mexicanos contemporáneos (o unos $3.2 millones de dólares actuales).

A continuación, se detalla cómo estaba constituida esta fortuna:

-Propiedades Inmobiliarias ($95,366.62 pesos)
Representaba la mayor parte de su riqueza. El inventario registró varias casas, principalmente en la Ciudad de México y una en Oaxaca:
-Casa No. 4 en el Portal de Mercaderes (hoy Zócalo de la CDMX): Valuada en $29,827.67 pesos.
-Casa No. 3 en la calle de San Francisco (hoy Madero, CDMX): Valuada en $33,235.82 pesos.
-Casa No. 18 en la calle de Tiburcio (hoy República de Uruguay, CDMX): Valuada en $28,754.00 pesos.
-Casa en Oaxaca, calle del Coronel: Valuada en $3,566.46 pesos.

-Acciones y Minas ($4,770.00 pesos)
Como se señala en la pregunta, Juárez poseía inversiones en empresas clave de la época, incluyendo la infraestructura ferroviaria que su propio gobierno impulsó. El inventario menciona: El valor registrado para este rubro fue de $4,770 pesos. Es importante notar que aunque la línea completa México-Veracruz se inauguró meses después de su muerte, Juárez ya tenía participación financiera en la empresa concesionaria.

-Bienes Muebles y Otros ($51,097.19 pesos)
Esta categoría incluía:
-Efectivo y créditos a su favor: La mayor parte del remanente estaba en dinero líquido o deudas que le debían.
-Muebles y menaje de casa: Valuados en $4,153.25 pesos.
-Vehículo: Una calesa usada y un tronco de mulas (valuados en $500 pesos).
-Alhajas: Tasadas en $562.00 pesos.
-Libros: Su biblioteca personal se tasó en $922.53 pesos.
-Ropa de uso: Valuada en $149.75 pesos. 
#MetroNewsMx


Redacción/Redacción Editorial

-La subdirectora de Turismo intentó blindar al alcalde de Comonfort, pero terminó evidenciando el profundo descontento social acumulado.
-Su narrativa de "unidad" fue opacada por comentarios ciudadanos que cuestionan la falta de servicios básicos en el municipio.
-El parentesco con el director de Turismo reactivó las acusaciones de nepotismo que la prensa ha documentado desde marzo de 2025.
-La funcionaria utilizó su cuenta personal, empleada para fines públicos, para defender una gestión marcada por la opacidad administrativa.
-El intento de limpiar la imagen del edil resultó contraproducente, convirtiendo un mensaje de apoyo en un foro de denuncia ciudadana.
-La ciudadanía confrontó el discurso de la funcionaria, señalando la desconexión entre los eventos turísticos y la crisis de basura y calles.
-El uso de canales gubernamentales para fines partidistas contraviene normas éticas de los servidores públicos en México.
-La crisis de gobernabilidad, que derivó en la revocación de poderes al alcalde, fue minimizada por la funcionaria como una diferencia política.
-Los comentarios en su publicación demostraron que la sociedad de Comonfort está informada sobre los contratos y el manejo del presupuesto.
-Esta acción ha dejado a la subdirectora en una posición de vulnerabilidad política ante el inminente proceso electoral municipal de 2027.

La funcionaria del municipio, Liliana García, generó controversia a través de un video colocado en su cuenta Facebook donde ella sale a defender al alcalde comonforense Gilberto Zárate Nieves, quien enfrenta serios cuestionamientos del Cabildo (https://www.metronewsmx.com/2026/07/ayuntamiento-de-comonfort-revoca.html ); la reacción resultó más contraproducente, porque los comentarios, algunos muy respetuosos, exhibieron las fallas que existen en el municipio. (https://www.metronewsmx.com/2025/09/alcalde-de-comonfort-y-el-primer.html )



Lo que dijo en su cápsula de video de menos de dos minutos

Liliana García: 
¿Sabías que una sola decisión del Ayuntamiento puede afectar el futuro de Comonfort? Hoy como ciudadana y con este gran amor que le tengo a nuestro municipio, no me quiero quedar callada. He seguido con atención lo que está sucediendo dentro del Ayuntamiento. Y más allá de las diferencias políticas, lo que me preocupa es el rumbo de nuestro municipio. Comonfort ha trabajado fuertemente para la consolidación como Pueblo Mágico, impulsar el turismo, promover nuestra gastronomía, apoyar a los artesanos y sobre todo buscar oportunidades para nuestra gente; estos esfuerzos no pueden detenerse.

Quiero invitar a la ciudadanía a reflexionar sobre el alcance de las decisiones que hoy se están tomando. Cuando se limitan las facultades para la firma de contratos y convenios existe el riesgo de que procesos administrativos puedan verse más lentos y que proyectos, programas y gestiones importantes para Comonfort puedan retrasarse. Por eso expreso mi respaldo al presidente municipal Gilberto Zárate, porque creo que hoy nuestro municipio necesita estabilidad, diálogo y liderazgo para continuar con las gestiones y oportunidades para nuestra gente. También hago un llamado a los y las integrantes del Ayuntamiento para que, por encima de cualquier diferencia política, pongamos primero a Comonfort. La ciudadanía espera acuerdos, trabajo y resultados, porque cuando Comonfort avanza, avanzamos todas y todos.


El análisis del hecho, lo que dijo las reacciones que provocó

La interacción en su cuenta en la cuenta personal -que a su vez es utilizada para promover las acciones de Turismo Municipal de Comonfort de la funcionaria- reveló un fenómeno de polarización digital que, lejos de consolidar su imagen como figura conciliadora, ha expuesto la fragilidad de su discurso y el desgaste de la administración pública a la que representa. La estrategia de la subdirectora de Turismo, quien esperaba quizá proyectar estabilidad y liderazgo, generó el efecto contrario.


