Redacción
El regidor del cabildo de Tarimoro, Martín Martínez, señaló en entrevista a Noticias Bajío y a Metro News Mx que actuará conforme a derecho y ante las instancias respectivas. De comprobarse que un funcionario de Salvatierra está involucrado en la publicación de "fake news" contra el citado edil tarimorense, el salvaterrense podría enfrentar a la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y a otras instancias que van de lo administrativo hasta lo penal.
El regidor tarimorense señaló en entrevista que fue enterado que quien al parecer maneja el "medio de comunicación"
Las sanciones a enfrentar marcadas por las leyes
El director de comunicación social e informática, presuntamente involucrado en propiciar "fake news" en redes sociales contra el regidor Martín Martínez -quien es una persona con discapacidad-, podría estar incurriendo en violaciones a la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad del Estado de Guanajuato, la Ley de Responsabilidades Administrativas, el Código Penal estatal y principios constitucionales de derechos humanos. Las sanciones pueden incluir desde responsabilidades administrativas hasta penales, dependiendo de la gravedad y dolo.
Entre las leyes y articulados que estarían siendo violados por las presuntas acciones del director de Comunicación Social del municipio de Salvatierra se encuentra la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad del Estado de Guanajuato que en sus Artículos 4 y 5 buscan garantizar el respeto, la dignidad y la no discriminación de las personas con discapacidad, además de que el Artículo 6, prohibe cualquier forma de discriminación, incluida la difamación o calumnia que afecte la dignidad de una persona con discapacidad.
Por lo que toca a la Constitución Política del Estado de Guanajuato, el Artículo 1, que reconoce los derechos humanos conforme a la Constitución Federal y tratados internacionales, el Artículo 2, que prohíbe la discriminación por discapacidad así como los Artículos 6 y 7 que protegen el honor, la imagen y la privacidad de las personas.
En lo referente a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se cuentan los Artículos 7 y 49, que señalan que el uso indebido de información pública, así como el abuso de funciones, son faltas graves. También el Artículo 52, que establece que la omisión o complicidad en actos que vulneren derechos humanos puede ser sancionada administrativamente.
También, el Código Penal del Estado de Guanajuato, que indica en el Artículo 222 la sanción por la revelación de documentos confidenciales por servidores públicos; los Artículos 193 y 194, que establecen que la calumnia y difamación pueden constituir delitos si se demuestra daño al honor o reputación.
Posibles sanciones por incurrir en faltas contra una persona con discapacidad
Las sanciones pueden ser Administrativas, que van de suspensión, destitución, inhabilitación hasta por 10 años hasta sanción económica. En lo Penal, prisión de 6 meses a 5 años por revelación de documentos confidenciales o calumnia agravada. En materia de Derechos humanos, recomendación pública por parte de la Procuraduría de Derechos Humanos del Estado de Guanajuato y en lo electoral y político, inhabilitación para ocupar cargos públicos si se acredita violencia política contra persona con discapacidad.
El hecho de que la víctima sea regidor en funciones agrava la situación, pues podría constituir violencia política y abuso de poder; el uso de una página de Facebook para difundir contenido calumnioso no exime de responsabilidad al funcionario si se demuestra complicidad, omisión o autorización; finalmente, la Procuraduría de Derechos Humanos del Estado de Guanajuato puede intervenir de oficio o a petición para investigar el caso. #MetroNewsMx

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