Redacción Editorial Metro News
-El Consejo del IMIPE emitió un dictamen técnico que frenó permisos de uso de suelo para viviendas del bienestar.
-El regidor Miguel Villanueva propuso desaparecer el Consejo tras no coincidir con su dictamen técnico.
-El Reglamento del IMIPE faculta al Consejo para emitir opiniones técnicas sobre desarrollo urbano.
-El Consejo no tiene poder resolutivo, pero sus dictámenes influyen en decisiones del Ayuntamiento.
-La propuesta de eliminar el Consejo revela una actitud política reactiva ante una decisión técnica legítima.
-El Consejo está integrado por 14 miembros, incluyendo alcalde, regidores, funcionarios y expertos técnicos.
-Desaparecer el Consejo debilitaría la planeación urbana y reduciría la participación plural en decisiones.
-La inconformidad del regidor parece más un arranque emocional que un análisis jurídico serio.
-El IMIPE cumple funciones técnicas esenciales para el ordenamiento territorial de Celaya.
-Politizar decisiones técnicas vulnera la gobernanza basada en evidencia y afecta el desarrollo municipal.
La propuesta del regidor Miguel Villanueva Floresvillar para desaparecer el Consejo Directivo del Instituto Municipal de Investigación, Planeación y Estadística (IMIPE) de Celaya surge tras un dictamen técnico desfavorable emitido por dicho órgano sobre el cambio de uso de suelo para un proyecto de viviendas del bienestar. Esta reacción, más emocional -y quizá hasta infantil- que racional, revela una actitud de confrontación política ante una decisión técnica sustentada en atribuciones legales.
Este análisis se desprende de lo publicado por El Sol del Bajío este 12 de noviembre de 2025 en su nota "Consejo del IMIPE Celaya frena permisos de usos de suelo de viviendas bienestar" (https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/consejo-del-imipe-celaya-frena-permisos-de-usos-suelo-de-viviendas-bienestar-26760591)
La diferencia de funciones entre el Consejo del IMIPE y el IMIPE
El IMIPE como institución tiene atribuciones propias establecidas por reglamento y puede tomar decisiones técnicas y administrativas independientemente del Consejo Directivo, siempre que estén dentro del marco legal que lo rige. Esto llevaría a la conclusión de que el regidor Miguel Villanueva Floresvillar podría estar incurriendo en un "resbalón": Que la decisión tomada para las viviendas del Bienestar no viene del Consejo el IMIPE, sino del IMIPE, porque posiblemente ese proyecto está fuera de norma en alguno de sus aspectos. Vistas las cosas así, en cierta forma, lo que debería pedir es la desaparición del IMIPE y no del Consejo del IMIPE, hecho que tendría también que fundamentar con bases racionales y y no con arranques caprichosos.
Diferencia entre el IMIPE como órgano y su Consejo Directivo
El IMIPE como organismo descentralizado, tiene personalidad jurídica y patrimonio propio, además de estar facultado para realizar estudios, diagnósticos, propuestas y evaluaciones en materia de planeación urbana, ordenamiento territorial y desarrollo municipal.
Estas funciones están definidas en el Reglamento del IMIPE, especialmente en el Artículo 5, que otorga atribuciones directas al Instituto.
Ahora, el Consejo Directivo del IMIPE es un órgano colegiado y consultivo, no ejecutivo. Su función principal es emitir opiniones técnicas, recomendaciones y validar propuestas estratégicas. Está regulado por el Artículo 12 del mismo reglamento, y su papel es acompañar y supervisar, no ejecutar.
Sobre qué decisiones puede tomar el IMIPE sin el Consejo, se encuentran el de elaborar estudios técnicos y diagnósticos urbanos. Así mismo, coordinar procesos de planeación estratégica además de emitir opiniones técnicas sobre proyectos que afecten el desarrollo urbano y, finalmente, administrar sus recursos, personal y programas internos.
Estas decisiones se toman desde la Dirección General del IMIPE, encabezada por su directora -actualmente la Arq. Alejandra Ojeda Sampson-, y no requieren aprobación directa del Consejo, aunque pueden ser informadas o validadas por él.
El IMIPE tiene facultades propias para tomar decisiones técnicas y administrativas, sustentadas en su reglamento y naturaleza jurídica como organismo descentralizado. El Consejo Directivo acompaña, opina y recomienda, pero no sustituye ni limita las funciones ejecutivas del Instituto.
El fundamento normativo del IMIPE
El Reglamento del IMIPE, aprobado en sesión de Ayuntamiento y publicado en el Periódico Oficial del Estado el 1 de abril de 2014, establece en su Artículo 5, Fracción I y IV que tiene atribuciones para realizar estudios técnicos y emitir opiniones sobre proyectos de desarrollo urbano.
En lo que toca al Consejo, en su Artículo 12, se establece que "el Consejo Directivo es un órgano colegiado consultivo que puede emitir recomendaciones técnicas al Ayuntamiento".
Estos artículos confirman que el Consejo no tiene facultades resolutivas, pero sí puede influir legítimamente en decisiones municipales mediante dictámenes técnicos.