-Desnudez política: En lugar de ser un espacio de apoyo unánime, su cuenta se convirtió en una espacio que dio oportunidad para que la ciudadanía cuestionara las prioridades de gasto (turismo vs. servicios básicos).


-Desprestigio por asociación: Al intentar defender al alcalde Gilberto Zárate, la funcionaria ha quedado expuesta a las críticas directas sobre la falta de transparencia, el autoritarismo percibido y el caos administrativo que se vive en el Cabildo.


-El "tiro por la culata": El post, en lugar de cerrar filas, permitió que voces críticas documentaran públicamente el descontento, evidenciando que el mensaje oficial ya no convence, sino que provoca rechazo.

El discurso de la funcionaria se basó en eufemismos

-Neutralización de la crisis: Al pedir "respeto" y hablar de "futuro", intenta minimizar la crisis institucional —la revocación de poderes al alcalde— como si fuera solo un problema de "diferencias políticas" y no un colapso de gobernabilidad.
-El peso del pasado: La trayectoria de la funcionaria -ex candidata del PRI a la alcaldía de Comonfort en el 2018 (https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/inaugura-casa-de-campana-candidata-liliana-garcia-del-pri-comonfort-15255265 ) , ahora alineada con Morena- le resta credibilidad ante un electorado que percibe estas posturas como conveniencias coyunturales y no como convicciones reales de cambio.

El intento de la funcionaria por controlar la narrativa digital fracasó al exponer la incapacidad de la administración para gestionar una crisis que ya no es solo política, sino social. Lejos de fortalecer su imagen, el video y la posterior interacción han servido como un altavoz para las quejas contenidas de la población, demostrando que la ciudadanía percibe la "defensa de Comonfort" como una defensa de intereses particulares y familiares, no de bienestar común. La funcionaria ha quedado atrapada en su propio mensaje, confirmando que la opacidad administrativa ya no encuentra eco en una sociedad que exige resultados tangibles por encima de discursos institucionales.

El análisis del comportamiento de la funcionaria pública en cuestión, considerando el contexto de la Dirección de Turismo de Comonfort, permite identificar una serie de posibles faltas administrativas y éticas, agravadas por los antecedentes documentados de la administración municipal actual. (https://www.metronewsmx.com/2026/01/gilberto-zarate-y-el-viaje-espana.html )

-Nepotismo y conflicto de interés: El hecho de que la subdirectora de Turismo sea hija del director de la misma área constituye un señalamiento directo de nepotismo, práctica prohibida por la normativa de responsabilidades administrativas. Esta relación jerárquica y familiar compromete la objetividad, la transparencia y la legalidad en la toma de decisiones dentro de la dependencia. (https://www.metronewsmx.com/2025/03/exhibe-prensa-estatal-gilberto-zarate.html )
-Uso indebido de recursos públicos (Imagen Institucional): El empleo de una cuenta personal de Facebook para difundir acciones de gobierno, -transmitiendo presuntamente desde las mismas oficinas de Turismo, si bien es una práctica común-, se vuelve irregular cuando se utiliza para validar o encubrir actuaciones que han sido cuestionadas por la prensa. Existe una línea delgada donde la comunicación oficial se convierte en propaganda personal o defensa de intereses particulares, lo cual contraviene los principios de austeridad y ética en el servicio público.
-Responsabilidad administrativa por omisión o acción: Si la funcionaria utiliza su plataforma para promover actos que están bajo escrutinio por posibles delitos —como la fragmentación de facturas reportada en eventos como la Feria de los Remedios—, podría incurrir en complicidad o en una falta grave por omisión al no denunciar o al validar procedimientos irregulares.

La situación de la funcionaria no es un hecho aislado, sino que se inserta en una narrativa de crisis administrativa documentada:

-Finanzas y Transparencia: La prensa ha reportado casos graves como la fragmentación de facturas para evadir procesos de licitación en eventos masivos (Feria de los Remedios) y contratos millonarios que han generado sospechas sobre el manejo de recursos públicos. (https://www.metronewsmx.com/2026/01/contrato-de-45-mdp-morenista-sacude.html )
-Cuestionamientos Institucionales: La administración municipal ha enfrentado tensiones internas severas, evidenciadas por la reciente revocación de poderes al alcalde Gilberto Zárate por parte del Ayuntamiento, lo cual denota una falta de gobernabilidad y legalidad en el ejercicio del mando.
-Descontento Social: Los comentarios de la ciudadanía tras el primer informe de gobierno en 2025 reflejan una percepción negativa sobre la gestión, centrada en la falta de resultados, la opacidad y la persistencia de prácticas de nepotismo que la prensa estatal ha exhibido constantemente.

El uso de redes sociales por parte de servidores públicos para difundir su labor está sujeto a la Ley de Responsabilidades Administrativas, que exige transparencia, honradez y legalidad. Al ser señalada por nepotismo y al formar parte de una estructura administrativa que ha sido cuestionada por irregularidades financieras -viajes, contratos, facturación-, la funcionaria se encuentra en una situación de alta vulnerabilidad legal y ética.

El hecho de que la prensa haya documentado estos temas implica que cualquier comunicación emitida por funcionarios inmersos en dichos señalamientos es observada por la opinión pública como un intento de legitimación, lo cual, lejos de fortalecer su imagen, profundiza la crisis de confianza en la administración de Comonfort. #MetroNewsMx


Redacción/MetroNews

-El IMIPE de Celaya opera en parálisis administrativa total tras 45 días de omisión del alcalde para instalar su nuevo consejo.
-La regidora Herrejón denunció que la falta de consejo técnico impide legalmente que la dirección de IMIPE autorice proyectos.
-El alcalde Ramírez Sánchez ignora acuerdos unánimes de la Comisión de Gobierno, evadiendo la ley y la normativa del instituto.
-Operar sin el consejo ciudadano del IMIPE elimina contrapesos vitales y transparencia en la planeación urbana de la localidad.
-El alcalde Juan Miguel Ramírez ignora la Ley para el Gobierno Municipal, manteniendo a Celaya en un limbo de ilegalidad diario.
-La gestión actual oculta su ineficacia bajo un falso discurso académico, desmantelando la institucionalidad de todo el cabildo.
-Expertos y colegios de profesionistas siguen fuera del IMIPE por los caprichos de una autoridad que desprecia la legalidad hoy.
-Regidores exigen que el alcalde deje el victimismo político y cumpla con su deber constitucional para beneficio de la población.

La parálisis administrativa que atraviesa el Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística (IMIPE) de Celaya ha alcanzado un punto crítico. La regidora María Isabel Herrejón denunció que la actual administración, encabezada por el alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez, mantiene en la incertidumbre operativa al instituto al omitir la integración del Consejo Directivo, contraviniendo el reglamento vigente y la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato.

Desde el 27 de mayo, la Comisión de Gobierno aprobó por unanimidad la conformación del consejo, tras validar que los perfiles presentados cumplían rigurosamente con los requisitos técnicos y profesionales. No obstante, a pesar de que el síndico turnó el expediente al despacho del alcalde el 29 de mayo, han transcurrido más de 45 días sin que se realice la toma de protesta, ignorando cuatro sesiones ordinarias del Ayuntamiento —12 y 26 de junio, 3 y 10 de julio— en las que pudo haberse resuelto el nombramiento.

De acuerdo con el artículo 17 del Reglamento del IMIPE, la estructura del Consejo debe integrar perfiles especializados para garantizar la legitimidad y calidad de la planeación urbana. Este órgano debe estar conformado por:

-Dos miembros representantes de los colegios de profesionistas del municipio, relacionados con las materias de planeación, desarrollo y áreas afines.
-Dos miembros integrantes del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
-Dos miembros de instituciones de educación superior del municipio, garantizando la presencia de un representante de universidades públicas y uno de instituciones privadas.

La regidora Herrejón advirtió que, al operar sin esta estructura colegiada, la dirección del IMIPE, a cargo de Alejandra Ojeda Sampson, carece de facultades legales para autorizar proyectos, lo que abre una ventana a posibles responsabilidades administrativas, tanto leves como graves, dependiendo de la naturaleza de las inversiones ejecutadas sin validación.

La falta de este consejo ciudadano —que funciona bajo un esquema honorífico— no es un tema menor, ya que priva al municipio de la voz y voto de los expertos en la toma de decisiones. Esta omisión, sumada a la falta de transparencia en la ejecución de proyectos, ha generado comparaciones con otros municipios como Comonfort, donde el cabildo ha comenzado a frenar irregularidades, haciendo un llamado a los regidores de la fracción de Morena para anteponer el beneficio de Celaya sobre los intereses partidistas.

La planeación bajo el capricho del "académico" Juan Miguel Ramírez Sánchez

La administración de Juan Miguel Ramírez Sánchez en Celaya ha dejado de ser un ejercicio de gobierno para convertirse en un catálogo de ocurrencias. El alcalde, quien ha pretendido justificar su gestión bajo un perfil supuestamente académico, demuestra una contradicción elemental: mientras se ostenta como intelectual, ignora la norma que rige su propio municipio. La falta de instalación del Consejo Directivo del IMIPE no es un descuido, es un síntoma de un estilo de mando autoritario que desprecia la institucionalidad.

Es irónico que un personaje con trayectoria en la academia, quien debería conocer la importancia de la metodología y la consulta, prefiera la discrecionalidad al diálogo técnico. Al mantener al IMIPE en un limbo administrativo, el alcalde no solo se coloca por encima del Reglamento del instituto y de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato, sino que desmantela el contrapeso ciudadano necesario para una planeación transparente. ¿Quién supervisa las obras? ¿Quién valida los proyectos si no es el consejo designado por ley?

El alcalde suele recurrir al victimismo, descalificando cualquier crítica como un "ataque de la oposición" o una lucha de colores políticos. Sin embargo, este no es un conflicto partidista; es un conflicto de legalidad. Cuando se le señala su ineficacia, la respuesta es el silencio o el desvío de atención, evitando asumir su responsabilidad. Ramírez Sánchez parece haber olvidado que gobernar no es imponer una "reingeniería" personal, sino ejecutar las determinaciones de un Ayuntamiento que, por unanimidad, ya le había marcado el camino.

La realidad es cruda: Celaya no despega porque no hay voluntad de construir acuerdos. Si el alcalde insiste en administrar el municipio como si fuera un feudo personal, el riesgo no es solo administrativo, es de gobernabilidad. Los regidores de Morena tienen hoy una encrucijada moral: seguir siendo cómplices de una parálisis que afecta a más de 650,000 habitantes, o exigir que su presidente respete la ley. El sol ya no se puede tapar con un dedo; la opacidad en el IMIPE es el reflejo de una gestión que prefiere el capricho a la planeación.

Las incongruencias en las declaraciones del alcalde con la realidad

Al contrastar la información sobre la parálisis del Consejo Directivo del IMIPE con las recientes declaraciones del alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez en el diario El Sol del Bajío el pasado 7 de julio (https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/morena-avanza-en-guanajuato-afirma-alcalde-de-celaya-y-descarta-uso-electoral-de-apoyos-sociales-31003567 ), surgen contradicciones significativas que revelan una brecha profunda entre su discurso político y la realidad administrativa de su gobierno.

-Discurso de "Académico" vs. Incumplimiento Normativo:
La incongruencia: El alcalde se autodefine como un académico que llega al gobierno sin trayectoria política previa, sugiriendo un perfil basado en la técnica y el conocimiento. Sin embargo, su administración mantiene al IMIPE (un instituto de investigación y planeación) sin un consejo directivo funcional, ignorando un reglamento que él mismo debe hacer cumplir. Un "académico" suele respetar la estructura institucional y la validación de sus pares; el alcalde, en cambio, opera bajo discrecionalidad, lo cual es opuesto a la metodología académica.