El Consejo está integrado por 14 miembros, entre ellos el Presidente Municipal, tres regidores del Cabildo, dos funcionarios de la administración -Contralora y Tesorero- así como representantes técnicos de instituciones educativas, colegios profesionales y áreas del IMIPE.
Esta composición garantiza pluralidad, experiencia técnica y representación institucional. Proponer su desaparición por un desacuerdo puntual que evidencia a un regidor que desconoce su función estructural en la planeación urbana.
Eliminar el Consejo del IMIPE implicaría debilitar la planeación técnica del desarrollo urbano, reducir la participación plural en decisiones estratégicas así como politizar decisiones técnicas, vulnerando el principio de gobernanza basada en evidencia.
La actitud del regidor, al calificar el dictamen como “obstáculo” y promover la disolución del órgano, refleja una postura reactiva y poco institucional, más cercana al capricho que al análisis serio.
Los argumentos para desaparecer el Consejo del IMIPE parecen estar motivados más por desacuerdos políticos y tensiones con decisiones técnicas que por una falta de legalidad o funcionalidad institucional. No hay evidencia clara de que el Consejo esté actuando fuera de sus atribuciones.
A partir de los reportes recientes, especialmente el caso de los permisos de uso de suelo para viviendas del bienestar, se identifican motivaciones políticas, donde el Consejo del IMIPE no tiene facultades resolutivas, pero sí está legalmente facultado para emitir dictámenes técnicos sobre proyectos urbanos.
Desde una perspectiva legal y técnica los argumentos del regidor no tienen justificación. El Consejo cumple una función consultiva y técnica que está claramente definida en el reglamento. Su desaparición requeriría una reforma al reglamento municipal y posiblemente al marco de planeación urbana.
Desde una perspectiva política, sí hay argumentos válidos si se considera que el Consejo no representa adecuadamente los intereses del Ayuntamiento o si se percibe como un obstáculo para ciertos proyectos. Pero esto no implica que esté actuando fuera de la ley.
Tras un análisis serio, el Consejo del IMIPE actúa dentro de sus atribuciones legales. Su dictamen técnico -que pudo más bien haber salido del IMIPE y no del Consejo- sobre el uso de suelo no fue una imposición, sino una recomendación fundamentada. La propuesta de desaparecerlo carece de sustento jurídico y evidencia una incomprensión del papel que juega la planeación técnica en el desarrollo municipal.
¿Quién es Miguel Villanueva Floresvillar?
Miguel Villanueva Floresvillar es un político celayense vinculado al partido Morena, cuya trayectoria antes de ser regidor incluye activismo partidista, participación en movimientos internos de Morena y vínculos familiares con funcionarios públicos (https://oem.com.mx/elsoldelbajio/local/regidor-miguel-villanueva-se-deslinda-de-creacion-de-jefatura-para-su-tio-22824062 ), pero no se documentan antecedentes sólidos de servicio social o profesional fuera del ámbito político.
Trayectoria en Celaya antes de ser regidor
Según reportes de La Silla Rota y El Sol del Bajío, Miguel Villanueva fue candidato a regidor por Morena en 2024, y durante ese proceso se manifestó públicamente contra lo que consideró una “imposición” de la candidatura de Gisela Gaytán a la alcaldía de Celaya, -quien acabó siendo asesinada en San Miguel Octopan- mostrando desacuerdo con decisiones internas del partido. (https://lasillarota.com/guanajuato/estado/2024/4/16/quien-es-el-candidato-regidor-miguel-villanueva-que-protesto-la-imposicion-de-gisela-gaytan-478775.html )
Participó en actos de campaña de Alma Alcaraz, candidata a la gubernatura de Guanajuato, y en eventos donde también estuvo presente Gerardo Fernández Noroña.
No se registra experiencia previa en cargos públicos ni en organismos sociales o técnicos antes de asumir como regidor en el Ayuntamiento de Celaya en octubre de 2024.
No se le detecta información pública verificable sobre una ocupación profesional específica, empresa propia o actividad económica formal de Miguel Villanueva antes de ser regidor. Su perfil público está centrado en su papel como militante de Morena y ahora como regidor.
En abril de 2025, se deslindó de la creación de una jefatura en el IMIPE que fue asignada a su tío, Christian Rodríguez León. Villanueva afirmó que su tío ya trabajaba en el Instituto desde hacía siete años y que él no intervino en su nombramiento. Esta situación generó cuestionamientos sobre posible nepotismo, aunque no se comprobó una intervención directa.
No se documentan acciones de servicio comunitario, participación en organizaciones civiles, ni proyectos sociales previos a su cargo como regidor. Su perfil público está enfocado en la política partidista y en su papel dentro del Cabildo.
Miguel Villanueva Floresvillar es un político emergente en Celaya, con una trayectoria centrada en Morena y en el activismo interno del partido. No se identifican antecedentes sólidos de servicio social, técnico o profesional previos a su cargo como regidor, lo que contrasta con otros miembros del Consejo del IMIPE que tienen trayectoria académica, institucional o técnica. #MetroNewsMx

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