-Transparencia vs. opacidad operativa:
La incongruencia: El alcalde afirma que su gestión se basa en políticas públicas claras y que, al ser él el representante de Morena en Celaya, los ataques a su persona son "ataques a Morena". No obstante, la omisión del Consejo del IMIPE implica que la directora del instituto está ejecutando proyectos y recursos sin la autorización colegiada que marca la ley. Es "fuera de lugar" que mientras pregona transparencia y políticas públicas nacionales, permita que el órgano encargado de planear el desarrollo de Celaya opere en un vacío de legalidad.

-El "derecho" a los apoyos sociales vs. el derecho a la participación ciudadana:
la incongruencia: El alcalde sostiene que los apoyos sociales son "derechos constitucionales" y no herramientas electorales. Sin embargo, al mismo tiempo, neutraliza el contrapeso ciudadano en el IMIPE —al no integrar a los representantes de colegios, cámaras empresariales y universidades—, eliminando el derecho de la ciudadanía a participar y supervisar la planeación municipal. Hay un sesgo evidente: defiende el acceso a recursos (programas sociales), pero bloquea el acceso a la toma de decisiones (consejos ciudadanos).

-"Estructura partidista" vs. responsabilidad gubernamental:
La incongruencia: El alcalde justifica la ausencia de una estructura de Morena en Celaya argumentando que "en este momento, en Celaya yo represento a Morena". Esta visión personalista de la administración municipal es una contradicción grave: confunde su representación partidista con la titularidad absoluta del gobierno, olvidando que la administración municipal está sujeta a reglamentos, leyes estatales y determinaciones del Ayuntamiento que no están sujetas a su voluntad personal ni a la agenda de un partido.

-El llamado a la unidad vs. el uso político de la crítica:
Punto fuera de lugar: Mientras el alcalde hace un llamado a la unidad política y minimiza las críticas como parte de la "disputa partidista", la realidad es que la parálisis del IMIPE fue denunciada por la regidora María Isabel Herrejón como una falta grave a la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato. Si el alcalde consideraría que minimizar este incumplimiento legal calificándolo como un "ataque político" es una táctica evasiva que ignora el fondo: la falta de gobernabilidad y el incumplimiento de las leyes que él juró cumplir al tomar posesión.

Mientras el discurso público del alcalde en El Sol del Bajío se centra en una narrativa de fortalecimiento partidista y defensa de derechos, sus acciones (o falta de ellas) en el IMIPE demuestran un gobierno que prioriza la centralización de decisiones por encima del marco jurídico municipal, debilitando precisamente la planeación técnica que su perfil académico debería fomentar.

Podrían estar siendo violadas diversas disposiciones legales por el alcalde y por la directora de IMIPE

La omisión en la integración del Consejo Directivo del IMIPE de Celaya, tras haber sido aprobado por la Comisión de Gobierno el 27 de mayo de 2026, constituye un posible incumplimiento de las obligaciones legales que rigen a los servidores públicos municipales en el estado de Guanajuato.

-Incumplimiento de atribuciones (Alcalde): Según la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato., la autoridad municipal está obligada a actuar conforme a derecho, cumpliendo las determinaciones del Ayuntamiento. Al ser una facultad y obligación del Presidente Municipal ejecutar los acuerdos del Ayuntamiento, la omisión de más de 45 días en la toma de protesta del Consejo contraviene el deber de diligencia y legalidad en el desempeño del cargo.

-Violación a la Normativa del IMIPE: El Reglamento del IMIPE establece claramente la conformación del Consejo (artículo 17), el cual debe incluir representantes de colegios de profesionistas, el Consejo Coordinador Empresarial y universidades. La operación del instituto sin este órgano colegiado anula los mecanismos de participación ciudadana y supervisión técnica que la ley exige.

-Responsabilidad en el Ejercicio de Recursos: De acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato, todo servidor público debe administrar los recursos públicos bajo su responsabilidad sujetándose a la normatividad. La ejecución de proyectos por parte de la dirección del IMIPE sin la autorización previa del Consejo Directivo podría constituir un "ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión".

-Presidente Municipal: Por la omisión en la ejecución de los acuerdos del Ayuntamiento (artículo 26 de la Ley Orgánica Municipal).
-Dirección del IMIPE: Por realizar actos de autoridad y ejecución de proyectos careciendo de la validación legal del Consejo Directivo que el propio reglamento exige para su operación.

El Órgano Interno de Control es la instancia obligada a examinar estas conductas, dado que los entes públicos están obligados a mantener condiciones estructurales y normativas que garanticen el adecuado funcionamiento del Estado y la ética de cada servidor público. #MetroNewsMx


Redacción

-El Cabildo de Comonfort limita el poder ejecutivo tras un conflicto por la firma irregular de convenios y la falta de transparencia presupuestal en el ejercicio fiscal 2026.
-La fractura institucional en Comonfort: cuando la política frena la gestión pública.
-Grave crisis de gobernabilidad se registra tras la quincuagésima sesión ordinaria, donde regidores y síndica votaron por revocar la capacidad de firma autónoma al alcalde ante la sospecha de irregularidades en contratos y convenios firmados sin sustento financiero previo.
-El choque entre el Ejecutivo y la mayoría del Cabildo local alcanza su punto crítico al revelarse que el Presidente Municipal comprometió recursos en programas estatales sin pasar por el filtro obligatorio de la Comisión de Hacienda, lo que derivó en la pérdida de la confianza del pleno.

La quincuagésima sesión ordinaria del Ayuntamiento de Comonfort, celebrada el pasado 15 de julio de 2026, ha marcado un antes y un después en la dinámica política de esta administración. Lo que debió ser una jornada de trámite para la aprobación de la tercera modificación al presupuesto de ingresos y egresos del ejercicio fiscal 2026, se transformó en un intenso careo político y jurídico que concluyó con la revocación de las facultades delegadas que permitían al Presidente Municipal, el licenciado Gilberto Zarate Nieves, suscribir convenios y contratos a nombre del municipio sin la aprobación previa y expresa del cuerpo colegiado.



El núcleo del conflicto, expuesto con crudeza por los integrantes del Ayuntamiento, reside en una práctica administrativa que el regidor José Mexicano Jiménez calificó de inversa. De acuerdo con la argumentación presentada durante el debate, el Presidente Municipal ha procedido a la firma de convenios —específicamente citando el programa de concurrencia con el Gobierno del Estado denominado Mi Colonia a Color— sin contar con la suficiencia presupuestal validada por la Tesorería y, más grave aún, sin el dictamen previo de la Comisión de Hacienda.

La postura del Ejecutivo municipal, defendida por el alcalde Zarate Nieves durante la sesión, se basó en la necesidad de agilizar la gestión pública ante la falta de respuesta de las comisiones edilicias. Según el munícipe, la Tesorería Municipal solicitó desde el 2 de julio la deliberación sobre diversos puntos presupuestales, obteniendo como respuesta el silencio de los regidores. El alcalde denunció que este retraso es un bloqueo deliberado por parte de ciertos integrantes del cabildo, quienes, a su juicio, anteponen intereses políticos a la urgencia de concretar proyectos en beneficio de la ciudadanía. "Ustedes son el balance del poder, pero úsenlo debidamente; están actuando en contra de la ley por intereses propios", sentenció el mandatario durante su intervención.

Por su parte, la Tesorera Municipal, Araceli Álvarez Pescador, intentó justificar las acciones bajo el argumento de que, si bien se han firmado documentos de intención o convenios de colaboración, no se ha ejecutado el gasto ni se ha erogado dinero público sin sustento. No obstante, este argumento fue insuficiente para apaciguar la desconfianza de los ediles, quienes hicieron énfasis en el riesgo legal que representa para el municipio suscribir compromisos financieros de manera unilateral.

La síndica municipal, Diana Orozco Díaz, junto con el regidor José Mexicano, articularon la base jurídica para la revocación. Apelando al artículo 100 de la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato, argumentaron que la facultad delegada originalmente el 10 de octubre de 2024 para suscribir actos jurídicos debía ser cancelada. La premisa es clara: el Ayuntamiento no está renunciando a su capacidad de gestión, sino recuperando el control de la firma, obligando a que todo contrato, por mínimo que sea, pase por el filtro y escrutinio del pleno.

La votación final, que resultó con seis votos a favor, tres en contra y una abstención, pone al municipio en una situación de mayor rigidez administrativa. A partir de este momento, cualquier convenio que pretenda celebrar el Presidente Municipal requiere, de manera forzosa, una deliberación en comisión y su posterior aprobación en sesión de cabildo. Esto garantiza la legalidad de los recursos, pero advierte un escenario de parálisis, donde la gobernabilidad dependerá de una comunicación que hoy se encuentra completamente rota.

La inconformidad no solo se manifestó en los votos, sino en el tono de la discusión. Regidores expresaron su hartazgo ante lo que consideran un estilo de gobierno que ignora los cauces legales. La regidora Claudia, durante su participación, cuestionó la recurrencia de estas situaciones y enfatizó que el Cabildo debe funcionar como un contrapeso real y no como una instancia de validación automática. Por su parte, la postura del alcalde fue de franca confrontación, al señalar que la medida adoptada por los ediles es ociosa y atenta contra la operatividad del gobierno municipal.

Este episodio en Comonfort refleja un problema estructural recurrente en los ayuntamientos donde el Ejecutivo y el Legislativo municipal carecen de canales de diálogo efectivo. La ley es clara: la suficiencia presupuestal es un requisito indispensable para la validez de cualquier acto jurídico del municipio. La omisión de este paso no solo es una irregularidad administrativa, sino que puede derivar en responsabilidades graves para los funcionarios involucrados.

El acuerdo alcanzado no implica que el alcalde pierda sus facultades constitucionales, pero sí le retira la "facilidad" de firma autógrafa que le fue concedida al inicio de su gestión. La pregunta que queda en el aire para la ciudadanía de Comonfort es si este nuevo mecanismo de control traerá consigo una administración más transparente o, por el contrario, sumirá al municipio en una burocracia paralizante donde el interés político prevalecerá sobre las necesidades sociales. El desenlace de esta sesión es el testimonio de un gobierno fracturado que deberá, en los próximos meses, encontrar un punto de equilibrio bajo el estricto apego a la ley, si es que pretende evitar una crisis institucional mayor.

Al concluir, el ambiente era de tensión. Mientras que para los regidores la acción tomada es un acto de defensa de la legalidad y del patrimonio de los comonforenses, para la presidencia municipal se trata de una estrategia de debilitamiento institucional. La quincuagésima sesión ordinaria será recordada como el día en que la confianza política cedió su lugar a la fiscalización extrema, dejando a la administración de Zarate Nieves frente a una nueva realidad donde cada firma tendrá que ser, a partir de ahora, un acto supervisado y consensuado por el pleno del Ayuntamiento. 

El caso de la Feria de los Remedios 2025

La conjunción de los hechos expuestos en la sesión de Cabildo del 15 de julio de 2026 y la investigación periodística sobre la Feria de los Remedios 2025 revela un patrón sistémico de gestión pública opaca en el municipio de Comonfort. (https://www.metronewsmx.com/2026/01/contrato-de-45-mdp-morenista-sacude.html )

La sesión de Cabildo no fue un evento aislado, sino el punto de ruptura ante una administración que sistemáticamente evade los controles legales. Mientras que en la sesión de julio se discute la falta de suficiencia presupuestal y la firma de convenios "a posteriori", el caso de la Feria 2025 demuestra que el fraccionamiento de facturas y la adjudicación directa a allegados políticos podría ser el modus operandi del gobierno de Gilberto Zárate.

El hecho de que el alcalde haya intentado comprometer recursos sin el aval de la Comisión de Hacienda en 2026 es el reflejo de una administración que ya operó de la misma forma en 2025 con Faustino Reséndiz, validando pagos millonarios mediante mecanismos que la ley prohíbe explícitamente.

La investigación detalla que los 4.5 millones de pesos fueron erogados mediante tres facturas (folios 113, 126 y 140) emitidas en fechas distintas. Esto constituye una violación directa al artículo 46 de la Ley de Contrataciones Públicas del Estado de Guanajuato, que prohíbe fraccionar montos para evitar la licitación pública.

La estrategia no fue administrativa, sino deliberada para evadir el concurso público. Al no haber licitación, no hubo competencia, lo que abre la puerta a sobrecostos injustificados que, sumados a los antecedentes del beneficiario (Faustino Reséndiz), sugieren un esquema de desvío de recursos públicos hacia estructuras partidistas.

El análisis revela una contradicción moral y operativa grave por parte de la Dirección de Turismo, encabezada por Raúl García Morales:

- Se aplicó un rigor normativo extremo para desplazar a los comerciantes nativos de Comonfort, argumentando orden y legalidad.
-Se desplegó una "alfombra roja" y se agilizan pagos millonarios a un proveedor externo vinculado a Morena, con un historial documentado de irregularidades administrativas y señalamientos éticos.
Existe un uso faccioso de la administración pública. El poder se ejerce para castigar al ciudadano local y premiar al aliado político, consolidando una red de clientelismo que traiciona la confianza pública.

A la luz de los documentos oficiales (oficio de Tesorería TES-2026-0014 y facturas relacionadas), la administración municipal no solo enfrenta una falta administrativa, sino una posible responsabilidad penal de oficio. Los funcionarios involucrados (alcalde, tesorera y director de turismo) podrían ser investigados por:

-Uso ilícito de atribuciones y facultades: Al simular procesos para adjudicar directamente 4.5 millones de pesos.
-Peculado: Si se comprueba sobreprecio o falta de entrega de los servicios contratados.
-Abuso de autoridad: Al ordenar procesar pagos fraccionados contraviniendo la ley.

Lo ocurrido en la sesión del 15 de julio de 2026, donde se revoca la capacidad de firma del alcalde, es la reacción tardía del cuerpo edilicio ante la evidencia de que el Ejecutivo municipal ha operado con un presupuesto discrecional al margen de la ley.

Comonfort atraviesa una crisis de legalidad provocada por un gobierno que utiliza la estructura municipal para favorecer una camarilla política externa. La revocación de facultades al alcalde es apenas el primer paso para intentar contener el drenaje de recursos; sin embargo, la verdadera solución exige que la Fiscalía Anticorrupción y la Auditoría Superior del Estado (ASEG) intervengan, pues los documentos analizados (las facturas fraccionadas y el contrato millonario) constituyen, por sí mismos, el cuerpo del delito de una gestión marcada por el favoritismo, la opacidad y la presunta corrupción.
#MetroNewsMx
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Redacción/MetroNews

-Señalan irregularidades en la firma de recibos de nómina por concepto de utilidades, sin que se vea reflejado el depósito prometido en las cuentas bancarias correspondientes.
-La autoridad laboral sugiere que la firma de documentos timbrados sin haber recibido el pago constituye un riesgo legal, al tiempo que las empresas podrían incurrir en posibles fraudes.
-Tras realizar denuncias formales ante las autoridades fiscales, los afectados denuncian falta de respuesta por parte de las áreas de recursos humanos sobre el adeudo pendiente.


Tras darse a conocer la omisión de pago de utilidades de la empresa Marva a trabajadores de esta empresa (https://www.metronewsmx.com/2026/07/denuncian-presuntas-practicas-abusivas.html ), ahora se complica el tema ya que ahora se dio la instrucción a los trabajadores para firmar recibos de nómina timbrados y certificados, bajo la premisa de que recibirían el pago correspondiente de utilidades en un plazo determinado. A pesar de haber cumplido con la firma requerida, un grupo de empleados manifiesta que el depósito no fue realizado en sus cuentas bancarias en la fecha acordada y ya les fueron descontados impuestos, en algunos casos, por varios miles de pesos.

La fundamentación documental de uno de los afectados, fue entregad  la redacción de metro News, donde se observan los detalles señalados en la información.

La empresa no solo estaría cometiendo una falta laboral, sino que está "jugando con fuego" ante el SAT. Al timbrar el recibo, la empresa misma dejó la "huella digital" del fraude: ella reconoce ante el SAT que el dinero salió, y si no puede demostrar el flujo bancario a la cuenta -que es obligatorio para efectos fiscales-, la simulación queda acreditada automáticamente por las facultades de comprobación del SAT.


La problemática se agudizaría ante la disparidad en la ejecución de los pagos, ya que únicamente una parte de la plantilla recibió la remuneración, mientras que otro sector permanece a la espera sin obtener una explicación clara. La gestión del área de recursos humanos ha sido cuestionada, pues se limitaría a solicitar paciencia a los afectados, ante la presunta actitud de ignorar la falta de cumplimiento con las obligaciones laborales estipuladas.

Ante esta situación, los trabajadores buscaron asesoría en instancias de conciliación laboral, donde se les minimizó el riesgo de firmar documentos sin el pago previo. No obstante, al comprobarse el incumplimiento del depósito, surge el temor de que la empresa esté incurriendo en prácticas irregulares al reportar ante la autoridad fiscal un pago que no se ha efectuado. Esta situación podría representar un abuso de confianza, ya que el trabajador aparece como remunerado ante el sistema fiscal, sufriendo la retención de impuestos sin haber percibido el ingreso.

Como medida de respuesta, se han interpuesto denuncias anónimas ante la instancia fiscal competente, adjuntando evidencias como el recibo de nómina firmado y estados de cuenta que comprueban la ausencia del depósito. Los afectados denuncian que la empresa no contaría con elementos para demostrar la realización del pago, ya que la obligatoriedad estipula que los depósitos deben efectuarse directamente a cuentas bancarias individuales asociadas al nombre del beneficiario.


El conflicto permanece en un estado de incertidumbre legal para los afectados, quienes se sienten vulnerables ante la falta de una representación jurídica adecuada y una respuesta institucional efectiva por parte de la empresa, la cual mantiene una postura evasiva ante los reclamos directos.

El análisis de las pruebas documentales entregadas a Metro News

Tras analizar las pruebas documentales presentadas, se observa una incongruencia crítica entre la información fiscal reportada por la empresa y la realidad financiera del trabajador.

-Recibo de Nómina (CFDI): El documento, con fecha de emisión precisa detalla un concepto de "Reparto de Utilidades" por un importe neto a pagar. Este documento incluye una leyenda de "recibí a mi entera conformidad".
-Verificación ante el SAT: La consulta en el portal oficial confirma que el CFDI es vigente y tiene un estado de "Cancelable sin aceptación". Esto certifica que, ante la autoridad fiscal, la empresa ya ha declarado y dado efectos legales al pago de esta cantidad.
-Estado de cuenta bancario: El historial de movimientos del trabajador muestra transacciones hasta el día de hoy 14 de julio de 2026. En ninguna de las fechas posteriores a la emisión del recibo aparece reflejado el ingreso de las utilidades.

Es concluyente que el trabajador está siendo afectado por una irregularidad grave. La evidencia apunta a los siguientes puntos críticos:

-Simulación de Operaciones: Existe una discrepancia total entre la información que la empresa ha reportado al SAT (donde afirma que ya pagó) y el flujo real de dinero en la cuenta del trabajador.
-Afectación Fiscal y Patrimonial: Al timbrar el recibo, la empresa ha generado una carga fiscal (ISR) sobre un ingreso que el trabajador no ha recibido. Esto significa que el trabajador aparece ante Hacienda como beneficiario de un dinero que, en la práctica, no posee, lo cual es una irregularidad de carácter fiscal.
-Indicios de fraude: La existencia de un recibo firmado electrónicamente por una operación inexistente es el fundamento para considerar la presunción de fraude fiscal y simulación de actos jurídicos, tipificados en el Código Fiscal de la Federación, según lo analizado anteriormente.

Las pruebas serían contundentes y documentan una discrepancia financiera que no debería existir bajo ninguna circunstancia legal regular. La empresa habría registrado un egreso fiscal que no ha materializado en el patrimonio del trabajador, exponiéndolo a él ante el fisco y violando sus derechos laborales básicos al retener un pago que ya ha declarado como efectuado.

Las implicaciones legales y los delitos federales en los que podría estar incurriendo Marva

Emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina —como el que se menciona— sin que exista la entrega real del recurso es una práctica irregular que podría constituir fraude fiscal. Al declarar ante la autoridad fiscal (SAT) que se pagó una cantidad (utilidades) que no fue recibida, la empresa podría estar incurriendo en una simulación de operaciones. Si el sistema fiscal retuvo impuestos (ISR) sobre una cantidad no percibida, el trabajador se ve afectado patrimonialmente, mientras que la empresa podría estar justificando deducciones indebidas o evadiendo responsabilidades financieras reales.
El Reparto de Utilidades (PTU) es un derecho constitucional. La falta de pago, incluso con recibos firmados, constituye un incumplimiento grave a la Ley Federal del Trabajo.

Las "sugerencias" dadas por Conciliación al trabajador

La recomendación recibida en las instancias de conciliación resultaría, a la luz de los hechos, altamente cuestionable y contraintuitiva. Sugerir a un trabajador que firme un recibo por un dinero que no ha recibido coloca al empleado en una posición de vulnerabilidad absoluta. Ante una eventual demanda, el recibo firmado funciona como una prueba presuntiva de pago a favor del patrón, obligando al trabajador a cargar con la difícil prueba de demostrar que no recibió el dinero.

La función de las autoridades laborales -y de instituciones como la PROFEDET-  debe ser la orientación para proteger el derecho del trabajador, no la validación de prácticas que facilitan posibles ilícitos patronales. Firmar sin haber recibido el pago es, técnicamente, convalidar una irregularidad que dificulta posteriores reclamaciones.

Dado que el problema afecta a múltiples trabajadores, se recomendaría denunciar ante el SAT, acción que al parecer ya fue hecha por los trabajadores. Es fundamental realizar una aclaración en el portal del SAT mediante la "Solicitud de conciliación de factura" o reporte de recibo de nómina no reconocido. Esto desvincula al trabajador de la percepción de un ingreso que nunca obtuvo y alerta a la autoridad sobre la emisión de CFDI apócrifos.

Acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para interponer la denuncia formal por incumplimiento de PTU. A diferencia de una conciliación básica, esta instancia puede ofrecer representación legal gratuita para procesos más complejos si la empresa mantiene su postura evasiva. Conservar los estados de cuenta bancarios donde se evidencia la ausencia del depósito, así como capturas del CFDI timbrado, los cuales servirán como prueba de la simulación.

Los presuntos delitos y las posibles sanciones penales federales para este caso

Al involucrar la emisión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que ampara una operación -pago de utilidades- que no ocurrió realmente, sitúa a la empresa en una zona de alta responsabilidad penal federal bajo el Código Fiscal de la Federación (CFF).

El hecho de que la empresa haya timbrado un recibo (CFDI) por un pago que no se depositó constituye, para efectos fiscales, la emisión de un comprobante que ampara operaciones inexistentes o actos jurídicos simulados.

-Defraudación Fiscal (Artículo 108, CFF): Comete este delito quien, con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omite total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtiene un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. Al timbrar un pago, la empresa genera obligaciones y derechos fiscales (como la retención de ISR); si el pago es falso, está engañando a la autoridad para obtener un beneficio fiscal indebido.
-Simulación de Actos Jurídicos (Artículo 109, fracción IV, CFF): El CFF tipifica como una conducta equiparable a la defraudación fiscal el hecho de simular la prestación de servicios o el pago de remuneraciones, lo cual es exactamente lo que ocurre al "pagar" utilidades que nunca salieron de la caja de la empresa.
-Uso de CFDI falsos o inexistentes (Artículo 113-Bis, CFF): Este artículo es el más severo. Sanciona a quien expida, enajene, compre, adquiera o dé efectos fiscales a comprobantes que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas.

Las penas por estos delitos son privativas de la libertad (cárcel) y se gradúan principalmente en función del monto involucrado o de la gravedad de la conducta:

Defraudación Fiscal (Art. 108):
-Si el monto no excede los $2,236,480.00 MXN: 3 meses a 2 años de prisión.
-Si el monto excede los $2,236,480.00 MXN pero no llega a $3,354,710.00 MXN: 2 a 5 años de prisión.
-Si el monto supera los $3,354,710.00 MXN: 3 a 9 años de prisión.

Expedición de CFDI por operaciones inexistentes (Art. 113-Bis): Se castiga con 2 a 9 años de prisión.

En esquemas de facturación falsa o simulación que involucren montos elevados o estructuras organizadas, la autoridad puede solicitar la prisión preventiva oficiosa, lo que significa que los responsables no podrían enfrentar el proceso en libertad bajo fianza.

Si la autoridad determina que el esquema de "simular pagos de utilidades" para evadir impuestos o desviar recursos es realizado por tres o más personas -por ejemplo, el dueño, el contador y el responsable de Recursos Humanos-, el caso puede escalar a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, lo que endurece exponencialmente las penas y anula la posibilidad de beneficios procesales. #MetroNewsMx


Redacción Editorial

El deporte en Celaya no solo padece la falta de infraestructura o presupuesto; padece, sobre todo, la metástasis del amiguismo y la simulación administrativa. Lo que ocurre en el Sistema de Cultura Física y Deporte (SIDEC) es el vivo retrato de una administración municipal que prioriza los compromisos de funcionarios, los trueques de pasillo y los caprichos políticos por encima del perfil técnico y profesional que la ciudadanía exige.



La fanpage Facebook "Fans de Serpientes y Escaleras" exhibió en su columna la situación de una persona que registra la cuenta con el nombre "Fer Alcocer" cuyo nombre coincide con el de una empleada de SIDEC que se supondría, en los horarios y fechas que se marcan ahí, debería estar atendiendo el área de Comunicación, pero a lo que verdaderamente se dedica -cobrando del erario municipal, es decir, de los impuestos de los celayenses- es a promover su changarro de prendas femeninas, labor propia de una "Nenis".



El desmantelamiento institucional no comenzó ayer. La salida obligada del exárbitro internacional FIFA, Germán Arredondo, operada directamente desde la oficina del alcalde Juan Miguel Ramírez Sánchez  (https://www.metronewsmx.com/2026/04/german-arredondo-el-que-pita-nunca-le.html ) para imponer al impreparado Xermán Vázquez Alba (https://www.metronewsmx.com/2026/04/rechazo-de-celayenses-xerman-vazquez.html ), dejó en claro la tónica de este gobierno: el mérito estorba, la obediencia ciega y el amiguismo se premian. Bajo esa misma lógica de desprecio por la profesionalización se entiende la crisis que hoy paraliza el área de Comunicación Social del organismo.

La ausencia forzada del titular oficial de la prensa institucional, provocada por un accidente, desnudó una penosa realidad: la dependencia quedó en manos de "Fer Alcocer". Con cero conocimientos en materia fotográfica, redacción, estrategia de medios o trato a la prensa, la encargada ha convertido la oficina pública en un búnker de apatía. El trabajo de difusión es invisible, inexistente. Sin embargo, el colmillo político y el instinto de supervivencia de Alcocer parecen estar mucho más desarrollados que sus capacidades de comunicación social.


Para subsanar su absoluta falta de oficio periodístico, la funcionaria habría desplegado una estrategia de relaciones públicas basada en el comercio informal y el cabildeo de guardarropa.

El rumor en los pasillos del poder es ensordecedor: cobijada bajo el manto protector de funcionarios directivos del Parque Xochipilli, Alcocer se desplazaría inmune -e impune- en la nómina. Pero el blindaje no termina ahí. Con una audacia digna de mejor causa, el rumor suma que estaría persuadiendo a dos integrantes del Cabildo con posibles descuentos preferenciales en prendas de vestir femeninas, un intercambio de favores que reduciría la alta responsabilidad de la comunicación gubernamental a un tianguis de influencias y rebajas de ropa en línea dentro del horario laboral.

Mientras la dependencia se muestra rebasada, y evidenciando una alarmante situación que raya en el descaro, además de generar situaciones para que no se puedan sacudir a la que llaman la presunta "Nenis Aviadora" y el lastre de las imposiciones, el SIDEC se hunde en la falta de difusión mediática. No se trata de un ataque a la institución deportiva, sino de una exigencia a la rendición de cuentas. Si para la encargada de comunicación resultaría más cómodo cobrar como "aviadora" y transmitir ventas en vivo de 8 a.m. a 4 p.m., el municipio debería liberarla de la carga burocrática para que emprenda de tiempo completo. 

Celaya no está para subsidiar pasatiempos ni para tolerar que la nómina pública sea el fondo de inversión de las protecciones por diversos motivos de algún funcionario. #MetroNewsMx

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